DECRETO 83 2022

Síntesis:

SE MODIFICAN - ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - SE MODIFICA DENOMINACION - DIRECCIÓN GENERAL INFRAESTRUCTURA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - DIRECCIÓN GENERAL TRABAJO DECENTE Y RELACIONES LABORALES - DIRECCIÓN GENERAL NEGOCIACIONES LABORALES - SUBSECRETARÍA DE TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO - SE CREA - DIRECCIÓN GENERAL RELACIONES INTERJURISDICCIONALES VINCULADAS AL DESARROLLO DE MICRO PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - SUBSECRETARÍA DE MICRO PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN -  SE TRANSFIERE - UNIDAD DE DEPORTES - A LA ÓRBITA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - SECRETARÍA DE DEPORTES

Publicación:

08/03/2022

Sanción:

04/03/2022

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 684/09

y modificatorios, 463/19 y modificatorios, el Expediente Electrónico N° 08998984-

GCABA- DGTALMDEP/22, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Desarrollo

Económico y Producción y a la Vicejefatura de Gobierno;

Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial

para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificaciones se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;

Que por Decreto N° 337/21 se modificó la estructura orgánico funcional del Ministerio

de Desarrollo Económico y Producción;

Que por Decreto N° 22/22 se modificó la estructura orgánico funcional de la

Vicejefatura de Gobierno;

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como reorganización de las estructuras orgánico funcionales;

Que resulta necesario efectuar modificaciones a la estructura organizativa del

Ministerio de Desarrollo Económico y Producción y de la Vicejefatura de Gobierno a

los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico operativo;

Que, asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al

Régimen Gerencial del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción y de la

Vicejefatura de Gobierno en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa;

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 1° de marzo de 2022, la estructura orgánico

funcional del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción de acuerdo con los

Anexos I (Organigrama) (IF-2022-09117819-GCABA-MDEPGC) y II

(Responsabilidades primarias y Objetivos) (IF-2022-09088285-GCABA-MDEPGC), los

que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Modifícase, a partir del 1° de marzo de 2022, la estructura orgánico

funcional de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de

acuerdo con los Anexos III (Organigrama) (IF-2022-09087979-GCABA-SECDCI) y IV

(Responsabilidades primarias y Objetivos) (IF-2022-09088137-GCABA-SECDCI), los

que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 3°.- Transfiérase la Unidad de Deportes con su personal, patrimonio y

presupuesto, del ámbito de la Vicejefatura de Gobierno a la órbita del Ministerio de

Desarrollo Económico, la que pasará a denominarse Secretaría de Deportes.

Artículo 4°.- Créanse la Dirección General Articulación Interjurisdiccional del Deporte y

la Dirección General Alto Rendimiento y Legado, dependientes de la Secretaría de

Deportes.

Artículo 5°.- Modifícase la denominación de la Dirección General Infraestructura

Deportiva, dependiente de la Secretaría de Deportes, la que pasará a denominarse

Dirección General Infraestructura.

Artículo 5°.- Créase la Dirección General Relaciones Interjurisdiccionales vinculadas al

Desarrollo de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, dependiente de la

Subsecretaría de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas del Ministerio de Desarrollo

Económico y Producción.

Artículo 6°.- Modifícanse la denominación y las responsabilidades primarias de la

Dirección General Negociaciones Laborales, dependiente de la Subsecretaría de

Trabajo, Industria y Comercio, la que pasará a denominarse Dirección General Trabajo

Decente y Relaciones Laborales.

Artículo 7°.- La Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de

Desarrollo Económico y Producción y la Dirección General Técnica, Administrativa y

Legal dependiente de la Vicejefatura de Gobierno deberán informar, en un plazo de 30

días, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda

y Finanzas la asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas Gerencias y

Subgerencias Operativas, en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente

Decreto.

Artículo 8°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de

dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 9°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo

Económico y Producción, el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe

de Gabinete de Ministros.

Artículo 10.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de

Haberes, y Desarrollo del Servicio Civil, dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo

Económico y Producción y a la Vicejefatura de Gobierno. Cumplido, archívese.

RODRÍGUEZ LARRETA - Giusti - Miguel p/p - Miguel


ANEXOS

ANEXO I - Organigrama Ministerio de Desarrollo Económico y Producción

ANEXO II - Responsabilidades primarias y Objetivos

ANEXO III - Organigrama Vicejefatura de Gobierno

ANEXO IV - Responsabilidades primarias y Objetivos

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 83/22 modifica, a partir del 1° de marzo de 2022, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, modificando así al Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° modifica, a partir del 1° de marzo de 2022, la estructura orgánico funcional de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p><p>Artículo 3° transfiere la Unidad de Deportes con su personal, patrimonio y presupuesto, del ámbito de la Vicejefatura de Gobierno a la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico, la que pasará a denominarse Secretaría de Deportes.</p><p>Artículo 4° crea la Dirección General Articulación Interjurisdiccional del Deporte y la Dirección General Alto Rendimiento y Legado, dependientes de la Secretaría de Deportes.</p><p>Artículo 5° modifica la denominación de la Dirección General Infraestructura Deportiva, dependiente de la Secretaría de Deportes, la que pasará a denominarse Dirección General Infraestructura.</p><p>Artículo 5° crea la Dirección General Relaciones Interjurisdiccionales vinculadas al Desarrollo de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, dependiente de la Subsecretaría de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción.</p><p>Artículo 6° modifica la denominación y las responsabilidades primarias de la Dirección General Negociaciones Laborales, dependiente de la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio, la que pasará a denominarse Dirección General Trabajo Decente y Relaciones Laborales.</p>