DECRETO 51 2025

Síntesis:

MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - OBJETIVOS Y ACCIONES - MINISTERIO DE SEGURIDAD - SEGURIDAD - OFICINA DE TRANSPARENCIA Y CONTROL EXTERNO DE LA POLICIA DE LA CIUDAD - LEY 5688 - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SUBSECRETARÍA - RELACIONES CON LA COMUNIDAD Y ATENCIÓN A LA VÍCTIMA - SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PÚBLICO - EMERGENCIAS - GESTIÓN ADMINISTRATIVA - CAPITAL HUMANO - INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICA CRIMINAL - TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA - DIRECCIÓN GENERAL - COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES - TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL - COORDINACIÓN DE OBJETIVOS SENSIBLES Y MATERIALES CONTROLADOS - ESTADÍSTICA CRIMINAL Y MAPA DEL DELITO - SEGURIDAD COMUNAL E INVESTIGACIÓN CRIMINAL - PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE RECURSOS - SEGURIDAD CIUDADANA Y ASISTENCIA AL TURISTA -ARTICULACIÓN COMUNAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN COMISARÍAS - POLÍTICAS DE GÉNERO EN SEGURIDAD - COORDINACIÓN OPERATIVA DEL CUERPO DE AGENTES DE PREVENCIÓN - ALCAIDÍAS - SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES - COORDINACIÓN OPERATIVA - ORDEN PÚBLICO - EVENTOS PÚBLICOS - LOGÍSTICA - GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS - PLANEAMIENTO DE EMERGENCIAS Y COORDINACIÓN DE BOMBEROS -DEFENSA CIVIL - ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES - INFRAESTRUCTURA - LOGÍSTICA Y FLOTA - ACTIVOS DIGITALES,TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA - ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y COMPENSACIONES - GESTIÓN DE CAPITAL HUMANO - FUERA DE NIVEL - DEFENSORÍA DEL PERSONAL DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD - LEY 5688 - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - JEFATURA DE POLICÍA DE LA CIUDAD - SUBJEFATURA DE POLICÍA DE LA CIUDAD - COMITÉ DE SEGURIDAD EN EL FÚTBOL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - LEY 5847 - JEFATURA DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD - SUBJEFATURA DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD

Publicación:

30/01/2025

Sanción:

28/01/2025

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764), los Decretos 684/09 y sus

modificatorios, y 387/23 y sus modificatorios, y 26/25, el Expediente 05170410-

GCABA-DGTALMSE/25, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia

de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas se han enfocado en el desarrollo de un plan operativo estratégico

creando nuevas políticas de recursos humanos, en la promoción de una nueva cultura

de trabajo, modernización de procesos y mecanismos administrativos, así como la

reorganización de las estructuras orgánico funcionales;

Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando al Ministerio de Seguridad;

Que mediante el Decreto 387/23, y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el

nivel de Dirección General;

Que por el Decreto 684/09, y sus modificatorios, se aprobó el Régimen Gerencial para

la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Decreto 26/25 se suprimió la Unidad de Enlace del Consejo de Seguridad y

Prevención del Delito Ley 1.689- y Coordinación del PROCOM;

Que en ese sentido se propicia readecuar y reorganizar las competencias del

Ministerio de Seguridad;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar, a partir del 16 de enero de 2025, la estructura organizativa del

Ministerio de Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de

acuerdo a lo establecido en los Anexos I (Organigrama) (IF-2025-05310856-GCABA-

MSEGC) y II (Responsabilidades Primarias, Objetivos y Acciones) (IF-2025-05310555-

GCABA-MSEGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente

Decreto, modificando parcialmente el Decreto 387/23.

Artículo 2°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de

dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Seguridad, el

Ministro de Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de Haberes, y

Desarrollo del Servicio Civil todas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas.

Para su conocimiento y demás efectos, remitir al Ministerio de Seguridad. Cumplido,

archivar. MACRI - Wolff - Arengo Piragine - Sánchez Zinny


ANEXOS

ANEXO I - Organigrama

ANEXO II - Responsabilidades Primarias, Objetivos y Acciones

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>El articulo 1° del Decreto 45/2025 modifica, a partir del 16 de enero de 2025, la estructura organizativa del Ministerio de Seguridad.</p>
MODIFICA
<p>Articulo 1° del Decreto 51/25 modifica, a partir del 16 de enero de 2025, la estructura organizativa del Ministerio de Seguridad, quedando suprimida la Unidad de Enlace del Consejo de Seguridad y Prevención del Delito – Ley 1.689- y Coordinación del PROCOM creada por artículo 2 del Decreto 396/12.</p>
COMPLEMENTA
<p>Articulo 1° del Decreto 51/25 modifica, a partir del 16 de enero de 2025, la estructura organizativa del Ministerio de Seguridad, considerando la supresión de la Unidad de Enlace del Consejo de Seguridad y Prevención del Delito – Ley 1.689- y Coordinación del PROCOM efectuada por Decreto 26/25.</p>