DECRETO 463 2019

Síntesis:

SE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL DEPENDIENTE DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD  DE BUENOS AIRES - MINISTERIOS - SECRETARÍAS - SUBSECRETARÍAS - DIRECCIONES GENERALES - ORGANISMOS FUERA DE NIVEL - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA -  APRUEBA RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - ORGANIGRAMA - OBJETIVOS DE LAS UNIDADES DE ORGANIZACIÓN - DELEGA FUNCIONES EN LA VICEJEFATURA DE GOBIERNO - FACULTA AL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS - VIGENCIA DEL RÉGIMEN GERENCIAL - REMUNERACIONES DE MINISTROS MINISTRAS SECRETARIOS SECRETARIAS - FIJA REMUNERACIONES DE AUTORIDADES SUPERIORES - DIRECTORES Y DIRECTORAS GENERALES - INSTITUYE RÉGIMEN MODULAR DE PLANTAS DE GABINETE - CREA RÉGIMEN MODULAR EXTRAORDINARIO DE PLANTAS DE GABINETE - JURISDICCIONES -UNIDADES RETRIBUTIVAS - DEROGA EL DECRETO 363/15 Y 43/18 - MANTIENE VIGENCIA DEL DECRETO 446/17 Y 75/17

Publicación:

16/12/2019

Sanción:

13/12/2019

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 6.292, y el Expediente Electrónico N° 38569274-GCABA-

MHFGC/2019, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.292 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, determina que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los

Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que le fueran

conferidas por la misma;

Que el Jefe de Gabinete de Ministros y nueve (9) Ministros tendrán a su cargo el

despacho de los asuntos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que asimismo, es conveniente delegar funciones en la Vicejefatura de Gobierno, de

conformidad con lo previsto en el artículo 99 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires y en el artículo 9° de la Ley N° 6.292;

Que las tareas de apoyo necesarias para la actividad de la Jefatura de Gobierno son

atendidas por la Secretaría General y Relaciones Internacionales, la Secretaría Legal y

Técnica, la Secretaría de Medios, Secretaría de Asuntos Estratégicos, Secretaría de

Comunicación, Contenidos y Participación Ciudadana y Secretaría de Ambiente;

Que, de conformidad a lo normado por el artículo 104, inciso 9) de la Constitución de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, compete a la Jefatura de Gobierno establecer la

estructura y organización funcional de los organismos de su dependencia;

Que la Ley N° 6.292 autoriza a este Poder Ejecutivo para que, sólo en relación al

presupuesto correspondiente al Ejercicio 2020, efectúe aquellas reestructuraciones de

créditos que resulten indispensables para la puesta en vigencia de la citada Ley, a

partir del 10 de diciembre de 2019, informando dentro de los treinta (30) días a la

Legislatura.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Apruébase, al 10 de diciembre de 2019, la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, que como Anexo I (Organigrama) identificado como IF N° 38616279-MHFGC-

2019, a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Apruébanse las responsabilidades primarias y objetivos de las Unidades

de Organización integrantes del organigrama aprobado por el artículo 1°, según se

detalla en el Anexo II (Responsabilidades y objetivos) identificado como IF N°

38616095-MHFGC-2019, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente

Decreto.

Artículo 3°.- Deléganse en la Vicejefatura de Gobierno todas las funciones

enumeradas en el artículo 9° de la Ley N° 6.292.

Artículo 4°.- Facúltase al Ministro de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones

en las designaciones del personal del Régimen Gerencial resultantes de los cambios

producidos por la Ley N° 6.292 y el presente Decreto.

Artículo 5°.- Establécese que los cargos del Régimen Gerencial existentes a la fecha

fijada en el artículo 1°, permanecerán vigentes hasta tanto se apruebe la estructura

orgánico funcional de dicho Régimen en cada jurisdicción o hasta tanto el Ministro de

Hacienda y Finanzas realice las modificaciones de designaciones de personal de

acuerdo a lo establecido en el artículo 4° del presente Decreto.

Artículo 6°.- La remuneración bruta mensual de cada Ministro/a, del Secretario/a

General y Relaciones Internacionales y del Secretario/a de Ambiente será equivalente

a quince mil doscientas (15.200) unidades retributivas. Fíjanse las remuneraciones de

las restantes autoridades superiores dependientes del Poder Ejecutivo en los

porcentajes que, sobre la base de la retribución bruta mensual de la "Asignación por

cargo" que percibe cada Ministro/a, se establecen a continuación: Secretario/a Legal y

Técnico/a, Secretario/a de Medios, Secretario/a de Asuntos Estratégicos, Secretario/a

de Comunicación, Contenidos y Participación Ciudadana y Secretario/a de Justicia y

Seguridad, 97%; Secretarios/as y titulares de repartición con rango, nivel o retribución

equivalente, 95%; Subsecretarios/as y titulares de repartición con rango, nivel o

retribución equivalente, 80%; Directores/as Generales y titulares de repartición con

rango, nivel o retribución equivalente, 70%.

Artículo 7°.- Institúyese, a partir del 10 de diciembre de 2019, el Régimen Modular de

Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, que se integra con las unidades retributivas que

seguidamente se indican, determinando el valor de cada una de ellas en la suma

remunerativa de quince pesos con 7374 centavos ($ 15,7374).

Ver archivo 1

Artículo 8°.- El personal que se designe bajo el Régimen Modular establecido en el

presente Decreto tendrá una remuneración mensual integrada por una suma bruta

remunerativa y bonificable, equivalente a la cantidad de unidades retributivas que se le

asignen, la que no podrá resultar superior a la del funcionario del cual depende.

Artículo 9°.- Créase el Régimen Modular Extraordinario de Plantas de Gabinete, por el

período comprendido entre el 10 de diciembre de 2019 y el 31 de diciembre de 2020.

Artículo 10.- Establécese que el personal que se designe bajo el Régimen Modular

Extraordinario, se regirá según los dispuesto por el artículo 8° del presente Decreto.

Artículo 11.- Establécese que el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y el señor Jefe

de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignarán la cantidad de Unidades

Retributivas Extraordinaria a las jurisdicciones que correspondan.

Artículo 12.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas arbitrará las medidas pertinentes a

los fines de la aplicación de lo dispuesto en la Ley N° 6.292 y en el presente Decreto,

haciendo efectivos los traspasos de personal, patrimonio y presupuesto que resulten

necesarios entre las distintas áreas del Poder Ejecutivo.

Artículo 13.- Establécese que las erogaciones correspondientes a las jurisdicciones y

entidades vigentes al 9 de diciembre del corriente año, son atendidas con cargo a sus

créditos presupuestarios de origen, siendo las mismas, responsables de su

administración hasta el cierre del presente ejercicio.

Artículo 14.- Derógase el Decreto N° 363/15 y toda otra norma que se oponga al

presente.

Artículo 15.- Derógase el Decreto N° 43/18.

Artículo 16.- Mantiénese la vigencia del Decreto N° 446/17 y sus normas

complementarias, reglamentarias y modificatorias.

Artículo 17.- Mantiénese la vigencia de los parámetros y procedimientos estipulados

en el Decreto N° 75/17.

