DECRETO 18 2022

Síntesis:

SE MODIFICA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - ORGANIGRAMA - OBJETIVOS - DESCRIPCIÓN DE ACCIONES - DENOMINACION - SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y VINCULACIÓN CIUDADANA EN SEGURIDAD - DIRECCIÓN GENERAL COORDINACIÓN OPERATIVA DEL CUERPO DE AGENTES DE PREVENCIÓN - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - SUBSECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN SEGURIDAD - SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD COMUNAL E INVESTIGACIÓN CRIMINAL - DIRECCIÓN GENERAL SEGURIDAD COMUNAL E INVESTIGACIÓN CRIMINAL - SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PÚBLICO - SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PÚBLICO - SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PÚBLICO - DIRECCIÓN GENERAL ORDEN PÚBLICO Y COORDINACIÓN DE AGENTES - SE SUPRIME - SUBSECRETARÍA DE CONVIVENCIA Y ORDEN PÚBLICO

Publicación:

12/01/2022

Sanción:

11/01/2022

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por la Ley N° 6.347), los Decretos Nros.

684/09 y modificatorios, 463/19 y modificatorios, y 271/21, el Expediente Electrónico

N° 2313467-GCABA- DGTALMJYS/22, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras

orgánico funcionales;

Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Justicia y

Seguridad;

Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial

para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;

Que por Decreto N° 271/21 se modificó la estructura orgánico funcional del Ministerio

de Justicia y Seguridad;

Que resulta necesario efectuar modificaciones a la estructura organizativa del

Ministerio de Justicia y Seguridad a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico

operativo;

Que, asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al

Régimen Gerencial del Ministerio de Justicia y Seguridad en sus dos niveles, Gerencia

y Subgerencia Operativa;

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 1° de enero de 2022, la estructura organizativa del

Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo

con los Anexos I (Organigrama) (IF-2022-03192558-GCABA-MJYSGC) y II

(Responsabilidades primarias, Objetivos y Descripción de acciones) (IF-2022-

03192979-GCABA-MJYSGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante del

presente Decreto.

Artículo 2°.- Modíficanse la denominación y las responsabilidades primarias de la

Subsecretaría de Promoción, Prevención y Asistencia Ciudadana al Turista, la que

pasará a denominarse Subsecretaría de Prevención y Vinculación Ciudadana en

Seguridad.

Artículo 3°.- Establécese que las Direcciones Generales Articulación Comunal y

Participación Ciudadana en Comisarías, y Prevención del Delito y Experiencia

Ciudadana de Seguridad dependerán de la Subsecretaría de Prevención y Vinculación

Ciudadana en Seguridad.

Artículo 4°.- Modíficanse las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de

Participación Ciudadana en Seguridad.

Artículo 5°.- Modíficanse la denominación y las responsabilidades primarias de la

Dirección General Contención Primaria de la Ciudadanía ante Delitos, la que pasará a

denominarse Dirección General Coordinación Operativa del Cuerpo de Agentes de

Prevención.

Artículo 6°.- Modíficanse las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de

Seguridad Comunal e Investigación Criminal y de la Dirección General Seguridad

Comunal e Investigación Criminal.

Artículo 7°.- Modíficanse la denominación y las responsabilidades primarias de la

Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, la que pasará a denominarse Seguridad

Ciudadana y Orden Público.

Artículo 8°.- Modíficanse las responsabilidades primarias de la Dirección General

Coordinación Operativa, la que pasará a depender de la Subsecretaría de Seguridad

Ciudadana y Orden Público.

Artículo 9°.- Modíficanse las responsabilidades primarias de la Dirección General

Orden Público y Coordinación de Agentes, que pasará a depender de la Subsecretaría

de Seguridad Ciudadana y Orden Público.

Artículo 10.- Suprímese la Subsecretaría de Convivencia y Orden Público.

Artículo 11.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del

Ministerio de Justicia y Seguridad deberá informar, en un plazo de 30 días, a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y

Finanzas la asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas gerencias y

subgerencias operativas, en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente

Decreto.

Artículo 12.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de

dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 13.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y

Seguridad, por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de

Gabinete de Ministros.

Artículo 14.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de

Haberes y Desarrollo del Servicio Civil dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Justicia y

Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - D´Alessandro - Mura -

Miguel


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 18/22 modifica, a partir del 1° de enero de 2022, la estructura organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad, modificando así al Decreto N° 463/19.</p><p>Artículo 2° modífica la denominación y las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Promoción, Prevención y Asistencia Ciudadana al Turista, la que pasará a denominarse Subsecretaría de Prevención y Vinculación Ciudadana en Seguridad.</p><p>Artículo 4° modífica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Participación Ciudadana en Seguridad.</p><p>Artículo 5° modifica la denominación y las responsabilidades primarias de la Dirección General Contención Primaria de la Ciudadanía ante Delitos, la que pasará a denominarse Dirección General Coordinación Operativa del Cuerpo de Agentes de Prevención.</p><p>Artículo 6° modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Seguridad Comunal e Investigación Criminal y de la Dirección General Seguridad Comunal e Investigación Criminal.</p><p>Artículo 7° modífica la denominación y las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, la que pasará a denominarse Seguridad Ciudadana y Orden Público.</p><p>Artículo 8° modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Coordinación Operativa, la que pasará a depender de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana y Orden Público.</p><p>Artículo 9° modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Orden Público y Coordinación de Agentes, que pasará a depender de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana y Orden Público.</p><p>Artículo 10 suprime la Subsecretaría de Convivencia y Orden Público</p>