RESOLUCIÓN 123 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE DEJAN SIN EFECTO LOS ARTÍCULOS 1° Y 2° DE LA RESOLUCIÓN N° 822-MHGC/18 - UNIDAD DE FINANCIAMIENTO CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO - PROYECTO DE TRANSFORMACIÓN URBANA DEL ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES - BANCO INTERAMERICANO DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO BIRF - CONVENIO DE PRESTAMO BIRF 8706-AR
Publicación:
15/01/2020
Sanción:
10/01/2020
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 5.726, el Convenio de Préstamo BIRF N° 8706-AR, la Resolución
N° 822/MHGC/2018 y el Expediente Electrónico N° EX-2017-6.060.798-MGEYA-
DGTALMH; y,
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 5.726 se autorizó al Poder Ejecutivo a contraer en el mercado local y/o
internacional uno o más empréstitos con Organismo Multilaterales de Crédito, Bancos
de Desarrollo, Instituciones Financieras de Fomento de la Exportaciones, Instituciones
Financieras Bilaterales de Desarrollo y/o cualquier otra institución financiera local o
internacional, siendo el destino del crédito público la ejecución de un programa integral
de desarrollo sostenible y mejora de hábitat de asentamientos informales en el área de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con priorización en el programa de urbanización
del polígono correspondiente a las villas 31 y 31 bis;
Que con fecha 21 diciembre 2017 se suscribió el Convenio de Préstamo BIRF 8706-
AR entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires para el proyecto de "Transformación Urbana del Área
Metropolitana de Buenos Aires";
Que mediante Resolución N° 822/MHGC/2018 se encomendó a la entonces Unidad de
Financiamiento con Organismos Multilaterales de Crédito, dependiente de la
Subsecretaría de Finanzas del ex Ministerio de Hacienda, la actuación como Unidad
de Ejecución del Proyecto de Transformación Urbana del Área Metropolitana de
Buenos Aires - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que posteriormente con fecha 29 de marzo de 2019 se suscribió una adenda al citado
convenio, por la cual se estableció como responsable del proyecto a la Secretaría de
Integración Social y Urbana, con la asistencia del ex Ministerio de Economía y
Finanzas, a los fines de los aspectos de la gestión financiera del proyecto, y de la
Secretaría General y Relaciones Internacionales a los fines de la parte 2
"Fortalecimiento de capacidades institucionales para la gestión urbana metropolitana";
Que, en consecuencia, de lo expuesto, corresponde dejar sin efecto los artículos 1° y
2° de la Resolución N° 822/MHGC/2018;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5.726,
Artículo 1°. - Déjanse sin efecto los artículos 1° y 2° de la Resolución N°
822/MHGC/2018 en virtud de los términos de la Adenda al Convenio de Préstamo
BIRF 8706- AR suscripta con fecha 29 de marzo de 2019
Artículo 2°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Secretaría de Integración Social y Urbana del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat y a la Secretaría General y Relaciones Internacionales.
Cumplido para su conocimiento, notificación al Banco Internacional de Reconstrucción
y Fomento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Crédito Público. Mura