DISPOSICIÓN 17 2022 DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE DELEGA - GERENCIA OPERATIVA GESTIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS - DIRECIÓN GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - SUSCRIPCIÓN DE CONTRATACIONES DE SERVICIOS BÁSICOS - EMPRESAS GENERADORAS, PRESTADORAS Y DISTRIBUIDORAS - DELEGACIÓN DE FACULTADES
Publicación:
31/03/2022
Sanción:
29/03/2022
Organismo:
DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 6292 (texto consolidado por Ley N° 6347), el Decreto N° 463/19 y
su modificatorio N° 12/22, el Expediente Electrónico 2022-11672608-GCABA-
DGTALMHF y,
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos
el Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que, mediante el Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, entre ellos la del Ministerio de Hacienda y Finanzas la cual se modificó
posteriormente por el Decreto N° 12/22;
Que, dentro de las responsabilidades primarias asignadas a la Dirección General
Técnica Administrativa y Legal del referido Ministerio, se encuentran las de: a)
participar en las negociaciones y contrataciones ante las empresas generadoras,
prestadoras y distribuidoras de servicios básicos, b) intervenir en las gestiones ante los
entes nacionales reguladores de servicios, c) coordinar con la Dirección General
Contaduría las medidas tendientes al análisis de los consumos de los servicios
contratados y, d) planificar y coordinar el Sistema de Gestión y Administración de
Cuentas de los Servicios Básicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que, a su vez, a la Gerencia Operativa Gestión de Servicios Básicos dependiente de
dicha Dirección General se le encomendó entre sus acciones las de: a) asistir en las
negociaciones y contrataciones ante las empresas generadoras, prestadoras y
distribuidoras de servicios básicos, b) asistir en las gestiones ante los entes nacionales
reguladores de servicios, c) ejecutar con las empresas prestadoras de servicios
básicos, el desarrollo, funcionamiento y control de las contraprestaciones contratadas.
Intervenir en los procesos de verificaciones, altas, modificaciones y bajas de los
servicios básicos, f) elaborar y recepcionar propuestas de acciones tendientes a lograr
una mayor eficiencia en el consumo de los servicios básicos esenciales y, g)
instrumentar acciones destinadas al uso racional de la energía y el cuidado del
medioambiente, en el uso de los servicios por parte del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, a los fines de optimizar la gestión en la interacción ante las empresas
prestadoras de servicios básicos, resulta oportuno y funcional delegar en la Gerencia
Operativa Gestión de Servicios Básicos la suscripción de contrataciones de servicios
básicos con las empresas generadoras, prestadoras y distribuidoras de los mismos;
Por ello, y en virtud de sus facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Delégase en la Gerencia Operativa Gestión de Servicios Básicos del
Ministerio de Hacienda y Finanzas la suscripción de contrataciones de servicios
básicos con las empresas generadoras, prestadoras y distribuidoras de los mismos.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a todos los Ministerios y
Secretarías. Cumplido, archívese. Rojas