RESOLUCIÓN 284 2019 F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
Síntesis:
SE FIJA CANTIDAD DE EJEMPLARES PARA LA VENTA Y COMO OBSEQUIO DE CORTESÍA DE LA PUBLICACIÓN CURIOSA BUENOS AIRES
Publicación:
02/01/2020
Sanción:
23/12/2019
Organismo:
F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
VISTO: Las Leyes N° 2.627 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria N°
5.960, la Ley Tarifaria para el año 2019 N° 6.067, las Resoluciones N° 12-ENTUR/19 y
N° 129-ENTUR/19, el Expediente Electrónico N° 38.733.989-GCABA-ENTUR/19, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.627 (Texto consolidado por Ley N° 6.017), modificada por Ley N°
5.960, se creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entidad
autárquica, en el ámbito de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de diseñar y ejecutar políticas y
programas de promoción, desarrollo y fomento del turismo como actividad económica
estratégica de la Ciudad;
Que en su artículo 3° establece entre sus funciones la de "Diseñar e implementar un
plan de mercadeo y promoción turística de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para
fomentar el turismo interno e internacional" como así también la de "Diseñar e
implementar un plan de mercadeo y promoción turística de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, para fomentar el turismo interno e internacional garantizando los
criterios de sostenibilidad económica, social, cultural y ambiental";
Que asimismo, en su artículo 11, establece como facultad del Presidente del Ente la
de "Comercializar servicios, instrumentos de promoción, entradas, bienes vinculados a
la promoción del turismo cultural y otros elementos publicitarios que el Ente, en
aplicación de sus facultades, considere conveniente, dentro de los objetivos de su
creación";
Que por su parte, cabe destacar que el desarrollo de la publicación que nos ocupa se
enmarca dentro de las Responsabilidades Primarias de la Dirección General de
Desarrollo Turístico establecidas mediante Resolución N° 12-ENTUR/19, siendo una
herramienta que contribuye a la promoción y mejora de los atractivos y la oferta
turística de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 148 de la Ley N° 6.067 fija los importes máximos y mínimos a arancelar
para las actividades realizadas en el marco del programa "Ecosistema Turístico"
contemplando dentro del mismo aquellas publicaciones del Ente de Turismo;
Que en virtud de la autarquía financiera, la competencia en el grado y la materia
asignada por la Ley N° 2.627 es facultad de este Ente fijar el precio de las
publicaciones desarrolladas en su ámbito de competencia, dentro de los parámetros
establecidos por la Ley N° 6.067;
Que en dicho marco mediante la Resolución N° 129-ENTUR/19 se estableció el valor
de la publicación "Curiosa Buenos Aires" en la suma de PESOS OCHOCIENTOS ($
800.-);
Que, en esta instancia, resulta propicio fijar el stock inicial, la cantidad de ejemplares
que destinados a la venta y la cantidad de ejemplares que se reservan para entregarse
a modo cortesía;
Que ha tomado intervención la Gerencia Operativa Asuntos Legales en el ámbito de
su competencia.
Por ello, conforme las facultades conferidas por la Ley N° 2.627,
Artículo 1°.- Fíjase para la publicación "Curiosa Buenos Aires" la cantidad de
ejemplares destinados a la venta y la cantidad que se reserva como obsequio de
cortesía, conforme lo detallado en el Anexo IF-2019-39510945-GCABA-DGTALET de
la presente Resolución, a partir del día 26 de diciembre de 2019.
Artículo 2°- Comuníquese a la Dirección General de Contaduría. Publíquese en el
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Dirección General
Desarrollo Turístico y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal para las
comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese. Robredo