DECRETO 27 2022

Síntesis:

SE MODIFICA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - SE CREA -  UNIDAD DE ANÁLISIS PROSPECTIVO - RANGO NIVEL Y ATRIBUCIONES - EQUIVALENTES A DIRECTOR GENERAL - EN EL ÁMBITO DE LA JEFATURA DE GOBIERNO - ORGANIZATIVA - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Publicación:

20/01/2022

Sanción:

18/01/2022

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por la Ley N° 6.347), los Decretos Nros.

463/19 y modificatorios, el Expediente Electrónico N° 4.282.989-GCABA-

DGCLCON/22, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras

orgánico funcionales;

Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;

Que, en virtud de la experiencia de la gestión de gobierno, resulta conveniente crear la

Unidad de Análisis Prospectivo, cuyo titular tendrá rango, nivel y atribuciones

equivalentes a Director General, en el ámbito de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 463/19 y

sus modificatorios;

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 1° de enero de 2022, la estructura organizativa del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente

el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, de acuerdo con los Anexos I (Organigrama)

(IF-2022-04292066-GCABA-SECLYT) y II (Objetivos) (IF-2022-04292195-GCABA-

SECLYT), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Créase la Unidad de Análisis Prospectivo, cuyo titular tendrá rango, nivel y

atribuciones equivalentes a Director General, en el ámbito de la Jefatura de Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de

dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de

Haberes y Desarrollo del Servicio Civil dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Unidad de Análisis

Prospectivo. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Mura p/p


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 2° del Decreto Nº 27/22 crea, a partir del 1º de enero de 2022, la Unidad de Análisis Prospectivo, cuyo titular tendrá rango, nivel y atribuciones equivalentes a Director General, en el ámbito de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, modificando así al Decreto N° 463/19.</p>