DECRETO 458 2022

Síntesis:

PRORROGA - RÉGIMEN MODULAR EXTRAORDINARIO - PLANTAS DE GABINETE - PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2023 - JEFATURA DE GOBIERNO

Publicación:

27/12/2022

Sanción:

22/12/2022

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos N° 463/19

y modificatorios, y 416/21, y el Expediente Electrónico N° 47060441-GCABA-

DGDSCIV/22, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el artículo 9° del precitado Decreto se creó el Régimen Modular Extraordinario

de Plantas de Gabinete por el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2019 y

el 31 de diciembre de 2020;

Que por Decreto N° 416/21 se prorrogó el Régimen Modular Extraordinario de Plantas

de Gabinete por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de

2022;

Que, a los fines de continuar con el cumplimiento de los objetivos y programas de

gobierno, resulta oportuno prorrogar tal Régimen por el plazo de un (1) año;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Prorrogar el Régimen Modular Extraordinario de Plantas de Gabinete,

creado por el artículo 9° del Decreto N° 463/19, por el período comprendido entre el 1°

de enero y el 31 de diciembre de 2023.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura

General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección General Oficina de Gestión

Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento

y demás efectos, remítase al Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Jefatura de

Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 458 prorroga el Régimen Modular Extraordinario de Plantas de Gabinete,creado por el artículo 9° del Decreto N° 463/19.</p>