DECRETO 185 2020

Síntesis:

SE MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA  - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - OBJETIVOS - DESCRIPCIÓN DE ACCIONES  - RÉGIMEN GERENCIAL - GERENCIAS OPERATIVAS - SUBGERENCIAS OPERATIVAS - OFICINA DE TRANSPARENCIA Y CONTROL EXTERNO DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SECRETARÍA JUSTICIA Y SEGURIDAD - SUBSECRETARÍA - JEFATURA DE POLICÍA DE LA CIUDAD - SUBJEFATURA - COORDINACIÓN GENERAL - TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA - CONVIVENCIA Y ORDEN PÚBLICO - SEGURIDAD CIUDADANA - EMERGENCIAS - JUSTICIA  - GESTIÓN ADMINISTRATIVA - CAPITAL HUMANO - SEGURIDAD COMUNAL E INVESTIGACIÓN CRIMINAL - PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN SEGURIDAD - PROMOCIÓN PREVENCIÓN Y ASISTENCIA CIUDADANA AL TURISTA - DIRECCIÓN GENERAL - ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES - INFRAESTRUCTURA Y MANTENIMIENTO - LOGÍSTICA Y FLOTA - PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE GESTIÓN - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL -  COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES - ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS - COMPENSACIONES - GESTIÓN DEL CAPITAL HUMANO - ACTIVOS DIGITALES TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA - ESTADÍSTICA CRIMINAL Y MAPA DEL DELITO - SEGURIDAD COMUNAL E INVESTIGACIÓN CRIMINAL -  PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE RECURSOS - ORDEN PÚBLICO Y COORDINACIÓN DE AGENTES - PREVENCIÓN DEL DELITO Y EXPERIENCIA CIUDADANA DE SEGURIDAD - DEFENSA CIVIL -  PLANEAMIENTO DE EMERGENCIA Y COORDINACIÓN DE BOMBEROS - SEGURIDAD PREVENCIÓN Y ASISTENCIA AL TURISTA  - LOGÍSTICA GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS - ELECTORAL - JUSTICIA, REGISTRO Y MEDIACIÓN  - VIOLENCIA DE GÉNERO -  ADMINISTRACIÓN DE INFRACCIONES - FUERA DE NIVEL - UNIDAD ADMINISTRATIVA DE CONTROL DE FALTAS - UNIDAD DE ORGANIZACIÓN ELECTORAL - UNIDAD DE ENLACE DEL CONSEJO DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DEL DELITO - LEY 1689 - COMITÉ DE SEGURIDAD EN EL FÚTBOL - LEY 5.847 - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL  - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - ORGANISMO DEL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO Y CONTRALOR DE PERSONAS JURÍDICAS - LEY 2875 - DEFENSORÍA DEL PERSONAL DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD  - LEY 5688 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Publicación:

06/05/2020

Sanción:

16/04/2020

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6.292, los Decretos Nros. 684/09 y modificatorios y 463/19 y

modificatorios y el Expediente Electrónico N° 11031222-GCABA-DGTALMJYS /20, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras

orgánico funcionales;

Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Justicia y

Seguridad;

Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial

para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, hasta el nivel de Dirección General;

Que en virtud de la experiencia en la gestión de gobierno, es menester realizar

modificaciones en la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio

de Justicia y Seguridad en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, a los

fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico-operativo y una mayor eficiencia de sus

competencias;

Que por Decreto N° 458/19, se encomendó con carácter ad honoren, al Vicejefe de

Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y

coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos

asignados al mismo;

Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificase, a partir del 1° de marzo de 2020, la estructura organizativa del

Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2020-11579893-GCABA-

MJYSGC) y II (Responsabilidades primarias, Objetivos y Descripción de acciones) (IF-

2020- 11261806-GCABA- MJYSGC), los que a todos sus efectos forman parte

integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del

Ministerio de Justicia y Seguridad deberá informar, en un plazo de 30 días, a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y

Finanzas la asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas gerencias y

subgerencias operativas, en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente

Decreto.

Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de

dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y

Seguridad (Decreto N° 458/19), por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el

señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil

dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, para su conocimiento y demás

efectos, remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese.

RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli p/p - Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5863- Organigrama

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5863- Responsabilidades

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 185-20 modifica, a partir del 1 de marzo de 2020, la estructura organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad, quedando en tal sentido modificado el Decreto 463-19.</p>