RESOLUCIÓN 9003 2019 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
SE SUSTITUYE - ANEXO I - RESOLUCIÓN 3755-MCGC/18 - PASE CULTURAL - BASES Y CONDICIONES - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
26/12/2019
Sanción:
04/12/2019
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: La Ley N° 5.460 modificada por Ley N° 5.960 (texto consolidado por Ley N°
6.017), el Decreto N° 363/15 y su modificatorio Decreto N° 290/18, las Resolución N°
3755-MCGC/18 y sus modificatorias Nros. 6117-MCGC/18, 6410-MCGC/18, 6890-
MCGC/18 y 165-MCGC/19, 1649-MCGC/19 y 4192- MCGC/19, el Expediente
Electrónico N° 10579039-DGTALMC/18, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley 6.017) modificada por Ley N°
5.960, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplándose, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio
de Cultura;
Que mediante el Decreto N° 363/15 y su modificatorio Decreto N° 290/18, se aprobó la
estructura orgánico funcional del mencionado Ministerio, contemplando a la
Subsecretaría de Gestión Cultural, y estableciendo bajo su órbita a la Dirección
General Promoción Cultural;
Que por Resolución N° 3755-MCGC/18 se creó en el ámbito del Ministerio de Cultura
el Programa "Pase Cultural", destinado a jóvenes de 4°, 5° y 6° año de escuelas
secundarias y a docentes de escuelas de la Dirección General Educación de Gestión
Estatal, y a las escuelas secundarias subvencionadas al 100% de cuota 0 de la
Dirección General Educación de Gestión Privada, dependientes del Ministerio de
Educación e Innovación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por las Resoluciones Nros. 6117-MCGC/18, 6410-MCGC/2018, 6890-
MCGC/2018, 165- MCGC/2019, 1649-MCGC/2019 y 1649-MCGC/2019 se ampliaron
los destinatarios y se optimizaron cuestiones operativas;
Que la Dirección General Promoción Cultural dependiente de la Subsecretaría de
Gestión Cultural es la autoridad de aplicación del Programa;
Que dicha Dirección, evaluó oportuno modificar las bases y condiciones a efectos de
facilitar y optimizar el acceso, la permanencia y la distribución de los recursos del
Programa Pase Cultural;
Que por lo expuesto y en miras a alcanzar satisfactoriamente los objetivos propuestos,
resulta necesario modificar el marco normativo;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Sustitúyase el Anexo I "PASE CULTURAL" BASES Y CONDICIONES,
aprobado por Resolución N° 3755-MCGC/18 y sus modificatorias, identificado bajo IF-
2019-17351880-GCABA- MCGC, por el Anexo I "PASE CULTURAL" BASES Y
CONDICIONES, identificado bajo IF-2019- 37585902-GCABA-MCGC, el que a todos
sus efectos forma parte integrante de la presente norma.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión Cultural dependiente del Ministerio de
Cultura y al Ministerio de Educación e Innovación. Cumplido, archívese.- Avogadro