DISPOSICIÓN 18 2020 DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA

Síntesis:

SE ESTABLECE - COMPROBANTES ORIGINALES (SOPORTE PAPEL) - INSPECTORES DE OBRAS - DIGITALIZADOS Y VINCULADOS AL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO CORRESPONDIENTE - DIRECCIÓN GENERAL DE CONTADURÍA

Publicación:

10/02/2020

Sanción:

05/02/2020

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA


VISTO: la ley 13.064 y la Resolución Conjunta N° 1 MJGGC-SECLYT/2011, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, resulta aplicable en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre la base de lo dispuesto en la cláusula

transitoria N° 3 de la Ley N° 70;

Que de conformidad con lo dispuesto en los Pliego de Bases y Condiciones Generales

que rigen los respectivos procedimientos de selección, es menester designar un

Inspector de Obra que llevará a cabo todas las tareas y funciones encomendadas por

los instrumentos licitatorios a efectos de realizar la inspección de obra, destinada a

fiscalizar la calidad de los materiales y de la mano de obra afectada a la ejecución de

los trabajos propios de la obra precedentemente indicada, como asimismo a verificar el

cumplimiento en la ejecución y las demás obligaciones contractuales encomendadas

al contratista;

Que por Resolución Conjunta 1-MJGGC-SECLYT/2011, el Artículo 1° aprobó el

Procedimiento de Digitalización de documentos y su Incorporación al Repositorio

Único de Documentos Oficiales -RUDO- que permitió su tramitación por expediente

electrónico; y en su Artículo 2°.-indica que los documentos originales generados en

soporte papel que deban ser tramitados por expediente electrónico deberán ser

digitalizados;

Que en este marco, y a los fines de su tramitación electrónica resulta necesario prever

y regular la transformación de documentos originados en soporte papel (aportados por

los ciudadanos o por la propia Administración) en documentos electrónicos;

Que por lo expuesto, resulta conveniente aprobar el procedimiento aplicable para

obtener imágenes electrónicas de los documentos en soporte papel y su posterior

incorporación al Expediente Electrónico.

Por ello

EL DIRECTOR GENERAL ADJUNTO

DE LA DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA

DISPONE

Artículo 1°.- Establécese que a partir del día 17 de febrero del año 2020, todos los

comprobantes originales (soporte papel) presentados por los Inspectores de Obras

deberán ser digitalizados y posteriormente vinculado al expediente electrónico

correspondiente.-

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las

reparticiones con rango o nivel equivalente, a los Entes Descentralizados. Cumplido

archívese la norma en el departamento Técnico Normativo de esta Dirección General

de Contaduría. Gauto

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 Disposición 18-DGCG-20 establece que a partir del día 17 de febrero del año 2020, todos los comprobantes originales (soporte papel) presentados por los  inspectores de Obras deberán ser digitalizados y posteriormente vinculado al expediente electrónico correspondiente.</p>