Artículo 18.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 19.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura

General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección General de la Oficina de Gestión

Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio

de Hacienda y Finanzas y a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese.

RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5762- Organigrama

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5762- Responsabilidades primarias

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1 del Decreto 364/20 crea el Programa para la Igualdad de Género en la órbita de la Secretaría de Asuntos Estratégicos, estructura aprobada por Decreto 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 271/21 modifica a partir del 1° de agosto de 2021, la estructura organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) y II (Responsabilidades primarias, Objetivos y Descripción de acciones).</p>
DEROGADA POR
<p>Artículo 14 del Decreto N° 387/23 deroga el Decreto N° 463/19 y toda otra norma que se oponga al presente.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1º del Decreto N° 311/22 modifica, a partir del 1° de septiembre de 2022, la dependencia funcional de los Departamentos de Área Programática de Salud de los Hospitales Generales de Agudos, así como de la Unidad Área Programática, la División Programas Centro de Salud y la Sección Salud Escolar dependientes del Hospital General de Agudos “Dr. Abel Zubizarreta”, los que pasarán a la órbita de la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria del Ministerio de Salud, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 463/19 y modificatorios</p><p>Artículo 6° crea la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Seguimiento y Coordinación Administrativa, como organismo fuera de nivel bajo la órbita de la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria dependiente del Ministerio de Salud, cuyo/a titular tendrá nivel remunerativo equivalente a Director/a General.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto 81/23 modifica, a partir del 01 de marzo de 2023, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Salud, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° del Decreto N° 81/23 modifica, a partir del 01 de marzo de 2023, la estructura orgánico funcional de los Hospitales Generales de Agudos “Dr. Teodoro Álvarez”, “Dr. Cosme Argerich”, “Dr. Carlos G. Durand”, “Dr. Juan A. Fernández”, “José María Penna”, “Dr. Ignacio Pirovano”, “Parmenio Piñero”, “José M. Ramos Mejía”, “Donación Francisco Santojanni”, “Dalmacio Vélez Sarsfield”, “Dr. Abel Zubizarreta”, del Hospital Municipal de Oncología “María Curie”, Hospitales Generales de Niños “Pedro de Elizalde” y “Dr. Ricardo Gutiérrez”, Hospital de Infecciosas “Francisco Javier Muñiz”, Hospital Materno Infantil “Ramón Sardá” y Hospital de Rehabilitación “Manuel Rocca”, del Hospital General de Agudos “Dr. E. Tornú”, Hospital General de Agudos “B. Rivadavia”, Hospital de Oftalmología “Santa Lucía”, Hospital de Rehabilitación Respiratoria “M. Ferrer” y Hospital de Gastroenterología “Dr. Carlos B. Udaondo”</p>
MODIFICADA POR
<p>Articulo 1° de la Resolucion N° 1-OFIP/22 aprueba la la estructura orgánico funcional de la Oficina de Integridad Pública del Poder Ejecutivo.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 164/22 modifica, a partir del 1° de mayo de 2022, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Salud, modificando así el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° crea la Subsecretaría para Personas Mayores dependiente de la Secretaría de Bienestar Integral.</p><p>Artículo 3° modifica las responsabilidades primarias de la Secretaría de Bienestar Integral.</p><p>Artículo 4° modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Promoción Social y Bienestar.</p><p>Artículo 5° suprime la Dirección General Desarrollo Saludable dependiente de la Secretaría de Bienestar Integral.</p><p>Artículo 6° crea la Dirección General Coordinación y Vinculación para Personas Mayores dependiente de la Subsecretaría para Personas Mayores de la Secretaría de Bienestar Integral.</p><p>Artículo 7° modifica las responsabilidades primarias y dependencia funcional de las Direcciones Generales Ciudad Amigable para Personas Mayores y Políticas Asistenciales para Personas Mayores que pasarán a depender de la Subsecretaría para Personas Mayores.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 161/22 modifica, a partir del 1° de mayo de 2022, la estructura orgánico funcional de la Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, modificando así al Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° crea la Unidad de Coordinación Gestión de Políticas Productivas con nivel, rango y atribuciones de Subsecretaría, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción.</p><p>Artículo 3° suprime la Dirección General Desarrollo Productivo y la Dirección General Planificación y Análisis de la Gestión de Activos, dependientes de la Subsecretaría de Desarrollo económico y la Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles respectivamente.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 151/22 modifica, a partir del 1° de abril de 2022, la estructura organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° crea las Direcciones Generales Cooperación e Intercambio de Información y Búsqueda de Personas dependientes de Subsecretaría de Coordinación de Asuntos Estratégicos.</p><p>Artículo 3° modifica  las responsabilidades primarias de la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal.</p><p>Artículo 4° modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Gestión Administrativa.</p><p>Artículo 5° modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Capital Humano y de la Dirección General Gestión del Capital Humano.</p><p>Artículo 6° modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Coordinación de Asuntos Estratégicos.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 158/22 modifica, a partir del 1° de mayo de 2022, la estructura organizativa de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales, modificando así el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° crea la Dirección General Relacionamiento Internacional dependiente de la Subsecretaría de Relaciones Internacionales de la Secretaría General y Relaciones Internacionales.</p><p>Artículo 3° crea la Subsecretaría de Promoción y Desarrollo Universitario dependiente de Secretaría General y Relaciones Internacionales.</p><p>Artículo 4° crea las Direcciones Generales Vinculación Universitaria y Desarrollo Universitario, amabas dependientes de la Subsecretaría de Promoción y Desarrollo Universitario de la Secretaría General y Relaciones Internacionales.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 129/22 modifica, a partir del 1° de abril de 2022, la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, modificando así al Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° crea la Subsecretaría de Cooperación para el Desarrollo Económico y la Producción, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción.</p><p>Artículo 3° crea la Dirección General Vinculación y Comunicación y la Dirección General Cooperación Interjurisdiccional para el Desarrollo Económico y Productivo, dependientes de la Subsecretaría de Cooperación para el Desarrollo Económico y la Producción del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 116/22 modifica, a partir del 1° de abril de 2022, la estructura organizativa de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 17-DGTALMHF/22 delega en la Gerencia Operativa Gestión de Servicios Básicos del Ministerio de Hacienda y Finanzas la suscripción de contrataciones de servicios básicos con las empresas generadoras, prestadoras y distribuidoras de los mismos, en el marco de sus responsabilidades dadas por Decreto 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 107/22 modifica, a partir del 1° de marzo de 2022, la estructura orgánico funcional de la Ministerio de Cultura, modificando así al Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° crea la Dirección General Cooperación Cultural Internacional dependiente del Ministerio de Cultura.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 106/22 modifica, a partir del 1° de abril de 2022, la estructura orgánico funcional de la Ministerio de Gobierno, modificando así al Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° suprime la Dirección General Transferencia de Competencias dependiente de la Subsecretaría Asuntos Interjurisdiccionales.</p><p>Artículo 3° crea las Direcciones Generales Control y Seguimiento de Gestión y Estrategia de Vinculación Federal dependientes del Ministerio de Gobierno y de la Subsecretaría de Gobierno respectivamente.</p><p>Artículo 4° modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Gobierno.