LEY 1176 2003

Síntesis:

MODIFICACIÓN LEY 1087 - MODIFICA EL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU - DESAFECTACIÓN DE ÁREAS -   DISTRITO DE ZONIFICACIÓN I 1 - AV. DELLEPIANE - AV. PIEDRABUENA - CALLE RÍO NEGRO - CALLE COSQUÍN -  DISTRITO DE ZONIFICACIÓN R2BII - RESIDENCIAL DE BAJA DENSIDAD  

Publicación:

15/12/2003

Sanción:

09/12/2003

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

09/12/2003

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Rectifícase en el Art. 2° de la Ley N° 1.087, (B.O. N° 1811) donde dice: Distrito de Zonificación R2b, debe decir: Distrito de Zonificación R2bII

Artículo 2° - Comuníquese, etc. Caram - Alemany

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2003

En virtud de lo prescripto por el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 1.176 (Expediente N° 74.287/03), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 13 de noviembre de 2003 ha quedado promulgada automáti-camente el día 9 de diciembre de 2003.

Regístrese, publíquese en el Boletín de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano. Tadei

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 1176, rectifica el Art. 2 de la Ley Nro 1087.</p>