DECRETO 194 2023
Síntesis:
MODIFICA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - MINISTERIO DE GOBIERNO - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - OBJETIVOS - DESCRIPCIÓN DE ACCIONES - CREA- DIRECCIÓN GENERAL TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS - SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS METROPOLITANOS Y TRANSFERENCIAS DE COMPETENCIAS - MINISTERIO DE GOBIERNO - CAMBIA DENOMINACION - DIRECCIÓN GENERAL GESTIÓN METROPOLITANA Y TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS - PASARA A LLAMARSE - DIRECCIÓN GENERAL GESTIÓN METROPOLITANA
Publicación:
04/07/2023
Sanción:
30/06/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.292 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros.
684/09 y modificatorios, y 463/19 y modificatorios, y el Expediente Electrónico N°
24847746-GCABA- DGTALGOB/23, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como reorganización de las estructuras orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Gobierno;
Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial
para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que por el Decreto N° 130/23 se modificó la estructura orgánico funcional del
Ministerio de Gobierno;
Que de acuerdo a la gestión de gobierno, resulta conveniente crear la Dirección
General Transferencia de Competencias y modificar la denominación y
responsabilidades primarias de la Dirección General Gestión Metropolitana y
Transferencia de Competencias, que pasará a denominarse Dirección General Gestión
Metropolitana, quedando modificada parcialmente la estructura organizativa del
Ministerio de Gobierno;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modificar, a partir del 30 de junio de 2023, la estructura orgánico funcional
del Ministerio de Gobierno de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2023-
24950689-GCABA-MGOBGC) y II (Responsabilidades primarias, Objetivos y
Descripción de acciones) (IF-2023-24951815-GCABA-MGOBGC), los que a todos sus
efectos forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Crear la Dirección General Transferencia de Competencias dependiente
de la Subsecretaría de Asuntos Metropolitanos y Transferencias de Competencias del
Ministerio de Gobierno.
Artículo 3°.- Cambiar la denominación y responsabilidades primarias de la Dirección
General Gestión Metropolitana y Transferencia de Competencias que pasará a
denominarse Dirección General Gestión Metropolitana dependiente de la
Subsecretaría de Asuntos Metropolitanos y Transferencias de Competencias del
Ministerio de Gobierno.
Artículo 4°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de
Gobierno deberá informar, en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas la asignación de la dotación
de la Jurisdicción a las distintas gerencias y subgerencias operativas, en virtud de lo
establecido en el artículo 1° del presente Decreto.
Artículo 5°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno, por
el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de
Haberes, y Desarrollo del Servicio Civil todas dependientes del Ministerio de Hacienda
y Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General
Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Macri - Mura - Miguel