RESOLUCIÓN 2 2020 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

SE DESIGNA - UNIDAD DE COORDINACIÓN - PROYECTO DE ASISTENCIA - GESTIÓN DEL RIESGO DE INUNDACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA URBANA - JEFATURA DE GABINETE - EDUARDO COHEN - COORDINACIÓN - OBRAS DEL PLAN HIDRÁULICO - CONVENIO - RATIFICACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PUBLICO - SUBSECRETARÍA DE FINANZAS - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS 

Publicación:

15/01/2020

Sanción:

10/01/2020

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO: Las Leyes Nros. 93, 1.660, 4.352 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y

6.292, el Convenio de Préstamo BIRF 8628- AR, los Decretos Nros. 1960/99 y 463/19,

la Resolución N° 2541/MHGC/16 y las Resoluciones Conjuntas N° 1-MDUYTGC/2018

y N° 1-MDUYTGC/2019 y el Expediente Electrónico N° 2020-1376220-GCABA-

SSCLTA y;

CONSIDERANDO

Que mediante Ley N° 93 y su Decreto Reglamentario N° 1.960/99, se implementó el

Proyecto de Protección contra Inundaciones (PPI), financiado mediante el Convenio de

Préstamo BIRF N° 4.117-AR, consistente en la contratación de los servicios de

consultoría necesarios para la formulación del Plan Director de Ordenamiento

Hidráulico de la Ciudad de Buenos Aires y del Proyecto Ejecutivo para la Cuenca del

Arroyo Maldonado;

Que por Ley N° 1.660 se autorizó al Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires a suscribir un Convenio de Préstamo con el Banco Internacional de

Reconstrucción y Fomento (BIRF) para financiar el Programa de Gestión de Riesgo

Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires, el cual consistió en la ejecución de las obras de

readecuación de la red de desagües pluviales de la Cuenca del Arroyo Maldonado y

demás medidas complementarias resultantes del Proyecto de Protección contra

Inundaciones, descriptas en el Anexo I de la Ley N° 93;

Que la Ley N° 4.352, declaró de interés público y crítico las obras en el marco del Plan

Hidráulico de la Ciudad de Buenos Aires, autorizando al Poder Ejecutivo a contraer en

el mercado internacional y/o nacional, uno o más empréstitos con Organismos

Multilaterales de Crédito, Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y/o Banco

Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y/o CAF Banco de Desarrollo de

América Latina y/o cualquier otro Banco y/u Organismos Multilaterales, y/o con Bancos

e Instituciones de Desarrollo y Fomento Internacionales, y/u Organismos y/o Agencias

Gubernamentales;

Que a través de la Resolución N° 2.541/MHGC/16 se aprobaron los términos y

condiciones definitivos del Convenio de Préstamo BIRF N° 8628-AR, suscripto por el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Banco Internacional de

Reconstrucción y Fomento (BIRF) y del Contrato de Contragarantía suscripto con el

Gobierno Nacional;

Que la Sección I.A.(a) del Anexo 2 del Convenio de Préstamo establece la obligación

de la prestataria de crear, y posteriormente operar y mantener, en todo momento

durante la ejecución del proyecto, una unidad coordinadora del proyecto (UCP) con

estructura, funciones y responsabilidades aceptables para el Banco como se establece

en el Manual Operativo, incluyendo inter alia, la responsabilidad de la UCP por la

ejecución, control y supervisión del proyecto;

Que asimismo, la Sección I.A. (b) del Convenio de Préstamo, establece que la

prestataria se asegurará que la UCP en todo momento, durante la ejecución del

proyecto, esté encabezada por un coordinador del proyecto y asistida por personal

profesional (incluyendo, inter alia, un especialista en adquisiciones, un especialista en

gestión financiera, un especialista social y un especialista ambiental) y personal

administrativo, todo en cantidad y con términos de referencia / mandato y requisitos de

idoneidad y experiencia aceptables para el Banco, como se establece en el Manual

Operativo;

