DECRETO 268 2021
Síntesis:
SE MODIFICA - ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - SE CREA - SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INTERJURISDICCIONALES - DIRECCIÓN GENERAL TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS - SE MODIFICA DENOMINACIÓN - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INTERJURISDICCIONALES Y POLÍTICA METROPOLITANA - SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS METROPOLITANOS - DIRECCION GENERAL ASUNTOS INTERJURISDICCIONALES Y TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS - POLÍTICAS Y ESTADÍSTICAS METROPOLITANAS - DIRECCIÓN GENERAL ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL - ARTICULACIÓN CUENCA MATANZA RIACHUELO - MINISTERIO DE GOBIERNO - VIGENCIA ESPECIAL
Publicación:
09/08/2021
Sanción:
06/08/2021
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por la Ley N° 6.347), los Decretos Nros.
684/09 y modificatorios, 463/19 y modificatorios y el Expediente Electrónico N°
23.002.403-GCABA- DGTALGOB/21, y
CONSIDERANDO:
Que la administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por
objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia
de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, reformulando en tal sentido las estructuras orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Gobierno;
Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial
para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que por Decreto N° 86/21 se modificó la estructura correspondiente al Régimen
Gerencial en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa y por el Decreto N°
92/21 se modificó la estructura orgánico funcional del Ministerio de Gobierno;
Que resulta necesario efectuar modificaciones a la estructura organizativa del
Ministerio de Gobierno a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico operativo;
Que, asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al
Régimen Gerencial del Ministerio de Gobierno en sus dos niveles, Gerencia y
Subgerencia Operativa;
Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.-Modificase, a partir del 1° de agosto de 2021, la estructura orgánico
funcional del Ministerio de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de
acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2021-23035286-GCABA-MGOBGC) y II
(Responsabilidades primarias y Objetivos) (IF-2021-23036009-GCABA-MGOBGC), los
que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Créase la Subsecretaría de Asuntos Interjurisdiccionales en la órbita del
Ministerio de Gobierno.
Artículo 3°.- Créase la Dirección General Transferencia de Competencias dependiente
de la Subsecretaría de Asuntos Interjurisdiccionales.
Artículo 4°.- Modifícanse la denominación y las responsabilidades primarias de la
Subsecretaría de Asuntos Interjurisdiccionales y Política Metropolitana, la que se
denominará Subsecretaría de Asuntos Metropolitanos.
Artículo 5°.- Modifícanse la denominación y las responsabilidades primarias de las
Direcciones Generales Asuntos Interjurisdiccionales y Transferencia de Competencias
y Políticas y Estadísticas Metropolitanas, las que se denominarán Dirección General
Articulación Interjurisdiccional y Dirección General Articulación Cuenca Matanza
Riachuelo, respectivamente.
Artículo 6°.- La Dirección Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de
Gobierno deberá informar, en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas la asignación de la dotación
de la Jurisdicción a las distintas gerencias y subgerencias operativas, en virtud de lo
establecido en el artículo 1° del presente Decreto.
Artículo 7°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 8°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Gobierno,
de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 9°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de
Haberes y Desarrollo del Servicio Civil dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Gobierno.
Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Screnci Silva - Mura - Miguel