</p><p>Artículo 5° modifica la denominación y las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Asuntos Metropolitanos y de la Dirección General Articulación Cuenca Matanza Riachuelo, las que pasarán a denominarse Subsecretaría de Asuntos Metropolitanos y Transferencia de Competencias y Dirección General Gestión Metropolitana y Transferencia de Competencias respectivamente.</p><p>Artículo 6° modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Asuntos Interjurisdiccionales.</p><p>Artículo 7° modifica la dependencia funcional de la Dirección General Representaciones de la Ciudad, la que pasará a depender de la Subsecretaría de Asuntos Interjurisdiccionales.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 102/22 modifica, a partir del 1° de marzo de 2022, la estructura orgánico funcional de la Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, modificando así al Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Administración y de la Dirección General Infraestructura Social.</p><p>Artículo 3° modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario.</p><p>Artículo 4° modifíca las responsabilidades primarias de la Dirección General Articulación Público-Privada, dependiente de la Subsecretaría Desarrollo del Potencial Humano.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1264-MHFGC/22 establece, a partir del 1° de marzo de 2022, en Pesos treinta y cuatro con 7345/10000 ($ 34,7345), el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete, quedando modificado el valor establecido por Decreto 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 83/22 modifica, a partir del 1° de febrero de 2022, la estructura orgánico funcional de la Secretaría de Comunicación, Contenidos y Participación Ciudadana, modificando así al Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° crea la Subsecretaría de Vinculación y Comunicación Interjurisdiccional.</p><p>Artículo 3° modifica la denominación y las responsabilidades primarias de las Subsecretarías de Comunicación y Contenidos y de Vinculación y Participación Ciudadana que pasarán a denominarse Subsecretaría de Contenido y Producción y Subsecretaría de Comunicación y Participación Ciudadana, respectivamente.</p><p>Artículo 4° crea las Dirección General Arte, Creatividad y Producción dependiente de la Subsecretaría Contenido y Producción.</p><p>Artículo 5° crea las Direcciones Generales Comunicación Interjurisdiccional, Vinculación Directa y Comunicación con el Sector Privado y el Tercer Sector dependientes de la Subsecretaría de Vinculación y Comunicación Interjurisdiccional.</p><p>Artículo 6° modifica la denominación, responsabilidades primarias y la dependencia funcional de la Dirección General Opinión Pública, Investigación y Métricas la que se denominará Dirección General Opinión Pública y pasará a depender de la Secretaría de Comunicación, Contenidos y Participación Ciudadana.</p><p>Artículo 7° modifica la denominación, responsabilidades primarias y la dependencia funcional de la Dirección General Publicidad y Herramientas de Comunicación Directa la que se denominará Dirección General Comunicación y pasará a depender de la Subsecretaría de Comunicación y Participación Ciudadana.</p><p>Artículo 8°. modifica la denominación y las responsabilidades primarias de la Dirección General Estrategia y Vinculación Gubernamental que pasará a denominarse Dirección General Análisis y Desarrollo.</p><p>Artículo 9° modifica la denominación y las responsabilidades primarias de la Dirección General Comunicación y Contenidos la que se denominará Dirección General Contenidos.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art.1 de la Resolución N° 659/MSGC/22, establece la Coordinación de Prestaciones para Beneficiarios del Programa Incluir Salud de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el ámbito de la Dirección General de Coordinación, Tecnologías y Financiamiento en Salud de la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red, la cual tendrá a su cargo realizar acciones para colaborar en la articulación de las prestaciones médico asistenciales relacionadas con los cuidados requeridos por los beneficiarios del Programa.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 83/22 modifica, a partir del 1° de marzo de 2022, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, modificando así al Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° modifica, a partir del 1° de marzo de 2022, la estructura orgánico funcional de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p><p>Artículo 3° transfiere la Unidad de Deportes con su personal, patrimonio y presupuesto, del ámbito de la Vicejefatura de Gobierno a la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico, la que pasará a denominarse Secretaría de Deportes.</p><p>Artículo 4° crea la Dirección General Articulación Interjurisdiccional del Deporte y la Dirección General Alto Rendimiento y Legado, dependientes de la Secretaría de Deportes.</p><p>Artículo 5° modifica la denominación de la Dirección General Infraestructura Deportiva, dependiente de la Secretaría de Deportes, la que pasará a denominarse Dirección General Infraestructura.</p><p>Artículo 5° crea la Dirección General Relaciones Interjurisdiccionales vinculadas al Desarrollo de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, dependiente de la Subsecretaría de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción.</p><p>Artículo 6° modifica la denominación y las responsabilidades primarias de la Dirección General Negociaciones Laborales, dependiente de la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio, la que pasará a denominarse Dirección General Trabajo Decente y Relaciones Laborales.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 del Decreto 75/22 transfiere las responsabilidades sobre el funcionamiento, organización y fiscalización de la Feria de Artistas Plásticos de Caminito, al ámbito del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 32/22 modifica, a partir del 1° de enero de 2022, la estructura organizativa del Ministerio de Cultura, modificando así al Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° crea la Dirección General Cultura y Derechos Humanos dependiente del Ministerio de Cultura.</p><p>Artículo 3° establece que la/el titular de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Museo de Arte Moderno de Buenos Aires tendrá rango, nivel y atribuciones de Director General.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 2° del Decreto Nº 27/22 crea, a partir del 1º de enero de 2022, la Unidad de Análisis Prospectivo, cuyo titular tendrá rango, nivel y atribuciones equivalentes a Director General, en el ámbito de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, modificando así al Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto Nº 22/22 modifica, a partir del 1º de enero de 2022, la estructura organizativa de la Vicejefatura de Gobierno, modificando así al Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° modifica la denominación y el nivel de la Subsecretaría de Deportes la que pasará a denominarse Unidad de Deportes con rango, nivel y atribuciones de Secretaría</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 18/22 modifica, a partir del 1° de enero de 2022, la estructura organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad, modificando así al Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° modífica la denominación y las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Promoción, Prevención y Asistencia Ciudadana al Turista, la que pasará a denominarse Subsecretaría de Prevención y Vinculación Ciudadana en Seguridad.</p><p>Artículo 4° modífica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Participación Ciudadana en Seguridad.</p><p>Artículo 5° modifica la denominación y las responsabilidades primarias de la Dirección General Contención Primaria de la Ciudadanía ante Delitos, la que pasará a denominarse Dirección General Coordinación Operativa del Cuerpo de Agentes de Prevención.</p><p>Artículo 6° modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Seguridad Comunal e Investigación Criminal y de la Dirección General Seguridad Comunal e Investigación Criminal.</p><p>Artículo 7° modífica la denominación y las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, la que pasará a denominarse Seguridad Ciudadana y Orden Público.</p><p>Artículo 8° modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Coordinación Operativa, la que pasará a depender de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana y Orden Público.</p><p>Artículo 9° modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Orden Público y Coordinación de Agentes, que pasará a depender de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana y Orden Público.</p><p>Artículo 10 suprime la Subsecretaría de Convivencia y Orden Público</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 12/22 modifica, a partir del 1° de enero de 2022, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Hacienda y Finanzas, modificando así al Decreto N° 463/19..</p><p>Artículo 2° modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) del Ministerio de Hacienda y Finanzas.