Que por Resolución Conjunta N° 1/MDUYTGC/18 se designó a la Unidad de Proyectos

Especiales (UPE) Plan Hidráulico como "Unidad de Coordinación del Proyecto de

Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de Buenos Aires", y

se encomendó al Ing. Eduardo Cohen, DNI N° 4.441.404, la coordinación del Proyecto

de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de Buenos

Aires, como titular de la Unidad de Coordinación del Proyecto;

Que además, la mencionada norma facultó a la Dirección General de Crédito Público a

efectuar la registración contable y el procesamiento de los desembolsos

correspondientes;

Que por Resolución Conjunta N°1/MDUYTGC/19, se modificó el artículo 4° de la

Resolución Conjunta citada precedentemente, estableciéndose que la Dirección

General de Crédito Publico, dependiente de la Subsecretaria de Finanzas, contratará

la auditoría contable financiera prevista en el Componente 3 "Gestión de Proyecto";

Subcomponente: a) "Apoyo a la gestión del proyecto mediante la realización de

auditorías y actividades de seguimiento y evaluación del Proyecto";

Que por Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, estableciendo entre las atribuciones de la Jefatura de Gabinete de

Ministros la de diseñar las políticas e instrumentar los planes destinados al

planeamiento urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la de diseñar e

instrumentar los planes, programas y proyectos necesarios para la ejecución y

fiscalización de obras públicas;

Que por Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose como responsabilidad primaria de la Subsecretaría de Obras

dependiente de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas de la Jefatura de

Gabinete, entre otras, la de planificar, implementar y ejecutar las obras de ingeniería

hidráulica;

Que la Dirección General de Infraestructura Urbana absorbió el personal que formaba

parte de la entonces Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Plan Hidráulico,

garantizándose de esa manera la idoneidad necesaria para la ejecución del Convenio

de Préstamo BIRF N° 8628-AR, siendo necesario mantener como Coordinador del

Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de

Buenos Aires al Ing. Eduardo Cohen;

Que en tal sentido, corresponde el dictado del acto administrativo a fin de adecuar la

ejecución del proyecto a la nueva estructura orgánico funcional.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6.292,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

Artículo 1°- Desígnase, a partir del 10 de diciembre de 2019, a la Dirección General de

Infraestructura Urbana, dependiente de la Subsecretaría de Obras de la Secretaría de

Transporte y Obras Públicas de la Jefatura de Gabinete de Ministros como "Unidad de

Coordinación del Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para

la Ciudad de Buenos Aires" con las tareas que se detallan como Anexo I (IF 2020-

01378001-GCABA-DGAJRH), que a todos sus efectos forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 2°.- Encomiéndase al Ing. Eduardo Cohen, DNI N° 4.441.404, la coordinación

del Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de

Buenos Aires.

Artículo 3°.- La Dirección General de Infraestructura Urbana, dependiente de la

Subsecretaría de Obras de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas de la Jefatura

de Gabinete de Ministros, arbitrará las medidas que resulten necesarias a efectos de

dar cumplimiento a las condiciones establecidas en el Anexo II, Sección I- Acuerdos

Institucionales, punto A) 1 y A) 2 del Convenio de Préstamo BIRF N° 8628-AR.

Artículo 4°.- Ratifícase a la Dirección General de Crédito Publico, dependiente de la

Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda y Finanzas como responsable

de la registración contable y del procesamiento de los desembolsos correspondientes,

y de la contratación de la auditoría contable financiera prevista en el Componente 3:

"Gestión de Proyecto"; Subcomponente: a) "Apoyo a la gestión del proyecto mediante

la realización de auditorías y actividades de seguimiento y evaluación del Proyecto".

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Direcciones Generales de Crédito Público y de la Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto y al Consejo para la Gestión del Riesgo de

Inundaciones. Cumplido, remítase para su conocimiento y demás efectos a la

Dirección General de Infraestructura Urbana, dependiente de la Subsecretaría de

Obras de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas de la Jefatura de Gabinete de

Ministros, quien notificará al Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento los

términos de la presente. Cumplido, archívese. Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5780

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 2-MJGGC-20 designa, a partir del 10 de diciembre de 2019, a la Dirección General de Infraestructura Urbana, como Unidad de Coordinación del Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de Buenos Aires, en el marco del Convenio aprobado por Resolución 2541-MH-16.</p>