DECRETO 196 2020
Síntesis:
SE MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - OBJETIVOS - DESCRIPCIÓN DE ACCIONES - RÉGIMEN GERENCIAL - GERENCIA Y SUBGERENCIA OPERATIVA - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SUBSECRETARÍA - TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO - BIENESTAR CIUDADANO - DESARROLLO INCLUSIVO - MICRO PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - DESARROLLO ECONÓMICO - ADMINISTRACIÓN DE BIENES INMUEBLES - DIRECCIÓN GENERAL - PROTECCIÓN DEL TRABAJO - ASUNTOS GREMIALES Y FORMACIÓN SINDICAL - NEGOCIACIONES LABORALES - EMPLEO - DESARROLLO SALUDABLE - DESARROLLO GASTRONÓMICO - INSERCIÓN LABORAL DE LA MUJER - INCLUSIÓN SOCIAL - MICRO PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - ESTRATEGIA PRODUCTIVA - PROMOCIÓN DE INVERSIONES - DESARROLLO PRODUCTIVO - FUERA DE NIVEL - CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL - CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR - UPE - PARQUE DE LA INNOVACIÓN - ENTE METROPOLITANO REGULADOR DEL SERVICIO ELÉCTRICO - EMSE - SIMPLIFICACIÓN PRODUCTIVA - UNIDAD EJECUTORA PARA LA RENOVACIÓN URBANA DE LA TRAZA DE LA EXAU3 - PARQUE DE LA CIUDAD - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN
Publicación:
06/05/2020
Sanción:
04/05/2020
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.292, los Decretos Nros. 684/09 y modificatorios, 463/19 y
modificatorios, y 131/20, y el Expediente Electrónico N° 12846698 -GCABA-
DGTALMDEP/20, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Desarrollo
Económico y Producción;
Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial
para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que por Decreto N° 131/20 se modificó la estructura organizativa correspondiente al
Régimen Gerencial del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, en sus dos
niveles Gerencia y Subgerencia Operativa;
Que en virtud de la experiencia en la gestión de gobierno, es menester realizar
modificaciones en la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio
de Desarrollo Económico y Producción en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia
Operativa, a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico-operativo y una mayor
eficiencia de sus competencias.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 1° de mayo de 2020, la estructura organizativa del
Ministerio de Desarrollo Económico y Producción del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2020-12921266-
GCABA-MDEPGC) y II (Responsabilidades primarias, Objetivos y Descripción de
acciones) (IF-2020-12884502-GCABA-MDEPGC), los que a todos sus efectos forman
parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Modifícase la denominación y las responsabilidades primarias de la
Dirección General Administración de Bienes, Relocalización y Gestión Integral de
Edificios de Gobierno, la que se denominará Dirección General Administración de
Bienes, dependiente de la Subsecretaría Administración de Bienes Inmuebles.
Artículo 3°.- Créase la Dirección General Relocalización y Gestión Integral de Edificios
de Gobierno, dependiente de la Subsecretaría Administración de Bienes Inmuebles.
Artículo 4°.- Créase la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Parque de la Ciudad
como Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita de la Subsecretaría Administración de
Bienes Inmuebles, dejándose establecido que su titular tendrá rango, nivel y
atribuciones de Director General.
Artículo 5°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del
Ministerio de Desarrollo Económico y Producción deberá informar, en un plazo de 30
días, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda
y Finanzas la asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas gerencias y
subgerencias operativas, en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente
Decreto.
Artículo 6°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de
dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Económico y Producción, por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor
Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil
dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, para su conocimiento y demás
efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Cumplido,
archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Giusti - Mura - Miguel