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 10/22 modifica, a partir del 10 diciembre de 2021, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Educación, modificando así al Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° suprime la Dirección General Escuelas Normales Superiores y Artísticas dependiente de la Subsecretaría Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa.</p><p>Artículo 3° crea la Dirección General Coordinación del Sistema Integral de Prácticas dependiente del Ministerio de Educación.</p><p>Artículo 4° modifica las responsabilidades primarias de las Subsecretarías Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida, y de las Direcciones Generales Planeamiento Educativo y Educación de Gestión Privada, todas ellas dependientes del Ministerio de Educación.</p><p>Artículo 5° modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Administración de Recursos dependiente de la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 7/22 modifica, a partir del 1 enero de 2022, la estructura orgánico funcional de la Secretaría de Asuntos Estratégicos, modificando así al Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° crea la Subsecretaría de Asuntos Públicos Estratégicos, dependiente de la Secretaría de Asuntos Estratégicos.</p><p>Artículo 3° crea las Direcciones Generales Articulación de Proyectos Estratégicos y Coordinación y Vinculación Estratégica, dependientes de la Subsecretaría de Asuntos Públicos Estratégicos.</p><p>Artículo 4° crea la Subsecretaría de Proyección Estratégica, dependiente de la Secretaría de Asuntos Estratégicos.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 434/21 modifica, a partir del 10 diciembre de 2021, la estructura orgánico funcional de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales, modificando así al Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° modifica la denominación y las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Relaciones Internacionales e Institucionales, la que pasará a denominarse Subsecretaría de Relaciones Internacionales.</p><p>Artículo 3° crea la Dirección General Proyección Internacional, dependiente de la Subsecretaría de Relaciones Internacionales.</p><p>Artículo 4° suprime la Subsecretaría de Cooperación Urbana Federal, y las Direcciones Generales Intercambio de Gestión y Relaciones Federales y Productivas, dependientes de la misma.</p><p>Artículo 5° crea la Subsecretaría de Relaciones Institucionales, dependiente de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales.</p><p>Artículo 6° crea la Dirección General Relaciones con el Tercer Sector y Organismos Públicos y la Dirección General Relaciones con el Sector Privado, dependientes de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales.</p><p>Artículo 7° crea la Dirección General Planificación Estratégica y Control de Gestión, dependiente de la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1°.Resolucion Nª 5768-MHFGC-21 establece, a partir del 1° de diciembre de 2021, en Pesos veintinueve con 6926/10000 ($ 29,6926), el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete..</p>
MODIFICADA POR
<p>Art.1 del Decreto 416/21, prorroga el Régimen Modular Extraordinario de Plantas de Gabinete, creado por el artículo 9º del Decreto 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Articulo 1° del Decreto N° 78/23 modifica, a partir del 1° de marzo de 2023, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo N° 1 de la Resolución N° 5279-MHFGC/21 establece a partir del 1° de noviembre de 2021, en Pesos veintiocho con 092/10000 ($28,092), el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo N° 1 del Decreto N° 346/21 modifica a partir del 1° de noviembre de 2021, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Hacienda y Finanzas, modificando así al Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo N° 2 modifica a partir del 1° de noviembre de 2021, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Salud .</p><p>Artículo N° 3 modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas.</p><p>Artículo N° 4 modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art.1 del Decreto 339/21, modifica, a partir del 1° de octubre de 2021, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada por el Decreto 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Articulo 1° Resolucion N° 4674-MHFGC-21 establce a partir del 1° de octubre de 2021, en Pesos veintiséis con 5676/10000 el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto N° 337/21 modifica a partir del 1° de noviembre de 2021, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, modificando así la estructura establecida mediante el Decreto N° 463/19.</p><p>Art. 2 modifica a partir del 1° de noviembre de 2021, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Salud.</p><p>Art. 3 modifica la denominación y las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Bienestar Ciudadano del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, la que pasará a denominarse Subsecretaría de Políticas Gastronómicas.</p><p>Art. 4 modifica a denominación y responsabilidades primarias de la Secretaría Integración Social para Personas Mayores y de las Direcciones Generales Dependencias y Atención Primaria, Promoción e Inclusión Social y Protección y Desarrollo Sostenible, que pasarán a denominarse Secretaría de Bienestar Integral, Dirección General Políticas Asistenciales para Personas Mayores, Dirección General Promoción Social y Bienestar y Dirección General Ciudad Amigable para Personas Mayores, respectivamente.</p><p>Art. 5 tranfiere  la Dirección General Desarrollo Saludable, del ámbito del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción a la órbita de la Secretaría de Bienestar Integral dependiente del Ministerio de Salud.</p><p>Art. 6 modifica la denominación y responsabilidades primarias de la Dirección General Planificación Operativa dependiente de la Subsecretaría Planificación Sanitaria y Gestión en Red del Ministerio de Salud, que pasará a denominarse Dirección General Gestión y Experiencia Ciudadana en el Sistema de Salud Público.</p><p>Art. 7 modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria y de la Dirección General Atención Primaria del Ministerio de Salud.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 4055-MHFGC/21 establece, a partir del 1° de septiembre de 2021, en Pesos veinticinco con 1158/10000 ($ 25,1158), el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete, prevista por Art. 7 del Decreto 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución 3553-MHFGC/21 establece, a partir del 1° de agosto de 2021, en $23,7331, el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete, en el marco del Régimen Modular instituido por el Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 2940-MHFGC/21 establece, a partir del 1° de julio de 2021, en Pesos veintidós con 4163/10000 ($ 22,4163), el valor de la unidad retributiva determinado por Art. 7 del Decreto 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 282/21 modifica a partir del 1° de agosto de 2021, la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo con los Anexos I (Organigrama)  y II (Responsabilidades primarias, Objetivos y Descripción de acciones) que forman parte del presente Decreto.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 248-2021, modifica, a partir del 1° de julio de 2021, la estructura organizativa del Hospital General de Agudos “Dra. Cecilia Grierson” del Ministerio de Salud.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 268/21 modifica, a partir del 1° de agosto de 2021, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) y II (Responsabilidades primarias y Objetivos).</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 264/21 modifica a partir del 1° de agosto de 2021, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo con los Anexos I (Organigrama)  y II (Responsabilidades primarias y Objetivos).</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 262/21 modifica a partir del 1° de agosto de 2021, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p><p>Art. 2 transfiere la Secretaría de Integración Social para Personas Mayores, con su personal, patrimonio y presupuesto, del ámbito del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat a la órbita del Ministerio de Salud.</p><p>Art. 3 transfiere las Direcciones Generales Dependencias y Atención Primaria, Promoción e Inclusión Social, y Protección y Desarrollo Sostenible, todas ellas dependientes de la Secretaría de Integración Social para Personas Mayores, con su personal, patrimonio y presupuesto, a la órbita del Ministerio de Salud.