DECRETO 26 2021
Síntesis:
SE MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - MODIFICA RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - DENOMINACIÓN - ORGANIGRAMA - RÉGIMEN GERENCIAL - GERENCIAS OPERATIVAS - SUBGERENCIAS OPERATIVAS - CONSEJO ASESOR DEL PLAN URBANO AMBIENTAL - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SECRETARÍA - PLANIFICACIÓN EVALUACIÓN Y COORDINACIÓN DE GESTIÓN - TRANSFORMACIÓN CULTURAL - INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL - ATENCIÓN CIUDADANA Y GESTIÓN COMUNAL - DESARROLLO URBANO - TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS - SUBSECRETARÍA - COORDINACIÓN LEGAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA - POLÍTICAS PÚBLICAS BASADAS EN EVIDENCIA - EXPERIENCIA DIGITAL - CIUDAD INTELIGENTE - SERVICIOS AL CIUDADANO - GESTIÓN COMUNAL - REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO - GESTIÓN DE LA MOVILIDAD - PLANIFICACIÓN DE LA MOVILIDAD - OBRAS - DIRECCIÓN GENERAL - ASUNTOS JURÍDICOS Y RECURSOS HUMANOS - COORDINACIÓN DE CONTRATACIONES Y ADMINISTRACIÓN - COORDINACIÓN DE GESTIÓN - EVALUACIÓNDEL GASTO - PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA - EVALUACIÓN Y CALIDAD - CULTURA DEL SERVICIO PÚBLICO - INNOVACIÓN EN TRANSFORMACIÓN CULTURA - EFICIENCIA ADMINISTRATIVA - GESTIÓN DOCUMENTAL - SISTEMAS DE ATENCIÓN CIUDADANA - EXPERIENCIA DIGITAL - CIUDADANÍA DIGITAL - PROYECTOS INTELIGENTE - INNOVACIÓN - ARQUITECTURA DE DATOS - CIENCIAS DE LA INFORMACIÓN - ATENCIÓN CIUDADANA - SERVICIOS DESCONCENTRADOS - DEFENSA Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR - HABILITACIÓNDE CONDUCTORES - COMPETENCIAS COMUNALES Y TALLERES - OBRAS COMUNALES Y MANTENIMIENTO EDILICIO - ESPACIOS VERDES Y CEMENTERIOS - ARBOLADO - PLANEAMIENTOURBANO - PROYECTOS DE ARQUITECTURA - RELACIONES CON LA COMUNIDAD - INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA - REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO - ANTROPOLOGÍA URBANA -I NGENIERÍA Y ARQUITECTURA - INFRAESTRUCTURA URBANA - INFRAESTRUCTURA DEL TRANSPORTE - PLANIFICACIÓN USO Y EVALUACIÓN - DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN - GESTIÓN DESERVICIOS DE MOVILIDAD - CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO - FUERA DE NIVEL - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) - INFRAESTRUCTURA DE LA MOVILIDAD - COMUNAS - CONSEJO DE COORDINACIÓN INTERCOMUNAL - INFRAESTRUCTURA GUBERNAMENTAL - INSTITUTO SUPERIOR DE LA CARRERA - AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN - ASI - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
18/01/2021
Sanción:
14/01/2021
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.292 (Texto consolidado por Ley N° 6347), los Decretos Nros.
684/09, 463/19 y modificatorios, y el Expediente Electrónico N° 27.807.800 GCABA-
DGAJRH /20, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos a la Jefatura de Gabinete de
Ministros;
Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial
para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que por Decreto 130/20 se modificó la estructura orgánico funcional de la Jefatura de
Gabinete de Ministros;
Que resulta necesario efectuar modificaciones a la estructura organizativa de la
Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que, asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al
Régimen Gerencial de la Jefatura de Gabinete de Ministros en sus dos niveles,
Gerencia y Subgerencia Operativa;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modificase, a partir del 1° de enero de 2021, la estructura organizativa de
la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2021-02398172-GCABA-
MJGGC) y II (Responsabilidades primarias, Objetivos y Descripción de acciones) (IF-
2021-02398210-GCABA-MJGGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante
del presente Decreto.
Artículo 2°.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de
Servicios al Ciudadano, dependiente de la Secretaría de Atención Ciudadana y
Gestión Comunal.,
Artículo 3°.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Dirección General
Atención Ciudadana, de la Dirección General Servicios Desconcentrados y de la
Dirección General Defensa y Protección al Consumidor, todas ellas dependientes de la
la Subsecretaría de Servicios al Ciudadano.
Artículo 4°.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de
Gestión Comunal, dependiente de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión
Comunal.
Artículo 5°.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Dirección General
Competencias Comunales y Talleres, dependiente de la Subsecretaría de Gestión
Comunal.
Artículo 6°.- Modifícanse las responsabilidades primarias, la denominación y la
dependencia funcional de la Dirección General Espacios Verdes y Cementerios
dependiente de la Subsecretaría de Gestión Comunal, la que pasará a denominarse
Dirección General Cementerios, y dependerá de la Subsecretaría de Servicios al
Ciudadano.
Artículo 7°.- Modifícanse las responsabilidades primarias y la denominación de las
Direcciones Generales Arbolado y Obras Comunales y Mantenimiento Edilicio ambas
dependientes de la Subsecretaría de Gestión Comunal , las que pasarán a
denominarse Dirección General Espacios Verdes y Arbolado y Dirección General
Obras Comunales, respectivamente.
Artículo 8°.- Modífícanse las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de
Gestión de la Movilidad, de la Subsecretaría Planificación de la Movilidad y de la
Unidad de Proyectos Especiales Infraestructura de la Movilidad, todas dependientes
de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas.
Artículo 9°.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Dirección General
Gestión de Servicios de Movilidad dependiente de la Subsecretaría Gestión de la
Movilidad.
Artículo 10.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Dirección General
Planificación, Uso y Evaluación, y de la Dirección General Diseño e Implementación,
ambas dependientes de la Subsecretaría Planificación de la Movilidad.
Artículo 11 .- La Subsecretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa
dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros deberá informar, en un plazo de
30 días, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de
Hacienda y Finanzas la asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas
gerencias y subgerencias operativas, en virtud de lo establecido en el artículo 1° del
presente Decreto.
Artículo 12 .- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de
dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 13 .- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y
Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 14 .- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil
dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel