RESOLUCIÓN 3858 2016 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
ENCOMIENDA COORDINAR - EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE ASISTENCIA - GESTIÓN DEL RIESGO DE INUNDACIONES - A LA UNIDAD DE FINANCIAMIENTO CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO - SUBSECRETARÍA DE FINANZAS - MINISTERIO DE HACIENDA - COMO UNIDAD DE COORDINACIÓN DEL PROYECTO - FINANCIAMIENTO - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO - DIRECCIÓN GENERAL DE SETGUROS - SISTEMA HIDROMETEREOLÓGICO DE OBSERVACIÓN VIGILANCIA Y ALERTA - SIHVIGILA - COMUNICACIÓN SOCIAL Y EDUCACIÓN SOBRE EL RIESGO DE INUNDACIONES - FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD DE GESTIÓN - CUENCA DEL ARROYO CILDAÑEZ - MALDONADO - VEGA - BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO - BIRF - GESTIÓN DEL RIESGO DE INUNDACIONES - MINISTERIO DE HACIENDA
Publicación:
06/12/2016
Sanción:
02/12/2016
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 4.352, la Resolución N° 2.541/MHGC/2016 y el Expediente Electrónico N°
EX -2016-26.234.009-MGEYA-DGTALMH/2016, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 4.352, sancionada el 1° de noviembre de 2012 por la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se declaró de interés público y
crítico las obras en el marco del Plan Hidráulico de la Ciudad de Buenos Aires, siendo
prioritaria la cuenca del Arroyo Vega;
Que asimismo la citada ley en su artículo 2°, aprobó el monto total del financiamiento a
ser contraído por el Gobierno de la Ciudad, en el mercado Internacional y/o Nacional,
con Organismos Multilaterales de Crédito, Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
y/o Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y/o CAF Banco de
Desarrollo de América Latina y/o cualquier otro Banco y/u Organismos Multilaterales,
y/o con Bancos e Instituciones de Desarrollo y Fomento Internacionales, y/u
Organismos y/o Agencias Gubernamentales, por un monto de hasta dólares
estadounidenses doscientos cincuenta millones (U$S 250.000.000.-), destinado a
financiar las obras mencionadas precedentemente;
Que la Resolución N° 2541/MHGC/16 aprobó los términos y condiciones definitivos del
Contrato de Préstamo a ser suscripto por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y el
Contrato de Contragarantía a ser suscripto con el Gobierno Nacional;
Que con fecha 10 de noviembre de 2016 se suscribió el citado Contrato de Préstamo
que tiene por objeto el financiamiento parcial del Proyecto de Asistencia a la Gestión
del Riesgo de Inundaciones para la Ciudad de Buenos Aires ("Proyecto");
Que en razón de lo dispuesto en el Artículo IV, Sección 4.01 del Contrato de
Préstamo, la Sección I.A.(a) de su Anexo 2 y la Sección 9.01(c) de las Condiciones
Generales para Préstamos BIRF, es condición adicional de vigencia del préstamo la
creación de una "Unidad de Coordinación del Proyecto", a fin de monitorear y
supervisar, a través de las áreas competentes, la ejecución del Proyecto;
Que la Unidad de Financiamiento con Organismos Multilaterales de Crédito,
dependiente de la Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda, en virtud de
las responsabilidades primarias asignadas por Decreto N° 346/16, resulta el organismo
competente para monitorear y evaluar el desarrollo de los proyectos con
financiamiento multilateral, correspondiendo, en consecuencia, encomendarle las
tareas propias de la citada "Unidad de Coordinación del Proyecto", como así también
la implementación del "Mecanismo de Financiamiento y Protección contra el Riesgo de
Inundaciones" (subcomponente 1.b) y la "Gestión del Proyecto" (componente 3);
Que la Subdirección General de Proyectos con Organismos Multilaterales de Crédito
de la Dirección General de Crédito Público, dependiente de la Subsecretaría de
Finanzas, del Ministerio de Hacienda, en virtud de sus responsabilidades primarias
asignadas por Decreto N° 346/16 es el área competente para realizar la registración
contable y el procesamiento de los desembolsos.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 4.352;
Artículo 1°.- Encomiéndase a la Unidad de Financiamiento con Organismos
Multilaterales de Crédito, dependiente de la Subsecretaría de Finanzas del Ministerio
de Hacienda, coordinar la ejecución del Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo
de Inundaciones para la Ciudad de Buenos Aires, como "Unidad de Coordinación del
Proyecto". A dichos fines deberá llevar a cabo las tareas que se detallan como Anexo I
(IF-2016-26324041-MHGC), que a todos sus efectos forma parte integrante de la
presente.
Artículo 2°.- La ejecución del componente 3. "Gestión del Proyecto" y el
subcomponente 1.(b): "Mecanismo de financiamiento y protección contra el riesgo de
inundaciones" se llevará a cabo a través de la Subdirección General de Proyectos con
Organismos Multilaterales de Crédito y la Dirección General de Seguros, dependientes
de la Subsecretaría de la Finanzas, del Ministerio de Hacienda, respectivamente.
Artículo 3°- La ejecución del componente 1., subcomponentes: a) "Sistema
Hidrometereológico de
Observación, Vigilancia y Alerta (SIHVIGILA)", c)
"Comunicación Social y Educación sobre el Riesgo de Inundaciones" y d)
"Fortalecimiento de la Capacidad de Gestión del Riesgo de las Inundaciones", y del
componente 2.: "Infraestructura para la Mitigación de las Inundaciones",
subcomponentes: a) "Cuenca del Arroyo Cildañez", b) "Cuenca del Arroyo Maldonado"
y c) "Cuenca del Arroyo Vega" se llevarán a cabo a través de las áreas competentes.
Artículo 4°.- La registración contable y el procesamiento de los desembolsos se
llevarán a cabo a través de la Subdirección General de Proyectos con Organismos
Multilaterales de Crédito de la Dirección General de Crédito Público, dependiente de la
Subsecretaría de Finanzas, del Ministerio de Hacienda, por tratarse de funciones
propias de dicha Subdirección General.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General de Crédito Público y para su conocimiento,
notificación fehaciente al Banco Interamericano de Reconstrucción y Fomento (BIRF),
pase a la Unidad de Financiamiento con Organismos Multilaterales de Crédito.
Cumplido, archívese. Mura
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5021