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 241/21 modifica, a partir del 1° de julio de 2021, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p><p>Artículo 2°.crea la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021 en la órbita de la Subsecretaría de Justicia dependiente de la Secretaría de Justicia y Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 215/21 modifica, a partir del 1 de junio de 2021, la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p><p>Artículo 2° suprime la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Infraestructura Gubernamental, dependiente de la Subsecretaría de Obras de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1°.del Decreto N° 177/21 modifica, a partir del 1° de junio de 2021, la estructura organizativa de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 174/21 modifica, a partir del 1° de mayo de 2021, la estructura organizativa de la Secretaría de Comunicación, Contenidos y Participación Ciudadana del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p><p>Art. 2° suprime la Dirección General Proyectos Estratégicos y Calidad de Vida.</p><p>Art. 3° crea la Subsecretaría de Vinculación y Participación Ciudadana.</p><p>4° modifica la denominación, las responsabilidades primarias y la dependencia funcional de la Dirección General Estrategia de Política Gubernamental y Comunicacional</p><p>Art. 5° modifica la dependencia funcional de la Dirección General Participación Ciudadana y Cercanía.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 138/21 modifica a partir del 1° de abril de 2021, la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Defensa y Protección al Consumidor.</p><p>Artículo 3° modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Gestión Comunal y de la Dirección General Competencias Comunales y Talleres.</p><p>Artículo 4° modifica la denominación y las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Registros, Interpretación y Catastro, la cual pasará a denominarse Subsecretaría de Gestión Urbana</p><p>Artículo 5° modifica las responsabilidades primarias de las Direcciones Generales Interpretación Urbanística y Registro de Obras y Catastro.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 2 del Decreto 133/21 modifica, a partir de la fecha que se establezca en el/los convenio/s referido/s en el artículo 1 del presente, la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, aprobada por Decreto 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 116/21 modifica, a partir del 1 de abril de 2021, la estructura organizativa de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales, quedando en tal sentido modificado el Decreto 463/19.</p><p>Art. 2 suprime la Dirección General Protocolo y Ceremonial dependiente de la Subsecretaría de Relaciones Internacionales e Institucionales de la Secretaría General y Relaciones Internacionales.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1°.de la Resolución N° 1178-MHF/21 establece a partir del 1° de marzo de 2021, en Pesos veinte con 0221/10000 ($ 20,0221), el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete, en el marco del Régimen Modular instituido por el Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 92/2021 modifica, a partir del 1° de marzo de 2021, la estructura organica funcional del Ministerio de Justicia y Seguridad, quedando modificado el Decreto 463/2019.</p><p>Art. 2 modifica, a partir del 1° de marzo de 2021, la estructura organica funcional del Ministerio de Gobierno.</p><p>Art. 3  establece que el Instituto de Gestión Electoral, ente autárquico creado por la Ley N° 6.031, actuará bajo la órbita del Ministerio de Gobierno.</p><p>Art. 4 suprime la Dirección General Electoral, la Gerencia Operativa Logística Electoral, la Gerencia Operativa Proceso Electoral, la Gerencia Operativa Estrategia Comunicacional y la Unidad de Organización Electoral dependientes de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad.</p><p>Art. 5 modifica las responsabilidades primarias de la Secretaría de Justicia y Seguridad y de la Subsecretaría de Justicia, ambas dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad.</p><p>Art. 6 modifica la denominación y las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos dependiente del Ministerio de Gobierno, la que se denominará Subsecretaría de Asuntos Políticos.</p><p><br />Art. 7 modifica as responsabilidades primarias de las Direcciones Generales Asuntos Legislativos y Reforma Política y Electoral dependientes de la Subsecretaría de Asuntos Políticos del Ministerio de Gobierno.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 87-21 modifica, a partir del 1 de marzo de 2021, la estructura organizativa del Ministerio de Cultura, modificando en tal sentido el Decreto 463-19.</p><p>Art. 2 modifica la dependencia funcional de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Museo de Arte Moderno de Buenos Aires, la que dependerá del Ministerio de Cultura.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 86-21 modifica, a partir del 1  de febrero de 2021, la estructura organizativa del Ministerio de Gobierno, quedando en tal sentido modificado el Decreto 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto N° 58/21 modifica a partir del 1° de febrero de 2021, la estructura organizativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Decreto 49/2021 modifica a partir del 1° de febrero de 2021, la estructura organizativa del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que fuera aprobado por el Decreto 463/2019.</p><p>Art. 2 modifica la denominación y las responsabilidades primarias de la DG Reciclado dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana, la que se denominará DG Operación de Reciclado.</p><p>Art. 3 crea la DG Reciclado y Economía Circular, dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana. </p><p>Art. 4 modifica las responsabilidades primarias de las DG Conservación del Paisaje Urbano y Obras de Regeneración Urbana, ambas dependientes de la Subsecretaría de Paisaje Urbano.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 26/21 modifica, a partir del 1  de enero de 2021, la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en marco de la estructura orgánico funcional, aprobada por Decreto 463/19.</p><p>Art. 2 modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Servicios al Ciudadano.</p><p>Art. 3 modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Atención Ciudadana.</p><p>Art.4 modifica s responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Gestión Comunal.</p><p>Art. 5 modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Competencias Comunales y Talleres.</p><p>Art. 6 modifica s responsabilidades primarias, la denominación y la dependencia funcional de la Dirección General Espacios Verdes y Cementerios.</p><p>Art. 7 modifica las responsabilidades primarias y la denominación de las Direcciones Generales Arbolado y Obras Comunales y Mantenimiento Edilicio.</p><p>Art. 8 modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad.</p><p>Art. 9 modifica as responsabilidades primarias de la Dirección General Gestión de Servicios de Movilidad.</p><p>Art. 10 modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Planificación, Uso y Evaluación, y de la Dirección General Diseño e Implementación.</p><p> </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 45-2021 modifica, a partir del 1° de febrero de 2021, la estructura organizativa de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales del Gobierno de la Ciudad aprobada por el Decreto 463-2019. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 29/21 prorroga el Régimen Modular Extraordinario de Plantas de Gabinete,creado por el Art. 9 del Decreto 463/19, por el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 28/21 modifica, a partir del 1 de enero de 2021, la estructura organizativa del Ministerio de Hacienda y Finanzas, quedando modificado parcialmente el Decreto 463/19 y sus modificatorios.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 23/21 modifica, a partir del 1  de enero de 2021, la estructura organizativa de la Vicejefatura de Gobierno, en marco de la estructura orgánico funcional, aprobada por Decreto 463/19,</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Decreto 413-20 modifica a partir del 1° de diciembre de 2020, la estructura organizativa de la Secretaría de Ambiente del Gobierno de la  Ciudad Autónoma de Buenos Aires quedando parcialmente modificada la estructura aprobada por el Decreto 462-19.</p><p>Art. 2 modifica los objetivos de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la C.A.B.A y las responsabilidades primarias de la Unidad de Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales y de la Unidad de Gestión Estratégica y Transformación.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 278/20 modifica, a partir del 1 de agosto de 2020, la estructura organizativa de la Secretaría Legal y Técnica de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) y II (Responsabilidades primarias, Objetivos y Descripción de acciones), quedando en tal sentido modificado el Decreto 463/19.</p><p>Art. 2 modifica  la denominación y las responsabilidades primarias de la Dirección General Coordinación y Consolidación Normativa.