RESOLUCIÓN 987 2020 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE CREA -  CENTRO DE OPERACIONES DE EMERGENCIA COE COVID-19 SALUD - MINISTERIO DE SALUD - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA 

Publicación:

16/04/2020

Sanción:

15/04/2020

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, los Decretos de

Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 260/PEN/2020, N°

297/PEN/2020 y N° 355/PEN/2020, la Ley N° 6.292, Decreto de Necesidad y Urgencia

N° 1/20, el Decreto N° 147/20,ME-2020-09911443-GCABA- DGHOSP el Expediente

Electrónico N° 11520985-GCBA-DGLTMSGC-2020 , y

CONSIDERANDO:

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el Coronavirus

(COVID-19) se está propagando aceleradamente a nivel mundial y, a razón de ello, lo

ha catalogado como una pandemia;

Que se han adoptado diferentes medidas de prevención y control con el objeto de

atender la situación epidemiológica y reducir el riesgo de propagación del contagio en

la población;

Que por el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 260/20, el Poder Ejecutivo

de la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley

Nacional N° 27.541, por el plazo de Un (1) año a partir de la entrada en vigencia de

dicho decreto;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de Junio de 2020 a

los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo

de propagación del contagio en la población del Coronavirus (COVID-19);

Que posteriormente, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 del Poder

Ejecutivo de la Nación estableció para todo el territorio nacional, la medida de

"Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y la prohibición de desplazarse por rutas,

vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el contagio del virus

Coronavirus (COVID-19) siendo prorrogada tal medida por el Decreto Nacional de

Necesidad y Urgencia N° 355/20, hasta el 26 de abril de 2020 inclusive;

Que en ese sentido, el Decreto N° 147/20, estableció que el Ministerio de Salud de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y todos los organismos bajo su órbita, son áreas

de máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia

Coronavirus (COVID-19) y se facultó a las autoridades superiores con rango no inferior

a Director General a Establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la

situación epidemiológica actual, asegurando la prestación de los servicios;

Que atento a la necesidad de intervenir ante la propagación del Coronavirus (COVID-

19), con fecha 18 de marzo del corriente la Dirección General de Hospitales comunicó

una serie de directivas de emergencia mediante el Memorandum ME-2020-09911443-

GCABA-DGHOSP, las cuales se adoptaron ad referéndum de la creación

administrativa del Centro de Operaciones de Emergencias (COE COVID-19 SALUD);

Que el manejo de la actual situación de emergencia sanitaria requiere concentrar de

manera constante el flujo de información de los efectores de salud, así como también

la vigilancia epidemiológica;

Que el Centro de Operaciones de Emergencia COVID-19 SALUD se encuentra

funcionando desde el 4 de marzo del corriente año y tiene por objeto la coordinación y

control de actividades en respuesta relacionada a la contingencia Sanitaria y Situación

Epidemiológica;

Que atento los antecedentes reseñados, resulta necesaria la creación del Centro de

Operaciones de Emergencias (COE COVID-19 SALUD) que tiene entre sus objetivos

la preparación, mitigación respuesta y recuperación de la emergencia;

Que asimismo el Centro de Operaciones de Emergencias (COE COVID-19 SALUD)

tiene entre sus funciones la recolección, análisis, y monitoreo de información de la

situación, permitiendo la toma de decisiones efectivas e implementación de acciones

en la red integrada del sistema;

Que el Centro mencionado ut-supra cuenta con una Sala de Situación permitiendo

visualizar la Capacidad de Respuesta y Gestionar la Emergencia conformando un

Tablero de Comando en el Centro Operativo de Emergencias COVID-19 Salud;

Que la Ley N° 6.292 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Jefe de

Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las

facultades y responsabilidades que le confiere dicha ley;

Que corresponde al Ministerio de Salud asistir al Jefe de Gobierno en el diseño,

planificación, ejecución y control de las políticas, planes y programas de promoción,

prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de la población, en el marco del

Sistema Único e Integrado de Salud.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6.292,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°. Créase, dentro del ámbito del Ministerio de Salud del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Centro de Operaciones de Emergencia "COE

COVID-19 SALUD" que funcionará mientras subsista la emergencia sanitaria

decretada por el Coronavirus (COVID-19).

Artículo 2°. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria, a la Subsecretaría de

Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, a la Subsecretaría de Administración

del Sistema de Salud, a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red y

a la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud. Cumplido, archívese.

González Bernaldo de Quirós

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolucion 987-MSGC-20 crea, dentro del ámbito del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Centro de Operaciones de Emergencia COE COVID-19 SALUD que funcionará mientras subsista la emergencia sanitaria decretada por el Coronavirus (COVID-19)</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolucion 987-MSGC-20 crea, dentro del ámbito del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Centro de Operaciones de Emergencia COE COVID-19 SALUD que funcionará mientras subsista la emergencia sanitaria decretada por el Coronavirus (COVID-19). declarada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 1-20 y el Decreto 147-20. </p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolucion 987-MSGC-20 crea, dentro del ámbito del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Centro de Operaciones de Emergencia COE COVID-19 SALUD que funcionará mientras subsista la emergencia sanitaria decretada por el Coronavirus (COVID-19). declarada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 1-20 y el Decreto 147-20. </p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 998-MS-20 aprueba el Programa de Teleconsulta que la integra como Anexo I, para su funcionamiento en el marco del Centro de Operaciones de Emergencia COE COVID-19 SALUD, creado por Resolución 987-MS/20.</p>