DECRETO 170 2022
Síntesis:
SE MODIFICA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ORGANIGRAMA - OBJETIVOS - DESCRIPCIÓN DE ACCIONES - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - DENOMINACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL MONITOREO Y EVALUACIÓN - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - DIRECCIÓN GENERAL OBRAS COMUNALES - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL - SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y GESTIÓN COMUNAL
Publicación:
16/05/2022
Sanción:
11/05/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 684/09
y modificatorios, 463/19 y modificatorios, y 282/21 y el Expediente Electrónico N°
17.778.509-GCABA-DGAJRH /22, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos a la Jefatura de Gabinete de
Ministros;
Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial
para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificaciones se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que por Decreto 282/21 se modificó la estructura orgánico funcional de la Jefatura de
Gabinete de Ministros;
Que, asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al
Régimen Gerencial de la Jefatura de Gabinete de Ministros en sus dos niveles,
Gerencia y Subgerencia Operativa a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico
operativo;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 1° de mayo de 2022, la estructura organizativa de
la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2022-17788855-GCABA-
MJGGC) y II (Responsabilidades primarias, Objetivos y Descripción de acciones) (IF-
2022-17788729-GCABA-MJGGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante
del presente Decreto.
Artículo 2°.- Modifícase la denominación de la Dirección General Evaluación y Calidad
dependiente de la Secretaría de Planificación, Evaluación y Coordinación de Gestión,
la que pasará a denominarse Dirección General Monitoreo y Evaluación.
Artículo 3°.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Dirección General
Obras Comunales dependiente de la Subsecretaría de Gestión Comunal de la
Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal.
Artículo 4°.- La Dirección General de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos de la
Jefatura de Gabinete de Ministros deberá informar, en un plazo de 30 días, a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y
Finanzas la asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas gerencias y
subgerencias operativas, en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente
Decreto.
Artículo 5°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de
dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y
Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de
Haberes, y Desarrollo del Servicio Civil, dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Jefatura de Gabinete
de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel