LEY 6261 2019
Síntesis:
SE MODIFICA - LEY 3948 - UTILIDAD PÚBLICA - EXPROPIACIÓN - REMANENTE - SUPERFICIE - PARCELAS EXPROPIADAS - ENAJENACIÓN - SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO
Publicación:
17/01/2020
Sanción:
05/12/2019
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
10/01/2020
Artículo 1°.- Modificase el artículo 5° de la Ley 3948, el que quedará redactado de la
siguiente manera:
"Artículo 5°.- El remanente de la superficie de las parcelas expropiadas a las que hace
referencia el artículo 1° podrá ser administrado o enajenado por Subterráneos de
Buenos Aires Sociedad del Estado.
Los ingresos que se deriven de los actos de enajenación de los remanentes serán
destinados al desarrollo y mantenimiento de la Línea E de Subterráneos.
El remanente de la superficie de las parcelas expropiadas a que hace referencia el
artículo 2° será incorporado al patrimonio de la ciudad para ser destinado a obras
nuevas de infraestructura social, educativa, deportiva y de salud."
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Forchieri - Pérez
Buenos Aires, 13 de enero de 2020
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 6.261 (Expediente Electrónico N° 39.353.111-
GCABA-DGALE/2019), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en su sesión del día 5 de diciembre de 2019, ha quedado
automáticamente promulgada el día 10 de enero de 2020.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a
la Secretaría de Transporte y Obras Públicas y a Subterráneos de Buenos Aires S.E.
Cumplido, archívese. Montiel