DECRETO 277 2022
Síntesis:
SE MODIFICA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - DEPENDENCIA FUNCIONAL - SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y GESTIÓN COMUNAL- ÓRBITA DE LA SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - OBJETIVOS - DESCRIPCIÓN DE ACCIONES - SE TRANSFIERE - PERSONAL PATRIMONIO Y PRESUPUESTO - DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS A SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS - SE CREA - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL
Publicación:
16/08/2022
Sanción:
11/08/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.292 (Texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros.
684/09 y modificatorios, 463/19 y modificatorios y 7/22 y 220/22 y el Expediente
Electrónico N° 28525882- -GCABA-SECAE/22, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como reorganización de las estructuras orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre las Secretarías del Poder Ejecutivo
a la Secretaría de Asuntos Estratégicos;
Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial
para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que por el Decreto N° 7/22 se modificó la estructura orgánico funcional de la
Secretaría de Asuntos Estratégicos;
Que por el Decreto N° 220/22 se modificó la estructura orgánico funcional de la
Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que de acuerdo a la gestión de gobierno, resulta conveniente transferir la dependencia
de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, con todo su personal,
patrimonio, presupuesto y responsabilidades primarias a la Secretaría de Asuntos
Estratégicos, quedando modificada parcialmente la estructura organizativa de la
Secretaría de Asuntos Estratégicos y de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 15 de agosto de 2022, la dependencia funcional de
la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, la cual quedará en la órbita
de la Secretaría de Asuntos Estratégicos, de acuerdo a lo establecido en los Anexos I
(Organigrama) (IF-2022-28697024-GCABA-SECAE), II (Responsabilidades primarias y
Descripción de acciones) (IF-2022-28697342-GCABA-SECAE), III (Organigrama) (IF-
2022-28722693-GCABA-MJGGC) y IV (Responsabilidades primarias y Descripción de
acciones) (IF-2022-28722782-GCABA-MJGGC), los que a todos sus efectos forman
parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Transfiérase el personal, patrimonio y presupuesto de la Secretaría de
Atención Ciudadana y Gestión Comunal del ámbito de la Jefatura de Gabinete de
Ministros a la Secretaría de Asuntos Estratégicos.
Artículo 3°.- Créase la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente
de la Secretaría de Asuntos Estratégicos.
Artículo 4°.- La Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de
Hacienda y Finanzas arbitrará las medidas pertinentes para que lo dispuesto en el
presente Decreto no implique un menoscabo salarial sobre los conceptos normales y
habituales para los agentes de Planta Permanente y Transitoria involucrados.
Artículo 5°.- Establécese que las erogaciones correspondientes a la Secretaría de
Atención Ciudadana y Gestión Comunal, y a las jurisdicciones bajo su órbita, vigentes
al 15 de agosto del corriente año, son atendidas, en caso de corresponder, con cargo
a sus créditos presupuestarios de origen, en caso de corresponder, siendo las
mismas, responsables de su administración hasta el cierre del presente ejercicio
Artículo 6°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y
Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de
Haberes, y Desarrollo del Servicio Civil dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Asuntos
Estratégicos y a la Subsecretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa de
la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -
Mura - Miguel