</p><p>Art. 3 modifica la denominación y las responsabilidades primarias de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 3716/MHFGC/23 establece, a partir del 1° de mayo de 2023, en Pesos ochenta y cuatro con 1485/10000 ($ 84,1485), el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 7594-MHFGC/23 establece  a partir del 1° de octubre de 2023, en Pesos ciento cuarenta y cuatro con 8000/10000 ($144,8000), el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete , quedando así modificado el Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 5430-MHFGC/23 establece a partir del 1° de julio de 2023, en Pesos ciento siete con 2593/10000 ($107,2593), el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete, quedando así modificado el Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 365/20 modifica, a partir del 1 de octubre de 2020, la estructura organizativa de la Secretaría de Comunicación, Contenidos y Participación Ciudadana y de la Secretaría de Asuntos Estratégicos , de acuerdo con los Anexos I (Organigrama)y II (Responsabilidades primarias), quedando modificado el Decreto 463/19.</p><p>Art. 2 del Decreto 365/20 modifica la dependencia de las Direcciones Generales Estrategia de Política Gubernamental y Comunicacional y Proyectos Estratégicos y Calidad de Vida las que dependerán de la Secretaría de Comunicación, Contenidos y Participación Ciudadana.</p><p>Art. 3 modifica la dependencia y la denominación de la Dirección General Discurso y Contenidos la que pasará la denominarse Dirección General Planificación y Discurso y dependerá de la Secretaría de Comunicación, Contenidos y Participación Ciudadana.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 362/20 modifica, a partir del 1 de octubre de 2020, la estructura organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad, aprobada  por Decreto 463/19. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 348/20 modifica, a partir del 15 de septiembre de 2020, la estructura organizativa del Ministerio de Hacienda y Finanzas de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) y II que lo integran, quedando modificado parcialmente el Decreto 463/19 y sus modificatorios.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 1173-MHFGC/23 establece a partir del 1° de febrero de 2023, en PESOS SESENTA Y NUEVE con 5808/10000 ($ 69,5808), el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete, quedando así modificado el Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Articulo 1° del Decreto N° 49/23 modifica, a partir del 1° de febrero de 2023, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 280-20 modifica, a partir del 1 de agosto de 2020, la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, quedando modificado en tal sentido el Decreto 463-19 y sus modificatorios.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 199-20 modifica, a partir del 1 de mayo de 2020, la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, quedando modificado en tal sentido el Decreto 463-19 y sus modificatorios.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 198-20 modifica,  a partir del 1° de mayo de 2020, la estructura organizativa del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, modificando el Decreto 463-19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 196-20 modifica, a partir del 1 de mayo de 2020, la estructura organizativa del  Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, quedando modificado en tal sentido el Decreto 463-19.</p><p>Art. 2 modifica  la denominación y las responsabilidades primarias de la Dirección General Administración de Bienes, Relocalización y Gestión Integral de Edificios de Gobierno.</p><p>Art. 3 crea Dirección General Relocalización y Gestión Integral de Edificios de Gobierno, dependiente de la Subsecretaría Administración de Bienes Inmuebles.</p><p>Art. 4 crea la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Parque de la Ciudad como Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita de la Subsecretaría Administración de Bienes Inmuebles, dejándose establecido que su titular tendrá rango, nivel y atribuciones de Director General.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 185-20 modifica, a partir del 1 de marzo de 2020, la estructura organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad, quedando en tal sentido modificado el Decreto 463-19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 130-20 modifica, partir del 1 de febrero de 2020, la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno, quedando en tal sentido modificado el Decreto 463-19 y sus modificatorios.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 164-20 modifica la estructura organizativa del Ministerio de Salud, quedando en tal sentido modificado el Decreto 463-19 y sus modificatorios.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 del Decreto 463/19 aprueba, al 10 de diciembre de 2019, la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en marco de la Ley 6.292. </p>
INTEGRA
<p>Art. 16 del Decreto 463/19 mantiene la vigencia del Decreto  446/17 y sus normas complementarias, reglamentarias y modificatorias.</p>
DEROGA
<p>Art. 15 del Decreto 463/19 deroga el Decreto 43/18.</p>
DEROGA
<p>Art. 14 del Decreto 463/19 deroga el Decreto 363/15 y toda otra norma que se oponga al presente.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 131-20 modifica, a partir del 1 de febrero de 2020, la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, quedando en tal sentido modificado el Decreto 463-19 y sus modificatorios.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 129-20 modifica, a partir del 1 de marzo de 2020, la estructura organizativa de la Secretaría de Ambiente, quedando modificado parcialmente el Decreto 463-19 y sus modificatorios.</p><p>Art. 2 crea la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente de la Secretaría de Ambiente.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolucion 987-MSGC-20 crea, dentro del ámbito del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Centro de Operaciones de Emergencia COE COVID-19 SALUD que funcionará mientras subsista la emergencia sanitaria decretada por el Coronavirus (COVID-19)</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 128-20 modifica, a partir del 1 de febrero de 2020, la estructura organizativa del Ministerio de Educación, quedando en tal sentido modificado el Decreto 463-19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 123-20 modifica, a partir del 1 de febrero de 2020, la estructura organizativa del Ministerio de Salud, modificado parcialmente el Decreto 463/19 y sus modificatorios.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 121-20 modifica, a partir del 1 de febrero de 2020, la estructura organizativa de la Secretaría de Ambiente, quedando modificado parcialmente el Decreto 463/19 y sus modificatorios.</p>
RATIFICADA POR
<p>Art. 3 del Decreto 114/20 ratifica las misiones y funciones de las unidades de auditoria interna establecidas en el Decreto 463/19.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolucion Conjunta 1-MJGGC/20 establece la cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias asignadas a distintas jurisdicciones, de acuerdo al art. 11 del Decreto 463/19.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art.1 de la Resolución 15-SECJS-20, crea la Coordinación de Planificación Estratégica contra Delitos Complejos y Crimen Organizado, en la órbita de la Secretaría de Justicia y Seguridad de este Ministerio de Justicia y Seguridad, estructura aprobada por Decreto 463-19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 111-20 modifica, partir del 1 de febrero de 2020, la estructura organizativa del Ministerio de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto 463/19 y sus modificatorios.</p><p>Art. 2 crea la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Eficiencia de Recursos y Gastos como Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita del Ministerio de Hacienda y Finanzas.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 69-20 modifica, a partir del 1  de enero de 2020, la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, quedando modificado parcialmente el Decreto 463-19 y su modificatorio.</p><p>Art. 2 establece que la Unidad de Gestión de Intervención Social (UGIS) dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat pasará a la órbita del Instituto de Vivienda con su personal, patrimonio y presupuesto.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 12-SECJS-20 crea, en la órbita de la Secretaría de Justicia y Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad, la Coordinación de relaciones con organismos judiciales, en marco de las responsabilidades primarias establecidas en la estructura orgánica funcional dependiente del poder ejecutivo, aprobada por Decreto 463-19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 93-20 modifica, a partir del 1 de febrero de 2020, la estructura organizativa del Ministerio de Cultura, quedando modificado el Decreto 463-19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 92-20 modifica, a partir del 1 de febrero de 2020, la estructura organizativa del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto  463/19 y modificatorios.