RESOLUCIÓN 2541 2016 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

APRUEBA TÉRMINOS Y CONDICIONES DEFINITIVOS - CONTRATO DE PRÉSTAMO - GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO - PLAN HIDRÁULICO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - CUENCA DEL ARROYO VEGA - APRUEBA  TÉRMINOS Y CONDICIONES DEFINITIVOS DEL CONTRATO DE CONTRAGARANTÍA - APRUEBA PRÓRROGA DE LA JURISDICCIÓN Y DE LA LEY APLICABLE - MINISTERIO DE HACIENDA

Publicación:

17/08/2016

Sanción:

12/08/2016

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO:

Las Leyes Nros. 70 y 4.352, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

el Expediente Electrónico N° 17.156.957/MGEYA-DGTALMH/2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 4.352, sancionada el 1° de noviembre de 2012 por la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se declaró de interés público y

crítico las obras en el marco del Plan Hidráulico de la Ciudad de Buenos Aires siendo

prioritaria la cuenca del Arroyo Vega;

Que asimismo la citada Ley en su artículo 2°, aprobó el monto total del financiamiento

a ser contraído por el Gobierno de la Ciudad, en el mercado Internacional y/o

Nacional, con Organismos Multilaterales de Crédito, Banco Interamericano de

Desarrollo (BID) y/o Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y/o CAF

Banco de Desarrollo de América Latina y/o cualquier otro Banco y/u Organismos

Multilaterales, y/o con Bancos e Instituciones de Desarrollo y Fomento Internacionales,

y/u Organismos y/o Agencias Gubernamentales por un monto de hasta dólares

estadounidenses doscientos cincuenta millones (U$S 250.000.000.-), destinado a

financiar las obras mencionadas precedentemente;

Que el mencionado financiamiento será instrumentado mediante la suscripción de un

Contrato de Préstamo por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF);

Que asimismo, por el artículo 4° de la Ley N° 4.352, se autorizó la afectación de

recursos provenientes de la Coparticipación Federal de Impuestos a fin de satisfacer la

garantía del financiamiento, en caso de ser requerida;

Que cabe destacar que el financiamiento será garantizado por el Gobierno Nacional,

mediante la suscripción del correspondiente contrato de garantía con el Banco

Interamericano de Desarrollo;

Que como contrapartida de la garantía descripta, el Gobierno de la Ciudad suscribirá

un Contrato de Contragarantía con el Gobierno de la Nación Argentina, para que, en el

supuesto de que no cumpliera sus obligaciones financieras bajo el Contrato de

Préstamo, el Gobierno Nacional quede autorizado a debitar automáticamente de los

montos correspondientes de la Cuenta de Coparticipación Federal de Impuestos, Ley

N° 23.548 o el régimen que en el futuro la reemplace;

Que por el artículo 8° de la Ley N° 4.352 se autorizó al Poder Ejecutivo, a través del

Ministerio de Hacienda, a efectuar los trámites correspondientes y suscribir todos los

instrumentos, contratos y documentación necesaria y conveniente a fin de dar

cumplimiento a las disposiciones previstas en dicha ley;

Que en virtud de la autorización conferida al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de

Hacienda, resulta oportuno fijar, los términos y condiciones del Contrato de Préstamo y

del Contrato de Contragarantía a ser suscriptos con el Banco Internacional de

Reconstrucción y Fomento (BIRF), y con el Gobierno de la Nación, respectivamente;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido opinión legal,

respecto a los términos y condiciones definitivos del Contrato de Préstamo y del

Contrato de Contragarantía a ser suscripto en virtud del financiamiento a ser otorgado

por parte del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF);

Que la Unidad de Financiamiento con Organismos Multilaterales de Crédito en su

carácter de organismo técnico en la materia ha tomado la intervención que le compete.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 4.352,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébanse los términos y condiciones definitivos del Contrato de

Préstamo a ser suscripto por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el

Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) cuyo texto obra como Anexo

I (IF 2016 17156289 DGTALMH) y a todos sus efectos forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 2°.- Apruébanse los términos y condiciones definitivos del Contrato de

Contragarantía a ser suscripto por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires y el Gobierno de la Nación Argentina cuyo texto obra como Anexo II (IF 2016

17161529 DGTALMH) y a todos sus efectos forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 3°.- Apruébase, en virtud de lo establecido por el artículo 6° de la Ley N°

4.352, a favor del Estado de Nueva York, Estados Unidos de América la prórroga de la

jurisdicción y de la Ley aplicable del Contrato de Préstamo a ser suscripto por el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Banco Internacional de

Reconstrucción y Fomento (BIRF).

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General de Crédito Público. Cumplido, para su

conocimiento y notificación al Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento

(BIRF) remítase a la Unidad de Financiamiento con Organismos Multilaterales de

Crédito. Fecho, archívese. Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4945

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1º de la Disposición N° 39/DGINURB/22 aprueba la publicación en la página web de licitaciones de obras del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del llamado a Expresiones de Interés para la evaluación de antecedentes para la participación de la Solicitud de Propuestas para el Servicio de Consultoria para la Implementación de Talleres Sociales para la Gestión del Riesgo Hídrico, cuyos términos y condiciones fueron aprobados por Resolución Nº 2541/MHGC/16.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1393/MHFGC/22 aprueba la Enmienda al Convenio de Préstamo BIRF N° 8628-AR aprobado por la Resolución 2541/MHGC/16.</p>
INTEGRADA POR
<p>Resolución 3858-MH-16 <strong>(DEROGADA)</strong> encomienda a la Unidad de Financiamiento con Organismos Multilaterales de Crédito, oordinar la ejecución del Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de Buenos Aires, como Unidad de Coordinación del Proyecto, en el marco de lo aprobado por REsolución 2541-MH-16.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art.1 de la Disposición 2-UPEPH-18 aprueba la publicación en la página web del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte el llamado a Expresiones de Interés para la evaluación de antecedentes para la participación del Pedido de Propuestas para la Elaboración del Diseño de Obras de Evacuación de Desagües de las Cuencas Altas de los Arroyos Maldonado y Cildáñez, en el marco de la Resolución 2541-MHGC-16.</p>
INTEGRA
<p>Art 3 aprueba la prórroga de la jurisdicción y de la Ley aplicable al Contrato de Préstamo en virtud de lo establecido por el artículo 6° de la Ley 4.352</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 277-19 encomienda al  Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte arbitrar las medidas necesarias para materializar las obras previstas en el Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de Buenos Aires del Préstamo BIRF N° 8628-AR, cuyos términos aprobara la Resolución 2541-MHGC-16.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 2-MJGGC-20 designa, a partir del 10 de diciembre de 2019, a la Dirección General de Infraestructura Urbana, como Unidad de Coordinación del Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de Buenos Aires, en el marco del Convenio aprobado por Resolución 2541-MH-16.</p>
MODIFICADA POR
<p>Punto 1 de la Adenda Nro.1 IF-2024-31661168-GCABADGINURB aprobada por Disposición N° 28/DGINURB/24 modifica a los Documentos del Contrato únicamente en los artículos, apartados, o documentos indicados, por lo que continúa de plena vigencia lo aprobado por Resolución Nro. 2541/MHGC/16.</p><p>2. da por aprobada la ampliación en el plazo de entrega de 6 meses y 18 días e incorporar al contrato el nuevo Plan de Trabajo.</p>