DECRETO 138 2021
Síntesis:
SE MODIFICA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS Y OBJETIVOS - DIRECCIÓN GENERAL DEFENSA Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL - DIRECCIÓN GENERAL COMPETENCIAS COMUNALES Y TALLERES - SUBSECRETARÍA DE REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN URBANA - INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA - CONSEJO ASESOR DEL PLAN URBANO AMBIENTAL - PLANIFICACIÓN - SECRETARIAS - EVALUACIÓN Y COORDINACIÓN DE GESTIÓN - INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL - TRANSFORMACIÓN CULTURAL - DESARROLLO URBANO - TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS - SUBSECRETARIAS - GESTIÓN URBANA - COORDINACIÓN LEGAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA - POLÍTICAS PÚBLICAS BASADAS EN EVIDENCIA - EXPERIENCIA DIGITAL - CIUDAD INTELIGENTE - SERVICIOS AL CIUDADANO - GESTIÓN DE LA MOVILIDAD - PLANIFICACIÓN DE LA MOVILIDAD - OBRAS - ASUNTOS JURÍDICOS Y RECURSOS HUMANOS - COORDINACIÓN DE CONTRATACIONES Y ADMINISTRACIÓN - EVALUACIÓN DEL GASTO - EVALUACIÓN Y CALIDAD - CULTURA DEL SERVICIO PÚBLICO - EFICIENCIA ADMINISTRATIVA - SISTEMAS DE ATENCIÓN CIUDADANA - EXPERIENCIA DIGITAL - PROYECTOS INTELIGENTES - ARQUITECTURA DE DATOS - CIENCIAS DE LA INFORMACIÓN - DESCONCENTRADOS - HABILITACIÓN DE CONDUCTORES - COMPETENCIAS COMUNALES Y TALLERES - ESPACIOS VERDES Y ARBOLADO - RELACIONES CON LA COMUNIDAD -PROYECTOS DE ARQUITECTURA - PLANEAMIENTO URBANO - GESTIÓN DE SERVICIOS DE MOVILIDAD - CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO - FUERA DE NIVEL - AUTOPISTAS URBANAS S.A. - SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES S.E. - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES INFRAESTRUCTURA DE LA MOVILIDAD - ROYECTOS ESPECIALES - UPE - INFRAESTRUCTURA GUBERNAMENTAL - COORDINACIÓN INTERCOMUNAL - AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN - ASI - INSTITUTO SUPERIOR DE LA CARRERA - SE MODIFICA - DECRETO 463-19 - VIGENCIA ESPECIAL
Publicación:
26/04/2021
Sanción:
22/04/2021
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.292 (Texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros.
684/09 y modificatorios, 463/19 y modificatorios, y el Expediente Electrónico N°
11778098-GCABA-DGAJRH/ 21, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos a la Jefatura de Gabinete de
Ministros;
Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial
para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificaciones se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que por Decreto 26/21 se modificó la estructura orgánico funcional de la Jefatura de
Gabinete de Ministros;
Que resulta necesario efectuar modificaciones a la estructura organizativa de la
Jefatura de Gabinete de Ministros a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico
operativo;
Que, asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al
Régimen Gerencial de la Jefatura de Gabinete de Ministros en sus dos niveles,
Gerencia y Subgerencia Operativa;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modificase, a partir del 1° de abril de 2021, la estructura organizativa de la
Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2021-11826826-GCABA-
MJGGC) y II (Responsabilidades primarias, Objetivos y Descripción de acciones) (IF-
2021-11826888-GCABA-MJGGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante
del presente Decreto.
Artículo 2°.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Dirección General
Defensa y Protección al Consumidor.
Artículo 3°.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de
Gestión Comunal y de la Dirección General Competencias Comunales y Talleres.
Artículo 4°.- Modifícanse la denominación y las responsabilidades primarias de la
Subsecretaría de Registros, Interpretación y Catastro, la cual pasará a denominarse
Subsecretaría de Gestión Urbana.
Artículo 5°.- Modifícanse las responsabilidades primarias de las Direcciones Generales
Interpretación Urbanística y Registro de Obras y Catastro.
Artículo 6°.- La Subsecretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa
dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros deberá informar, en un plazo de
30 días, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de
Hacienda y Finanzas la asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas
gerencias y subgerencias operativas, en virtud de lo establecido en el artículo 1° del
presente Decreto.
Artículo 7°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de
dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 8°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y
Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 9°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil
dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel