RESOLUCIÓN 68 2020 SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Síntesis:

SE MODIFICA - RESOLUCIÓN 565-SECTRANS-19 - ESPACIOS DESTINADOS PARA EL ASCENSO Y DESCENSO DE PERSONAS - VEHÍCULOS AUTORIZADOS POR ENTUR - SERVICIO DE CIRCUITOS TURÍSTICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - PARQUE LEZAMA - CIRCUITO 1 - CORDOBA - ALEM - CIRCUITO 2 - PELLEGRINI - PARAGUAY - MARCELO T DE ALVEAR

Publicación:

26/02/2020

Sanción:

19/02/2020

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Estado:

No vigente


VISTO: El expediente electrónico N°: EX-2019-35561202--GCABA-ENTUR; Las

Resoluciones N°:224/ENTUR/2018, 565/SECTRANS/2019, Los Decretos N° 463/19 y

469/19 y Las leyes N° 2148 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y N° 6.292;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N°:224/ENTUR/2018, el Ente de Turismo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires autorizó la prestación de un servicio de Circuitos Turísticos

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de vehículos de transporte terrestre,

en los circuitos prestablecidos en el Anexo I de dicha norma;

Que, por las actuaciones mencionadas en el visto, el Ente de Turismo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, ha solicitado que se delimiten espacios para la operatoria

de ascenso y descenso de personas, en diversas ubicaciones de esta ciudad, cuya

utilización será exclusiva para un servicio de Circuitos Turísticos con vehículos

habilitados para el transporte de pasajeros,

Que mediante Resolución N°: 565/SECTRANS/2019, se aprobaron los espacios

destinados para el ascenso y descenso de las personas, los cuales fueron detallados

en el Anexo I (IF2019-35924225-GCABA-DGTYTRA) de la mencionada Resolución,

con el fin de que dichos espacios sean utilizados en forma exclusiva por los vehículos

autorizados por Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la

prestación del "Servicio de Circuitos Turísticos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires";

Que el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha realizado un

nuevo análisis del proyecto de referencia, tendiente a mejorar el funcionamiento del

servicio, considerando para ello, su operatividad, los atractivos turísticos involucrados

y paradas que forman parte de los circuitos, destacándose que, como resultado de

dicho análisis, se ha estimado conveniente modificar lo dispuesto en Resolución N°

565/SECTRANS/2019, en lo que hace a las paradas que se detallan a continuación:

-Se estima necesario reubicar la parada del Parque Lezama, en la Av. Brasil, entre

Defensa y Balcarce.

- Se estima necesario adicionar una parada como parte del "Circuito 1", ubicada en la

Av. Córdoba entre Av. Eduardo Madero y Av. Leandro N. Alem.

-Se estima necesario adicionar como parte del "Circuito 2", ubicada en Carlos

Pellegrini 955, entre Paraguay y Marcelo T. de Alvear.

Que la Ley N° 6292, estableció la estructura ministerial y las competencias

actualmente vigentes para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el

Decreto N° 463/19 aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder

Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con las

responsabilidades primarias y objetivos de las unidades de organización integrantes

de este Gobierno;

Que mediante el Decreto N° 469/19, se designó al señor Secretario de Transporte y

Obras Públicas dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que, por lo expuesto, corresponde a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas

dictar el pertinente acto administrativo que apruebe las modificaciones descriptas

precedentemente;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6.292 y por los Decretos

Nos. 350/19, 463/19 y 469/19,

EL SECRETARIO TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Modifíquese lo dispuesto en Resolución N° 565/SECTRANS/2019, en lo

que hace a los espacios destinados para el ascenso y descenso de personas,

referidos en el considerando, cuya utilización será destinada en forma exclusiva a los

vehículos autorizados por Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

para la prestación del "Servicio de Circuitos Turísticos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires", según lo establecido en la Resolución N°:224/ENTUR/2018,

apruébense en consecuencia, las nuevas ubicaciones que se detallan en el Anexo I(

IF-2020-06690411-GCABA-SSGMO); que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

al Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Cumplido archivese.

Méndez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5808

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 2° de la Resolución N° 771/SECTOP/23, deja sin efecto, la Resolucion N° 68-SECTOP-2020.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 68-SECTOP-20 modifica lo dispuesto en Resolución 565-SECTRANS-2019.</p><p>Anexo I aprueba las nuevas ubicaciones de las siguientes paradas: Parque Lezama, Circuito I y Circuito II. </p>