DECRETO 10 2022
Síntesis:
SE MODIFICA - ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - OBJETIVOS - SE SUPRIME - DIRECCIÓN GENERAL ESCUELAS NORMALES SUPERIORES Y ARTÍSTICAS - SUBSECRETARÍA COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA - SE CREA - DIRECCIÓN GENERAL COORDINACIÓN DEL SISTEMA INTEGRAL DE PRÁCTICAS - SE MODIFICA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - SUBSECRETARÍA COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA - SUBSECRETARÍA AGENCIA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA - DIRECCION GENERAL PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCION GENERAL EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA - DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS
Publicación:
07/01/2022
Sanción:
06/01/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 684/09
y modificatorios, 463/19 y modificatorios, el Expediente Electrónico N° 00798562-
GCABA- MEDGC/22, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como reorganización de las estructuras orgánico funcionales;
Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Educación;
Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial
para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificaciones se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que por Decreto 128/20 se modificó la estructura orgánico funcional del Ministerio de
Educación;
Que resulta necesario efectuar modificaciones a la estructura organizativa del
Ministerio de Educación a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico operativo;
Que, asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al
Régimen Gerencial del Ministerio de Educación en sus dos niveles, Gerencia y
Subgerencia Operativa;
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 10 de diciembre de 2021, la estructura orgánico
funcional del Ministerio de Educación de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-
2022-00825961-GCABA-MEDGC) y II (Responsabilidades primarias y Objetivos) (IF-
2022-00825977-GCABA-MEDGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante
del presente Decreto.
Artículo 2°.- Suprímase la Dirección General Escuelas Normales Superiores y
Artísticas dependiente de la Subsecretaría Coordinación Pedagógica y Equidad
Educativa.
Artículo 3°.- Créase la Dirección General Coordinación del Sistema Integral de
Prácticas dependiente del Ministerio de Educación.
Artículo 4°.- Modificánse las responsabilidades primarias de las Subsecretarías
Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y Agencia de Aprendizaje a lo Largo de
la Vida, y de las Direcciones Generales Planeamiento Educativo y Educación de
Gestión Privada, todas ellas dependientes del Ministerio de Educación.
Artículo 5°.- Modificánse las responsabilidades primarias de la Dirección General
Administración de Recursos dependiente de la Subsecretaría de Gestión Económico
Financiera y Administración de Recursos.
Artículo 6°.- La Dirección General Coordinación Legal e Institucional dependiente del
Ministerio de Educación deberá informar, en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría
de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas la asignación
de la dotación de la Jurisdicción a las distintas gerencias y subgerencias operativas,
en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto.
Artículo 7°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de
dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 8°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación, el
señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 9°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de
Haberes, y Desarrollo del Servicio Civil dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Educación.
Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Mura - Miguel