RESOLUCIÓN 1393 2022 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE APRUEBA - ENMIENDA - CONVENIO DE PRÉSTAMO BIRF N° 8628-AR - 23 DE FEBRERO DE 2022 - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO
Publicación:
22/03/2022
Sanción:
17/03/2022
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 4.352, la Ley N° 6.292, la Resolución N° 2.541-MHGC/16,
Enmienda al Convenio de Préstamo BIRF N° 8628-AR y el Expediente N° 2016-
17.156.957-GCABA-DGTALMH; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 4.352, sancionada el 1° de noviembre de 2012 por la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se declaró de interés público y
crítico las obras en el marco del plan hidráulico de la Ciudad de Buenos Aires siendo
prioritaria la cuenca del Arroyo Vega;
Que asimismo la mencionada ley, en su artículo 2°, aprobó el monto del empréstito a
ser contraído por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en lo que resulta pertinente,
con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) por un total de hasta
dólares estadounidenses doscientos cincuenta millones (U$S 250.000.000), destinado
a financiar las obras mencionadas precedentemente;
Que dicha operación se instrumentó mediante el Convenio de Préstamo BIRF N°
8628-AR, suscripto el 10 de noviembre de 2016, cuyos términos y condiciones
definitivos fueron aprobados por Resolución N° 2.541-MHGC/16;
Que las autoridades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Banco
Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) convinieron en introducir
modificaciones al Convenio de Préstamo BIRF N° 8628-AR;
Que entre las modificaciones propuestas se destacan la revisión de la descripción del
proyecto, de los arreglos institucionales y del marco de resultados, sumado el cambio
del porcentaje en las categorías de desembolso, prorrogando la fecha de cierre del
proyecto del 1° de marzo de 2022 al 1° de septiembre de 2023;
Que en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347),
corresponde a la Jefatura de Gabinete de Ministros diseñar los planes, programas y
proyectos necesarios para la ejecución y la fiscalización de obras públicas y entender
en su implementación;
Que como consecuencia de ello, la unidad de coordinación del proyecto encargada de
la ejecución fue oportunamente reformada a efectos de llevar a cabo las tareas
vinculadas con el Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para
la Ciudad de Buenos Aires, y se encuentra funcionando en dicha jurisdicción;
Que al verificarse un nuevo cuadro de responsabilidades institucionales de ejecución
respecto del original del Convenio de Préstamo BIRF N° 8628-AR, corresponde
aprobar el texto de la enmienda a través del presente acto;
Que la Ley N° 4.352 antes citada autorizó al Poder Ejecutivo, a través del entonces
Ministerio de Hacienda, a dictar las normas reglamentarias y/o complementarias y a
suscribir todos los documentos y contratos necesarios para la instrumentación de la
referida operación;
Que la Dirección General Infraestructura Urbana de la Jefatura de Gabinete de
Ministros ha tomado la debida intervención en el área de su competencia;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
que le compete;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 4.352,
Artículo 1°. - Apruébase la Enmienda al Convenio de Préstamo BIRF N° 8628-AR,
celebrada el 23 de febrero de 2022 entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el
Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, cuya copia registrada en idioma
inglés y su traducción al español forman parte integrante de la presente Resolución
como Anexo I (IF-2022-8429899-DGEGRAL).
Artículo 2°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
comuníquese a la Subsecretaría de Relaciones Financieras Internacionales para el
Desarrollo de la Secretaría de Asuntos Estratégicos de la Presidencia de la Nación y a
la Dirección General Infraestructura Urbana de la Subsecretaría de Obras de la
Secretaría Transporte y Obras Públicas de la Jefatura de Gabinete de Ministros; y para
su conocimiento y notificación al Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento,
remítase a la Dirección General Crédito Publico. Cumplido, archívese. Mura