DECRETO 26 2025
Síntesis:
SUPRIME ORGANISMOS - ENTES DESCENTRALIZADOS - UNIDAD DE COORDINACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO - SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE - AUTÓDROMO DE LA CABA - SECRETARÍA DE DEPORTES - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - UNIDAD DE ENLACE DEL CONSEJO DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DEL DELITO - LEY 1689 - COORDINACIÓN DEL PROCOM - MINISTERIO DE SEGURIDAD - URBANIZACIÓN BARRIO PADRE CARLOS MUGICA - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT - PARQUE DE LA INNOVACIÓN - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - INSTITUTO DE FORMACIÓN POLÍTICA Y GESTIÓN PÚBLICA - UNIDAD DE ASUNTOS POLÍTICOS
Publicación:
16/01/2025
Sanción:
15/01/2025
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764), el Decreto 387/23 y
modificatorios, y el Expediente 3660268 -GCABA-MJGGC/25, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene como objetivo principal mejorar la eficiencia y eficacia en la gestión pública
mediante la optimización de sus estructuras organizativas;
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires contemplando a los Ministerios y Secretarías dependientes
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a través del Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura
organizativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de
Dirección General;
Que mediante el citado Decreto 387/23 y modificatorios se contempló a la Unidad de
Proyectos Especiales Competencias Sanitarias Jurisdiccionales, bajo la órbita del
Ministerio de Salud;
Que asimismo, se contempló a la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico bajo la
órbita de la Secretaría de Asuntos Estratégicos, a la Unidad de Proyectos Especiales
(UPE) Autódromo de la CABA bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a
la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Parque de la Innovación, dependiente del
Ministerio de Desarrollo Económico y a la Unidad de Enlace del Consejo de Seguridad
y Prevención del Delito bajo la órbita del Ministerio de Seguridad;
Que de la misma manera se creó a la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)
Urbanización Barrio Padre Carlos Mugica bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo
Humano y Hábitat; y a la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Instituto de
Formación Política y Gestión Pública, bajo la órbita de la Unidad de Asuntos Políticos;
Que la estructura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha ido
conformándose, a través de los años, para dar respuesta a las diversas necesidades
surgidas de la gestión, creándose diversas unidades de gestión para dar respuesta a
problemáticas puntuales;
Que a través de un cuidadoso análisis de su composición se evidencia que presenta
áreas con duplicación de funciones y un nivel de complejidad burocrática que dificulta
la gestión eficaz de los recursos públicos;
Que en este sentido se propicia la disolución de los organismos referidos, lo que
constituye una medida necesaria para alcanzar la eficiencia y la eficacia en una
reorganización administrativa óptima;
Que ello no sólo permite racionalizar la estructura administrativa sino que, asimismo,
evita la duplicación de funciones, lo cual trae aparejada la correcta asignación de los
recursos públicos y, por ende, una mejor capacidad de respuesta a las necesidades de
la ciudadanía;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Suprimir los organismos y entes descentralizados mencionados en el
Anexo I (IF-2025-03662675-GCABA-MHFGC) el que a todos sus efectos forma parte
del presente Decreto, quedando modificado parcialmente el Decreto 387/23.
Artículo 2°.- La Dirección General Técnica Administrativa y Legal o el organismo
equivalente de los organismos identificados en el Anexo I del presente, en un plazo de
treinta (30) días, deberán notificar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas la nueva asignación de la dotación.
Artículo 3°.- La Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto,
dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, arbitrará los medios para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas,
y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a
las áreas pertinentes, y para su conocimiento y demás efectos remitir a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y
Finanzas. Cumplido, archivar. MACRI - Arengo Piragine - Sánchez Zinny
ANEXOS
Organismo u Ente | Área dependencia | Repartición quereabsorbe competencias |
Unidad de Coordinación del Plan Estratégico | Secretaría de Asuntos Estratégicos | Secretaría de Asuntos Estratégicos |
Unidad deProyectos Especiales (UPE) Autódromo de la CABA | Secretaría de Deportes de la Jefatura de Gabinete de Ministros | Secretaría de Deportes |
Unidad deEnlace del Consejo de Seguridad y Prevención del Delito - Ley 1.689- y Coordinación del PROCOM | Ministerio deSeguridad | Ministerio deSeguridad |
Unidad de Proyectos Especiales (UPE)Urbanización Barrio Padre Carlos Mugica | Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat | Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat |
Unidad deProyectos Especiales Competencias SanitariasJurisdiccionales | Ministerio deSalud | Ministerio deSalud |
Unidad deProyectos Especiales (UPE) Parque de la Innovación | Ministerio de Desarrollo Económico | Ministerio de Desarrollo Económico |
Unidad deProyectos Especiales (UPE)Instituto de Formación Política y Gestión Pública | Unidad de Asuntos Políticos | Instituto Superior de la Carrera |