RESOLUCIÓN 14 2020 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

SE DELEGA - TITULAR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - FUNCIÓN DE COORDINADOR - CONSEJO DEL PLAN URBANO AMBIENTAL 

Publicación:

15/01/2020

Sanción:

07/01/2020

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


 

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VISTO: La Ley N° 71, la Ley N° 6.292, el Decreto N° 463/19 y su modificatorio, el

Expediente N° 2020-01606977- -GCABA-SSCLTA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 71 citada en el Visto se estableció el Consejo del Plan Urbano

Ambiental en cumplimiento de los artículos 27, 29 y 104, inciso 22 de la Constitución

de la Ciudad;

Que el artículo 2° de la Ley de marras, en su inciso 2, designa al titular de la Secretaria

de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente o del organismo que en el futuro lo

reemplace, Coordinador del Consejo;

Que por la Ley N° 6.292, se aprobó la estructura Ministerial del Gobierno de la Ciudad,

creándose el Ministerio de Coordinación o Jefatura de Gabinete de Ministros y, por el

Decreto N° 463/19, la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo, quedando el

Consejo del Plan Urbano Ambiental en la órbita de la Jefatura de Gabinete de

Ministros;

Que consecuentemente a los fines de lo establecido en el artículo 2°, inciso 2, de la

Ley N° 71, la función de Coordinador del Consejo del Plan Urbano Ambiental

corresponde al titular de la Jefatura de Gabinete de Ministros, tal como ha quedado

reflejado en el organigrama aprobado por el citado Decreto;

Que el artículo 14 de la Ley N° 6.292 de Ministerios autoriza a los Ministros a delegar

la resolución de asuntos relativos al régimen económico y administrativo de sus

respectivas áreas en los funcionarios que determinen, conforme su organización;

Que a los fines de ejercer una más eficiente coordinación, se considera necesario

delegar tal facultad en el titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano de este

Ministerio quien, por otra parte, es también miembro del Consejo del Plan Urbano

Ambiental conforme el artículo 2°, inciso 5, de la Ley N° 71 en concordancia con las

responsabilidades asignadas.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6.292, y el Decreto N°

463/19,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Delégase en el titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano, dependiente

de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la función de Coordinador del Consejo del

Plan Urbano Ambiental, en los términos del artículo 14 de la Ley N° 6.292, y sin

perjuicio de las facultades de avocamiento del suscripto.

Artículo 2°.- El titular de la Secretaría de Planeamiento deberá informar

periódicamente al titular del Ministerio, de las resoluciones que tome en relación a las

funciones delegadas.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Secretaría de Desarrollo Urbano, y por su intermedio a Consejo del

Plan Urbano Ambiental, y para su conocimiento y demás efectos pase a la

Subsecretaría de Coordinación Legal y Técnica de la Jefatura de Gabinete de

Ministros. Cumplido, archívese. Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución 18-MJGGC-20 modifica el Artículo 2 de la Resolución 14-MJGGC/20.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 de la Resolución 14-MJGGC/20 delega en el titular de la Secretaría de Desarrollo urbano la función de coordinador del Consejo del Plan Urbano Ambiental, creado por el Decreto 492/99</p>