RESOLUCIÓN 3606 2003 SECRETARIA DE EDUCACION
Síntesis:
MODIFICA EL ARTÍCULO 2° Y EL ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN N° 3.356/SED/03 - APROBACIÓN - ESTRUCTURA CURRICULAR DE PRIMER AÑO - ESCUELA DE ENSEÑANZA MEDIA 2 D.E. 16 - CURRÍCULA - DIRECCIÓN ÁREA DE EDUCACIÓN MEDIA - ASIGNATURAS - CURSOS - HORAS CÁTEDRA
Publicación:
22/12/2003
Sanción:
04/12/2003
Organismo:
SECRETARIA DE EDUCACION
Visto la Carpeta N° 3.736/SED/03, y
CONSIDERANDO:
Que en las citadas actuaciones recayó la Resolución N° 3.356/SED/03 mediante la cual se aprobó la Estructura Curricular de Primer Año, la cual obra detallada en los Anexos I, II y III del mismo acto;
Que en el articulo 2° de la mencionada Resolución se dispuso la aplicación de la estructura en cuestión en la Escuela de Enseñanza Media N° 2 del Distrito Escolar 16 a partir del Ciclo Lectivo del año 2003;
Que, efectuado el análisis de la limitación señalada en el considerando anterior en el marco de las políticas educativas concebidas para el Área de la Educación Media, se desprende que resulta aconsejable la extensión de la Estructura aprobada por la Resolución N° 3.356/SED/03 a la generalidad de su ámbito;
Que, a los efectos operativos, corresponde a la Dirección de la citada Área educativa concretar la implementación y ejecución de la medida indicada;
Que en el Anexo I de la Resolución N° 3.356/SED/03, en el total de horas cátedra semanales por división, se encuentran incluidas cinco (5) horas cátedra definidas como Actividades de Opción Institucional por Curso, motivo por el cual éstas últimas deben computarse independientemente de las demás horas cátedra;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete;
Por ello,
Artículo 1° - Modifícase el artículo 2° de la Resolución N° 3.356/SED/03 el cual queda redactado de conformidad con el siguiente texto: Autorízase la aplicación del plan aprobado por el artículo 1° en los establecimientos educativos dependientes de la Dirección del Área de Educación Media, la cual queda facultada para adoptar las medidas operativas tendientes a su implementación y ejecución.
Artículo 2° - Modifícase el Anexo I de la Resolución N° 3.356/SED/03 excluyendo del cuadro correspondiente al total de las horas de Cátedra Semanales las cinco (5) horas cátedra semanales de las denominadas Actividades de Opción Institucional por Curso, por lo que la suma de las primeras queda establecida en cuarenta y cuatro (44) horas cátedra semanales, fijándose, independientemente de las mismas, cinco (5) horas cátedra semanales de Actividades de Opción Institucional por Curso.
Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese por copia a las SubsecretarÍas de Educación y de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria -Dirección General de Coordinación Financiera y Contable- y a las Direcciones Generales de Educación, de Coordinación Legal e Institucional y de Planeamiento. Cumplido, archívese. Perazza