DECRETO 248 2023
Síntesis:
MODIFICA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - ORGANIGRAMA - OBJETIVOS - DESCRIPCIÓN DE ACCIONES - CREA - SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN JUSTICIA Y SOPORTE OPERATIVO DE SEGURIDAD - DIRECCIÓN GENERAL DE SOPORTE OPERATIVO DE SEGURIDAD - SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD EN EVENTOS DEPORTIVOS - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - SECRETARÍA DE SEGURIDAD - SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIAS
Publicación:
14/09/2023
Sanción:
12/09/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros. 684/09
y sus modificatorios, 463/19 y sus modificatorios, y 130/23, el Expediente Electrónico
N 33159320-GCABA- DGTALMJYS /23, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como reorganización de las estructuras orgánico funcionales;
Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Justicia y
Seguridad;
Que por el Decreto N° 684/09, y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial
para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 463/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que por Decreto N° 130/23 se modificó la estructura orgánico funcional del Ministerio
de Justicia y Seguridad;
Que, en virtud de la experiencia de la gestión de gobierno, resulta necesario efectuar
modificaciones a la estructura organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad a los
fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico operativo;
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modificar, a partir del 2° de septiembre de 2023, la estructura orgánico
funcional del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2023-34133704-
GCABA-MJYSGC) y II (Responsabilidades primarias, Objetivos y Descripción de
Acciones) (IF-2023-34133880-GCABA-MJYSGC), los que a todos sus efectos forman
parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°. Crear la Secretaría de Administración, Justicia y Soporte Operativo de
Seguridad, que dependerá del Ministerio de Justicia y Seguridad.
Artículo 3°.- Establecer que las Subsecretarías de Gestión Administrativa, de
Tecnología e Informática, de Capital Humano y de Justicia así como la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal dependerán de la Secretaría de
Administración, Justicia y Soporte Operativo de Seguridad.
Artículo 4°.- Crear la Dirección General de Soporte Operativo de Seguridad
dependiente de la Secretaría de Administración, Justicia y Soporte Operativo de
Seguridad.
Artículo 5°.- Crear la Subsecretaría de Seguridad en Eventos Deportivos que
dependerá de la Secretaría de Seguridad.
Artículo 6°.- Establecer que el Comité del Fútbol dependerá de la Subsecretaría de
Seguridad en Eventos Deportivos de la Secretaría de Seguridad.
Artículo 7°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Secretaría de Seguridad y
de la Subsecretaría de Emergencias .
Artículo 8°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Secretaría de
Administración, Justicia y Soporte Operativo de Seguridad del Ministerio de Justicia y
Seguridad deberá informar, en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas la asignación de la dotación
de la Jurisdicción a las distintas gerencias y subgerencias operativas, en virtud de lo
establecido en el artículo 1° del presente Decreto.
Artículo 9°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de
dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 10.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y
Seguridad, por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de
Gabinete de Ministros
Artículo 11.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de
Haberes, y Desarrollo del Servicio Civil, dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Justicia y
Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Coria - Mura - Miguel