DECRETO 718 1997

Síntesis:

LICENCIAS DE AUTOMÓVILES DE ALQUILER CON TAXÍMETRO. INCLUYE VEHÍCULO A NOMBRE DE A.M.I.C. DE FERNÁNDEZ TURANZAS

Publicación:

16/07/1997

Sanción:

19/06/1997

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Carpeta N° 434-92, caratulada Expediente N° 95.405-96, por el que tramita el reclamo interpuesto por la señora Ana María Irma Cinalli de Fernández Turanzas, L.C. N° 5.729.248, solicitando la inclusión en el Registro de Licencias de Automóviles les de Alquiler con Taxímetro del vehículo dominio C- 1.100.026, y

CONSIDERANDO:

Que la recurrente funda su pretensión en la documentación acompañada, Certificado de Reempadronamiento General de Taxis agregado en original en fojas 23 y fotocopia del Título de la Propiedad del Automotor obrante a fojas 26;

Que el operativo de control del Servicio Público de Taxis, propiciado por la Ordenanza N° 43.880 (B.M. N° 18.721), tuvo por finalidad verificar la legitimidad de las licencias, la identidad de sus titulares y las condiciones técnicas del vehículo;

Que de los registros obrantes en este Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, surge que el automotor de referencia se encontraba registrado en los mismos bajo la licencia DGT N° 6.503 y que figuraba a nombre de la presentante;

Que de la documentación agregada en autos surge que la reclamante se presentó válidamente al Censo Documental de Taxis 1991;

Por ello, con lo dictaminado a fojas 30 por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, las disposiciones del artículo

2°- del Decreto N° 2.919-92 (B.M. N° 19.443), y en uso de las facultades legales que le son propias, artículo 104, inciso 21) de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°- Inclúyase en el Registro de Licencias de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, con número correlativo al último aprobado por Decreto N° 2.919-92, al vehículo dominio C-1.100.026, cuya titulares la señora Ana María Irma Cinalli de Fernández Turanzas, L.C. N° 5.729.248.

Art. 2°- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Producción y Servicios y de Hacienda y Finanzas.

Art. 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Subsecretarías de Transporte y Tránsito y de Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, a la concesionaria SACTA S.A., notifíquese al reclamante por intermedio de la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese.

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