DECRETO 198 2020
Síntesis:
SE MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - OBJETIVOS - DESCRIPCIÓN DE ACCIONES - ADMINISTRACIÓN - PAISAJE URBANO - MANTENIMIENTO URBANO - HIGIENE URBANA - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SUBSECRETARÍA - DIRECCIÓN GENERAL - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - CONTROL DE GESTIÓN - MONITOREO Y SISTEMAS - COMUNICACIÓN - REGENERACIÓN URBANA - CONSERVACIÓN DEL PAISAJE URBANO - OBRAS DE REGENERACIÓN URBANA - ALUMBRADO - PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE INTERVENCIONES URBANAS - FISCALIZACIÓN URBANA - OBRAS EN VÍAS PEATONALES - SISTEMA PLUVIAL - LIMPIEZA - RECICLADO - FUERA DE NIVEL - ENTE DE MANTENIMIENTO URBANO INTEGRAL - ENTE DE HIGIENE URBANA - MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA
Publicación:
06/05/2020
Sanción:
05/05/2020
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.292, los Decretos Nros. 684/09 y modificatorios y 463/19 y
modificatorios y el Expediente Electrónico N° EX-2020-12952325-GCABA-
DGTALMEPHU, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Espacio
Público e Higiene Urbana;
Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial
para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que, en virtud de la experiencia en la gestión de gobierno, es menester realizar
modificaciones en la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio
de Espacio Público e Higiene Urbana en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia
Operativa, a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico-operativo y una mayor
eficiencia de sus competencias;
Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modificase, a partir del 1° de mayo de 2020, la estructura organizativa del
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2020-13006533-
GCABA- MEPHUGC) y II (Responsabilidades primarias, Objetivos y Descripción de
acciones) (IF-2020-12983990-GCABA- MEPHUGC), los que a todos sus efectos
forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana deberá informar, en un plazo de 30
días, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda
y Finanzas la asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas gerencias y
subgerencias operativas, en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente
Decreto.
Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de
dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Espacio
Público e Higiene Urbana, por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor
Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil
dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, para su conocimiento y demás
efectos, remítase al Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana. Cumplido,
archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Muzzio - Mura - Miguel