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 24-SECTOP-20 asigna las responsabilidades primarias del titular responsable del Área Legal y Técnica dentro de la órbita de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros (hasta tanto se apruebe la estructura formal perteneciente a la Secretaría)</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 510-19 modifica, a partir del 1 de enero de 2020, la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, quedando en tal sentido modificado el Decreto 463-19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Articulo 1° del Decreto N° 279/23 modifica , a partir del 1° de octubre, la dependencia funcional del Consejo Social, que actuará en la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° transfiere el personal, patrimonio y presupuesto del Consejo Social del ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 6109-MHFGC/23 establece, a partir del 1° de agosto de 2023, en pesos ciento diecisiete con 3148/10000 ($117,3148), el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete, modificando así al Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 6825-MHFGC/23 establece a partir del 1° de septiembre de 2023 en Pesos ciento treinta y dos con 7334/10000 ($132,7334)), el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete, quedando así modificado el Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 32/23 modifica, a partir del 1 de febrero de 2023, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° crea la Secretaría de Seguridad, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad.</p><p>Artículo 3° modifica la dependencia funcional de las Subsecretarías de Seguridad Comunal e Investigación Criminal, Participación Ciudadana en Seguridad, Seguridad Ciudadana y Orden Público, Prevención y Vinculación Ciudadana en Seguridad, Emergencias y Coordinación de Asuntos Estratégicos, así como de la Jefatura de Policía de la Ciudad, las cuales pasarán a depender de la Secretaría de Seguridad.</p><p>Artículo 4° modifica la dependencia de Jefatura del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, que pasará a depender de la Subsecretaría de Emergencias.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 31/23 modifica, a partir del 1° de febrero de 2023, la estructura orgánico funcional de la Secretaría de Asuntos Estratégicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° crea la Dirección General Integración y la Dirección General Inserción Económica Internacional, dependientes de la Secretaría de Asuntos Estratégicos.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 130/23 modifica, a partir del 20 de abril de 2023, la órbita en la que actúa el Instituto de Gestión Electoral, que funcionará como Organismo Fuera de Nivel en la órbita de la Subsecretaría de Justicia dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° transfiere el personal, patrimonio y presupuesto del Instituto de Gestión Electoral del ámbito del Ministerio de Gobierno al Ministerio de Justicia y Seguridad.</p><p>Artículo 3° suprime la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021, organismo fuera de nivel bajo la órbita de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad.</p><p>Artículo 4° crear la Coordinación de Enlace Electoral, como organismo fuera de nivel bajo la órbita de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad, cuyo titular tendrá rango, nivel y atribuciones de Director General.</p><p>Artículo 5° transfiere el personal, patrimonio y presupuesto de la ex Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021 a la Coordinación de Enlace Electoral.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 117/23 modifica, a partir del 1 de marzo de 2023, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° suprime la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Red Integrada de Cuidados Progresivos para la Salud Mental de la órbita del Ministerio de Salud.</p><p>Artículo 3° crea la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Transformación Digital en Salud y Registro de Historia Clínica Electrónica en la órbita de la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red, y cuyo/a titular tendrá rango, nivel y atribuciones equivalentes a Subsecretario.</p><p>Artículo 4° modifica la dependencia funcional de la Dirección General Sistemas de Información Sanitaria dependiente de la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red, que pasará a depender de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Transformación Digital en Salud y Registro de Historia Clínica Electrónica.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 114/23 transfiere  a la Secretaría de Deportes dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, o el organismo que en el futuro la remplace, la administración del sector conocido como Parque Olímpico sito en Avenida Coronel Roca N° 3980 (Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 58, Manzana: 14 H) del Parque Polideportivo Julio A. Roca.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 248/23 modifica, a partir del 2° de septiembre, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Justicia y Seguridad, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° crea la Secretaría de Administración, Justicia y Soporte Operativo de Seguridad, que dependerá del Ministerio de Justicia y Seguridad.</p><p>Artículo 3° establece que las Subsecretarías de Gestión Administrativa, de Tecnología e Informática, de Capital Humano y de Justicia así como la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependerán de la Secretaría de Administración, Justicia y Soporte Operativo de Seguridad.</p><p>Artículo 4° crea la Dirección General de Soporte Operativo de Seguridad dependiente de la Secretaría de Administración, Justicia y Soporte Operativo de Seguridad. Artículo 5°.- Crear la Subsecretaría de Seguridad en Eventos Deportivos que dependerá de la Secretaría de Seguridad.</p><p>Artículo 6° establece que el Comité del Fútbol dependerá de la Subsecretaría de Seguridad en Eventos Deportivos de la Secretaría de Seguridad.</p><p>Artículo 7° modifica las responsabilidades primarias de la Secretaría de Seguridad y de la Subsecretaría de Emergencias.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 194/23 modifica, a partir del 30 de junio de 2023, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Gobierno, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° crea  la Dirección General Transferencia de Competencias dependiente  de la Subsecretaría de Asuntos Metropolitanos y Transferencias de Competencias del Ministerio de Gobierno.</p><p>Artículo 3° cambia la denominación y responsabilidades primarias de la Dirección General Gestión Metropolitana y Transferencia de Competencias que pasará a denominarse Dirección General Gestión Metropolitana dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Metropolitanos y Transferencias de Competencias del Ministerio de Gobierno.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución N° 8567/MHFGC/23 establece  a partir del 1° de noviembre de 2023, en Pesos ciento sesenta con 2185/10000 ($ 160,2185), el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 191/23 modifica, a partir del 30 de junio de 2023, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat  del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° crea la Coordinación de Desarrollo Humano y Hábitat dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, cuyo titular tendrá rango, nivel y atribuciones de Secretaría, con remuneración bruta mensual equivalente al 96% de la retribución bruta mensual de la “Asignación por cargo” que percibe el Ministro/a de Desarrollo Humano y Hábitat.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 4289-MHFGC/23 establece a partir del 1° de junio de 2023, en Pesos noventa y cinco con 4054/10000 ($95,4054), el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete, quedando así modificado el Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 240/23 modifica, a partir del 31 de agosto de 2023, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, quedando modificado el Decreto N° 463/19</p><p>Artículo 2° suprime la Coordinación de Desarrollo Humano y Hábitat dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° modifica, a partir del 1° de enero de 2023, la estructura organizativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios.</p><p>Artículo 2° crea la Unidad de Asuntos Públicos, cuyo titular tendrá rango, nivel y atribuciones equivalentes a Secretaría, en el ámbito de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p><p>Artículo 3° crea la Subsecretaría Coordinación General de Asuntos Públicos dependiente de la Unidad de Asuntos Públicos.</p><p>Artículo 4° crea la Dirección General Análisis y Relevamiento de Información, y la Dirección General Vinculación Pública, dependientes de la Subsecretaría Coordinación General de Asuntos Públicos de la Unidad de Asuntos Públicos.