RESOLUCIÓN 15 2020 SECRETARIA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
SE CREA - COORDINACIÓN DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA CONTRA DELITOS COMPLEJOS Y CRIMEN ORGANIZADO - SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - RESPONSABILIDAD FUNCIONAL PRIMARIA - REUNIR INFORMACIÓN - ANALIZAR DATOS - TIPOLOGÍA CRIMINAL - PROPONER ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN Y CONJURACIÓN - REALIZACIÓN DE DIAGNÓSTICOS EN TORNO A LAS ACCIONES DESPLEGADAS POR LA POLICÍA DE LA CIUDAD - GENERACIÓN DE VÍNCULOS - ARTICULACIÓN DE ACCIONES CON OTRAS FUERZAS DE SEGURIDAD Y AGENCIAS COMPETENTES -NACIONALES O EXTRANJERAS- GARANTIZAR LA EFICAZ PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE SEGURIDAD EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD - PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL DELITO - SEGURIDAD PREVENTIVA COMUNITARIA - SEGURIDAD COMPLEJA - SE DESIGNA - MARIANA INÉS AZAR WALKER - COMO COORDINADORA
Publicación:
23/01/2020
Sanción:
21/01/2020
Organismo:
SECRETARIA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO: Las Leyes Nros. 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y 6.292, el
Decreto N° 463/GCBA/19 y el Expediente Electrónico N° 2020-02396669-GCABA-
SECJS, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Ley de Ministerios N° 6.292, entre las carteras que asisten
al Poder Ejecutivo en el despacho de los asuntos del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires se encuentra la de Justicia y Seguridad (artículos 1° y 2°);
Que entre otras funciones inherentes al área, la Ley precitada le encomienda como
objetivos relevantes la elaboración, implementación y evaluación de las políticas y
estrategias de seguridad pública (artículo 18, incisos 1° y concordantes);
Que en esa dirección, la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales
fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad (artículo 1°)
que tiene como finalidad la formulación, implementación y control de las políticas de
seguridad pública desarrolladas en el ámbito local, aquellas referidas a las estrategias
sociales de prevención de la violencia y el delito, así como las estrategias
institucionales de persecución penal, de seguridad preventiva comunitaria y de
seguridad compleja (artículo 6°);
Que, con especial atingencia a este último tema, el Decreto N° 463/19, que aprobó la
nueva estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo (artículo 1°), fija
como responsabilidad primaria de esta Secretaría de Justicia y Seguridad la de
"Entender en la investigación del delito organizado, informático y complejo" (Anexo II,
apartado 6°);
Que en una materia como la que nos involucra, este cometido adquiere un perfil
característico habida cuenta que pone en la liza la tutela efectiva de derechos
fundamentales de todas las personas (a la vida, a la integridad física, a la libertad, a
garantías procesales, etc.) que podrían verse afectados por conductas violentas o
delictivas de especial complejidad y cuya prevención y control es un objetivo primordial
de las políticas de seguridad ciudadana, las que constituyen "un deber propio e
irrenunciable del Estado" (artículo 34, primer párrafo, de la Constitución de la Ciudad);
Que la especificidad de esta materia torna imprescindible contar con conocimientos
teóricos y herramientas prácticas igualmente pormenorizadas habida cuenta la
necesidad de elaborar políticas de seguridad eficaces que atiendan a las
características puntuales de estas actividades criminales;
Que en la misma línea, atendiendo a la distribución de competencias que existe en
punto a la persecución penal de esta clase de delitos es menester generar, fortalecer y
coordinar las relaciones de cooperación entre las distintas agencias y cuerpos de
seguridad que intervienen en esta clase de asuntos con las miras puestas en
posibilitar y facilitar el ejercicio de las atribuciones de todos los poderes públicos
involucrados;
Que en este orden de ideas, ha sido una preocupación constante de esta cartera
ministerial en general y del suscripto en particular, implementar estructuras
organizativas que permitan alcanzar, por intermedio de mejores y más eficaces
herramientas de gestión, estos valiosos objetivos plasmados, como mandato
perentorio y estratégico, por nuestro ordenamiento jurídico;
Que, por lo tanto, deviene necesario crear un área de "Coordinación de Planificación
Estratégica contra Delitos Complejos y Crimen Organizado", la que tendrá por
responsabilidad funcional primaria reunir información y analizar datos concernientes a
esta tipología criminal, proponer estrategias de prevención y conjuración, realizar
diagnósticos en torno a las acciones desplegadas por la Policía de la Ciudad, generar
vínculos y articular acciones con otras fuerzas de seguridad y agencias competentes
(nacionales o extranjeras), entre otros cometidos relevantes tendientes a garantizar la
eficaz prestación del servicio público de seguridad en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que esta estructura organizativa tendrá dependencia directa con la Secretaría de
Justicia y Seguridad a mi cargo, en tanto asiste en el ejercicio de un cometido propio,
razón que justifica plenamente la generación de unidades de trabajo diferenciadas con
la finalidad de no provocar interferencias ni solapamiento de funciones con el
consiguiente dispendio de actividad administrativa.
Por tanto, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Créase, en la órbita de la Secretaría de Justicia y Seguridad de este
Ministerio de Justicia y Seguridad, la "Coordinación de Planificación Estratégica contra
Delitos Complejos y Crimen Organizado", de conformidad con las razones y
responsabilidades funcionales expresadas en los considerandos de la presente, sin
perjuicio de otros cometidos concretos que pudiesen encomendársele a su titular y
aquellos que surjan del plan de labor del área.
Artículo 2°.- Desígnese a la Sra. Mariana Inés Azar Walker como Coordinadora de la
"Coordinación de Planificación Estratégica contra Delitos Complejos y Crimen
Organizado".
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad y a la Jefatura de la Policía de la
Ciudad. Cumplido, archívese. D Alessandro