RESOLUCIÓN 210 2003 SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Y LEGAL Y TÉCNICA

Síntesis:

APRUEBA EL GASTO OCASIONADO POR LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DEL ESTAMENTO DE ABOGADOS EN EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Y EL JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - APROBACIÓN DE GASTOS - ELECCIÓN DE ABOGADOS - COLEGIO PÚBLICO DE ABOGADOS - REINTEGRO DE GASTOS - PAGO DE GASTOS

Publicación:

12/12/2003

Sanción:

05/12/2003

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Y LEGAL Y TÉCNICA


Visto la Ley N° 31, el Decreto N° 1.370/GCBA/01, su modificatorio Decreto N° 1.686/GCBA/02, el Expediente N° 51.901/02, y;

CONSIDERANDO:

Que, por el Expediente citado en el Visto, el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal solicita el reintegro de los gastos realizados en ocasión de la elección de representantes del estamento de abogados para integrar el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que tuvieran lugar con fecha 23 de septiembre de 1998;

Que dicha elección fue realizada de conformidad con lo establecido por la Ley N° 31, la cual dispone que el Consejo de la Magistratura se integra con tres representantes del estamento de los abogados, disponiendo, asimismo, en su artículo 4° y en la disposición transitoria primera los recaudos que deben tomarse y que el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal debe efectuar convocatoria para la primera integración del cuerpo.

Que por Registro N° 30/SSJLT/03, el citado Colegio acompaña copias certificadas de los comprobantes de gastos realizados con motivo del mencionado evento por un monto total de pesos treinta y siete mil cuatrocientos cincuenta, con sesenta y un centavos ($ 37.450, 61);

Que, en el presente caso los fondos necesarios para la realización de las elecciones del año 1998, han sido efectivamente adelantados por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, por lo que corresponde instrumentar el pago de lo efectivamente abonado con el objeto de construir el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Jurado de Enjuiciamiento, siendo de público y notorio que para la primera integración de dichas instituciones, que nos ocupan no estaba constituido el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que las presentes actuaciones deben ser analizadas en el marco del principio de buena fe que debe regir las relaciones jurídicas y más, en aquellos casos como el presente, en que se encuentran involucradas entidades de carácter público;

Que los comprobantes de gastos aludidos reflejan fielmente los gastos que ocasionara la realización de la elección de los representantes de los abogados/as para integrar el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de fecha 23 de septiembre de 1998 y de su compulsa se verifica el carácter de imprescindible necesidad de los mismos;

Que la conformación de los poderes del Gobierno Autónomo es responsabilidad indelegable de aquellos en ejercicio, con lo que no hay duda que encontrándose en funciones en el año 1998 los Poderes Ejecutivo y Legislativo, corresponde al Ejecutivo asumir los gastos que requiera la conformación de los órganos del Poder Judicial, en el marco de las previsiones constitucionales y legales;

Que, por el Decreto N° 1.370/GCBA/01, modificado por el Decreto N° 1.686/02, se faculta a los/as señores/as Subsecretarios/as a aprobar gastos de imprescindible necesidad en cada Jurisdicción, los cuales justificadamente no pudieren ser gestionados a través de los procedimientos vigentes en materia de contrataciones o de los regímenes de Caja Chica y Fondo Permanente, hasta la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000);

Que, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete y dictaminado que atento la situación descripta corresponde la aprobación del gasto con sustento en lo dispuesto por el Decreto N° 1.370/GCBA/01, toda vez que no tratándose de una contratación regular la única posibilidad existente para aprobar el gasto y hacer efectiva la erogación, consiste en utilizar el arbitrio brindado por el Decreto N° 1.370/GCBA/01 y su modificatorio N° 1.686/GCBA/02 y que el proyecto de resolución contiene todas la previsiones necesarias para alcanzar la finalidad perseguida con su emisión;

Que esta unidad de organización tiene la competencia material para aprobar el gasto que nos ocupa y que ha sido de imprescindible necesidad para la conformación de las instituciones del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires citadas;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

LA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA Y LEGAL Y TÉCNICA

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase el gasto ocasionado con motivo de la realización de la elección de representantes del estamento de abogados para integrar el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual se realizó el día 23 de septiembre de 1998, por la suma de treinta y siete mil cuatrocientos cincuenta pesos con sesenta y un centavos ($ 37.450,61).

Artículo 2° - Instruméntase el pago al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal de la suma de treinta y siete mil cuatrocientos cincuenta pesos con sesenta y un centavos ($ 37.450,61), cuenta 01-0003173/0 del Banco Ciudad de Buenos Aires, sucursal 5 Tribunales, atento los gastos de imprescindible necesidad en que incurriera con motivo del acto eleccionario de fecha 23 de septiembre de 1998.

Artículo 3° - El gasto se imputará en la correspondiente partida de Presupuesto en vigor.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y para su cumplimiento y demás efectos remítase a la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Tadei

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