DECRETO 130 2023

Síntesis:

MODIFICA ÓRBITA - INSTITUTO DE GESTIÓN ELECTORAL - ORGANISMO FUERA DE NIVEL - SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - OBJETIVOS Y DESCRIPCIÓN DE ACCIONES - MINISTERIO DE GOBIERNO - TRANSFIERE PERSONAL - PATRIMONIO Y PRESUPUESTO - SUPRIME UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE - ELECCIONES 2021 - CREA COORDINACIÓN DE ENLACE ELECTORA

Publicación:

21/04/2023

Sanción:

20/04/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 6.292 y 6.031 (textos consolidados por Ley N° 6.588), el

Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 15584901-

GCABA-DGTALGOB /23, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, reformulando en tal sentido las estructuras orgánico funcionales;

Que la Ley N° 6031 creó el Instituto de Gestión Electoral (IGE), como ente autárquico

en el ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con

personería jurídica pública estatal, autarquía financiera e independencia funcional,

conforme a la organización, misión y competencias determinadas en su artículo 4°;

Que el artículo 18 de la Ley N° 6.292 establece que corresponde al Ministro de Justicia

y Seguridad de organizar las estructuras de asistencia técnica y ejecución de Ia

convocatoria electoral, el financiamiento de los partidos políticos y los institutos de Ia

democracia participativa, tanto en el orden de Ia Ciudad como en el de las Comunas

en coordinación con el Ministerio de Gobierno;

Que mediante el Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, hasta el nivel de Dirección General;

Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial

para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 92/21 se estableció que el Instituto de Gestión Electoral, ente

autárquico creado por la Ley N° 6.031 actuará bajo la órbita del Ministerio de Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que de acuerdo a la gestión de gobierno, resulta conveniente modificar la órbita en la

que actúa el Instituto de Gestión Electoral, que funcionará como Organismo Fuera de

Nivel en la órbita de la Subsecretaría de Justicia dependiente del Ministerio de Justicia

y Seguridad, quedando modificada parcialmente la estructura organizativa del

mencionado Ministerio y en consecuencia, del Ministerio de Gobierno;

Que, asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al

Régimen Gerencial del Ministerio de Justicia y Seguridad en sus dos niveles,

Gerencias y Subgerencias Operativas;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar, a partir del 20 de abril de 2023, la órbita en la que actúa el

Instituto de Gestión Electoral, que funcionará como Organismo Fuera de Nivel en la

órbita de la Subsecretaría de Justicia dependiente del Ministerio de Justicia y

Seguridad, conforme lo establecido en los Anexos I (Organigrama) (IF-2023-

15599292-GCABA-MGOBGC), II (Responsabilidades primarias, Objetivos y

Descripción de acciones) (IF-2023-15598675-GCABA-MGOBGC), III (Organigrama)

(IF-2023-15641585-GCABA-MJYSGC) y IV (Responsabilidades primarias, Objetivos y

Descripción de acciones) (IF-2023-15641729-GCABA-MJYSGC), los que a todos sus

efectos forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Transferir el personal, patrimonio y presupuesto del Instituto de Gestión

Electoral del ámbito del Ministerio de Gobierno al Ministerio de Justicia y Seguridad.

Artículo 3°. Suprimir la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021,

organismo fuera de nivel bajo la órbita de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de

Justicia y Seguridad.

Artículo 4°. Crear la Coordinación de Enlace Electoral, como organismo fuera de

nivel bajo la órbita de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y

Seguridad, cuyo titular tendrá rango, nivel y atribuciones de Director General.

Artículo 5°.- Transferir el personal, patrimonio y presupuesto de la ex Unidad de

Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021 a la Coordinación de Enlace Electoral.

Artículo 6°. - La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del

Ministerio de Justicia y Seguridad deberá informar, en un plazo de 30 días, a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y

Finanzas la asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas Gerencias

Operativas, en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto.

Artículo 7°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 8°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Gobierno,

Justicia y Seguridad, y de Hacienda y Finanzas, y por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 9°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y a los

organismos con rango o nivel equivalente, a los entes descentralizados del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Sindicatura General, a la Procuración

General, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Justicia y

Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Macri - Burzaco - Mura -

Miguel


ANEXOS

ANEXO I - Organigrama MINISTERIO DE GOBIERNO

ANEXO II - Responsabilidades primarias, Objetivos y Descripción de acciones

ANEXO III - Organigrama MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

ANEXO IV - Responsabilidades primarias, Objetivos yDescripción de acciones

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 130/23 modifica, a partir del 20 de abril de 2023, la órbita en la que actúa el Instituto de Gestión Electoral, que funcionará como Organismo Fuera de Nivel en la órbita de la Subsecretaría de Justicia dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, quedando modificado el Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° transfiere el personal, patrimonio y presupuesto del Instituto de Gestión Electoral del ámbito del Ministerio de Gobierno al Ministerio de Justicia y Seguridad.</p><p>Artículo 3° suprime la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021, organismo fuera de nivel bajo la órbita de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad.</p><p>Artículo 4° crear la Coordinación de Enlace Electoral, como organismo fuera de nivel bajo la órbita de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad, cuyo titular tendrá rango, nivel y atribuciones de Director General.</p><p>Artículo 5° transfiere el personal, patrimonio y presupuesto de la ex Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021 a la Coordinación de Enlace Electoral.</p>