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 468/22 modifica, a partir del 1° de enero de 2023, la estructura organizativa de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° modifica, a partir del 1° de enero de 2023, la estructura organizativa de la Vicejefatura de Gobierno del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p><p>Artículo 3° crea la Unidad para la Igualdad de Género y Asuntos Institucionales, cuya/o titular tendrá rango, nivel y atribuciones equivalentes a Secretaría, en el ámbito de la Secretaría General y de Relaciones Institucionales.</p><p>Artículo 4° transfiere el personal, patrimonio y presupuesto de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales dependiente de la Secretaría General y Relaciones Internacionales y de la Unidad para la Igualdad de Género a la Unidad para la Igualdad de Género y Asuntos Institucionales.</p><p>Artículo 5° modifica la dependencia funcional de las Direcciones Generales Relaciones con el Tercer Sector y Organismos Públicos y Relaciones con el Sector Privado que pasarán a depender de la Unidad para la Igualdad de Género y Asuntos Institucionales.</p><p>Artículo 6° modifica la dependencia funcional de las Direcciones Generales Gestión Pública para la Igualdad de Género y Articulación Institucional para la Igualdad de Género que pasarán a depender de la Unidad para la Igualdad de Género y Asuntos Institucionales. Artículo 7°.- Modificar el rango de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano dependiente de la Vicejefatura de Gobierno la que pasará a tener rango de Subsecretaría. Artículo 8°.- Modificar la dependencia funcional de la Dirección General Desarrollo Familiar dependiente de la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural, la que pasará a depender de la Subsecretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno.</p><p>Artículo 9° suprime la Subsecretaría de Relaciones Institucionales dependiente de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales.</p><p>Artículo 10 suprime la Unidad para la Igualdad de Género dependiente de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 465/22 modifica, a partir del 1° de enero de 2023, la estructura organizativa de la Secretaría de Asuntos Estratégicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° crea la Unidad de Proyección Federal y Desarrollo Territorial, cuyo/a titular tendrá rango, nivel y atribuciones equivalentes a Secretaría, en el ámbito del Área Jefe de Gobierno</p><p>Artículo 3° modifica la dependencia funcional de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, y de las Subsecretarías y Direcciones Generales que le dependen; de la Subsecretaría de Asuntos Públicos Estratégicos y de las Direcciones Generales que le dependen; de la Subsecretaría de Proyección Estratégica y de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, de la órbita de la Secretaría de Asuntos Estratégicos a la Unidad de Proyección Federal y Desarrollo Territorial.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 181/23 modifica, a partir del 1 de junio de 2023, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Hacienda y Finanzas, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Compras y Contrataciones dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa; de las Direcciones Generales Concursos, Legales y Asuntos Previsionales, Planificación y Control Operativo y Desarrollo del Servicio Civil dependientes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y de la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Hacienda.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 226/23 modifica, a partir del 1 de agosto de 2023, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Educación, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida y de la Dirección General Gestión del Aprendizaje a lo Largo de la Vida, ambas dependientes del Ministerio de Educación.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 458 prorroga el Régimen Modular Extraordinario de Plantas de Gabinete,creado por el artículo 9° del Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 460/22 modifica el artículo 7° del Decreto N 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 6/23 modifica, a partir del 1° de enero de 2023, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p><p>Articulo 2° crea la Dirección General Promoción de Políticas Gastronómicas, dependiente de la Subsecretaría de Políticas Gastronómicas.</p>
INTEGRA
<p>Art. 17 del Decreto 463/19 mantiene la vigencia de los parámetros y procedimientos estipulados en el Decreto 75/17.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 455/22 modifica a partir del 1° de diciembre de 2022, la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Articulo 1° del Decreto N° 347/22 modifica, a partir del 1° de octubre de 2022, la dependencia funcional del Consejo Social, que actuará en la órbita de la Secretaría de Transformación Cultural, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, modificando así el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° establece que el/la titular del Consejo Social, tendrá rango, nivel y atribuciones de Subsecretario.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 6015/MHFGC/22 establece, a partir del 1° de octubre de 2022, el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete, modificando el Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 323/22 modifica, a partir del 1° de septiembre de 2022, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Relocalización y Gestión Integral de Edificios de Gobierno dependiente de la Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° Resolucion N° 5184-MHFGC-22 establece a partir del 1° de septiembre de 2022, en Pesos cuarenta y cinco con 4906/10000 ($ 45,4906), el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete.modificando el Decreto N° 463-19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Articulo 1° del Decreto N° 277/22 modifica, a partir del 15 de agosto de 2022, la dependencia funcional de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, la cual quedará en la órbita de la Secretaría de Asuntos Estratégicos, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p><p>Articulo 2° transfiere el personal, patrimonio y presupuesto de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal del ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros a la Secretaría de Asuntos Estratégicos.</p><p>Articulo 3° crea la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Secretaría de Asuntos Estratégicos.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 4245-MHFGC/22 establece a partir del 1° de agosto de 2022, en Pesos cuarenta y dos con 1293/10000 ($42,1293), el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete, quedando modificado así el Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 228/22 modifica, a partir del 1 de julio de 2022, la estructura organizativa de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales, modificando así el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° establece que el Organismo Fuera de Nivel Unidad de Coordinación del Plan Estratégico pasará a tener rango, nivel y atribuciones de Dirección General.</p><p>Artículo 3° crea el Organismo Fuera de Nivel Unidad de Formación en Estrategias Urbanas y Redes de Ciudades, con rango, nivel y atribuciones de Subsecretaría.</p><p>Artículo 4° suprime la Dirección General Planificación Estratégica y Control de Gestión dependiente del Organismo Fuera de Nivel Unidad de Coordinación del Plan<br />Estratégico.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion N° 3740-MHFGC/22 establece, a partir del 1° de julio de 2022, en Pesos cuarenta con 4487/10000 ($40,4487), el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 220/22 modifica, a partir del 1 de julio de 2022, la órbita en la que actúa el Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información, que funcionará como Organismo Fuera de Nivel en la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros, modificando así el Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 3409/MHFGC/22 establece a partir del 1° de junio de 2022, en Pesos treinta y ocho con 4319/10000 ($38,4319), el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 2281/MHFGC/22 establece a partir del 1° de mayo de 2022, en Pesos treinta y seis con 7513/10000 ($ 36,7513), el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete, quedando modificado el valor establecido por Decreto 463/19</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 173/22 modifica, a partir del 1° de mayo de 2022, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, modificando así al Decreto N° 463/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 170/22 modifica, a partir del 1° de mayo de 2022, la estructura orgánico funcional del Jefatura de Gabinete de Ministros, modificando así al Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° modifica la denominación de la Dirección General Evaluación y Calidad dependiente de la Secretaría de Planificación, Evaluación y Coordinación de Gestión, la que pasará a denominarse Dirección General Monitoreo y Evaluación.</p><p>Artículo 3° modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Obras Comunales dependiente de la Subsecretaría </p>