RESOLUCIÓN 11 2020 FISCALÍA GENERAL

Síntesis:

SE RECTIFICA - DENOMINACIÓN - SECRETARÍA GENERAL DE DERECHOS Y GARANTÍAS Y DE LA POBLACIÓN VULNERABLE - SE RECTIFICAN MISIONES Y FUNCIONES - FISCALÍA GENERAL

Publicación:

23/01/2020

Sanción:

21/01/2020

Organismo:

FISCALÍA GENERAL


VISTO: Los artículos 124, 125 y 126 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, la Ley N° 1.903 y la Resolución FG N° 4/2020, y

CONSIDERANDO:

-I-

Que el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dota al

Ministerio Público de autonomía funcional y autarquía, lo que es receptado por los

artículos 1°, 23 y concordantes de la Ley N° 1.903, Orgánica del Ministerio Público.

Que de acuerdo con el artículo 3° de la citada ley, el gobierno y administración del

Ministerio Público están a cargo de sus titulares, señalando su artículo 18 que la

Fiscalía General y los demás ámbitos del Ministerio Público, cada uno en su respectiva

esfera, ejercen los actos que resultaren necesarios para el cumplimiento de las

funciones encomendadas (inciso 2).

Que, por su parte, el artículo 22 inciso 6 de la Ley N° 1.903 incluyó entre las

atribuciones y deberes de cada titular del Ministerio Público, en relación a sus

respectivas facultades de gobierno: "Reorganizar la estructura interna y realizar las

reasignaciones del personal de acuerdo a las necesidades del servicio.".

-II-

Que por Resolución FG N° 4/2020 se dispuso "...la reorganización de la estructura

interna de las Secretarías Generales, Secretarías Judiciales, Oficinas, Departamentos

y Áreas que funcionan bajo la órbita de la Fiscalía General, de la Fiscalía General

Adjunta de Gestión y de la Fiscalía General Adjunta en lo Penal y Contravencional...".

Que, en el marco de dicha reorganización se aprobaron, entre otras cuestiones, los

organigramas, cambios de denominaciones de las dependencias, y las nuevas

misiones y funciones inherentes a cada una de ellas.

Que, al respecto, se ha detectado la existencia de errores materiales tanto en la

denominación como en las funciones de algunas de las dependencias alcanzadas por

lo dispuesto mediante Resolución FG N° 4/2020.

Que, en tal sentido, el artículo 124 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N° 1.510/97, conforme texto consolidado

por Ley N° 6.017) establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores

meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere

lo sustancial del acto o decisión.

Que, en virtud a lo expuesto, corresponde proceder a la rectificación de los errores

materiales advertidos en la resolución citada anteriormente.

Por ello, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 1.903,

EL FISCAL GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Rectificar la denominación de la "Secretaría General de Derechos y

Garantías de la Población Vulnerable" reemplazando la misma por "Secretaría General

de Derechos y Garantías y de la Población Vulnerable".

Artículo 2°.- Rectificar las misiones y funciones obrantes en el Anexo II de la

Resolución FG N° 4/2020 correspondientes a la Secretaría General de Derechos y

Garantías y de la Población Vulnerable (y a las Oficinas que se encuentran bajo su

dependencia funcional), las que quedarán redactadas conforme surge del Anexo que

forma parte de la presente resolución.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese por un día en el Boletín Oficial y en la página de

internet del Ministerio Público Fiscal; notifíquese a los interesados y a sus superiores

jerárquicos; comuníquese a la Secretaría de Coordinación Administrativa, a la Oficina

de Recursos Humanos y al Área de Asistencia Legal y Técnica; y hágase saber al

Tribunal Superior de Justicia, al Consejo de la Magistratura, a la Defensoría General y

a la Asesoría General Tutelar, todos ellos de la Ciudad Autónoma. Cumplido,

archívese. Mahiques

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 11-FG/20 rectifica la denominación de la Secretaría General de Derechos y<br />Garantías de la Población Vulnerable reemplazando la misma por Secretaría General de Derechos y Garantías y de la Población Vulnerable.</p><p>Art. 2° rectifica las misiones obrantes en el Anexo II de la Resolución 4-FG/20.</p>