RESOLUCIÓN 193 2003 SUBSECRETARIA DE RELACIONES POLITICAS E INSTITUCIONALES
Síntesis:
AUTORIZA A LA ASOCIACIÓN JABAD LUBAVITCH ARGENTINA A REALIZAR UNA SERIE DE ACTIVIDADES, EN ESPACIOS Y VÍAS PÚBLICAS, EN CELEBRACIÓN DE LA FESTIVIDAD JUDÍA DE HANUKAH (FIESTA DE LAS LUMINARIAS) - AUTORIZACIÓN DE EVENTOS - EVENTOS RELIGIOSOS - FIESTAS JUDÍAS - PLAZA DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY - BOULEVARD AV. 9 DE JULIO - VILLAGE RECOLETA - PLAZA ALFÉREZ - PLAZA MONSEÑOR D'ANDREA - PLAZA ALMAGRO - LUIS MARÍA DRAGO Y CORRIENTES
Publicación:
24/12/2003
Sanción:
10/12/2003
Organismo:
SUBSECRETARIA DE RELACIONES POLITICAS E INSTITUCIONALES
Visto la Nota N° 521/DGDH/03, y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación la Asociación Jabad Lubavitch Argentina solicita autorización para realizar una serie de actividades con motivo de la celebración de la festividad judía de Hanukah (Fiesta de las Luminarias), en distintos lugares de esta Ciudad, desde el día 18 al 29 de diciembre del corriente año, en el horario comprendido entre las 10 y las 23 horas;
Que la realización de la actividad involucra la instalación de candelabros de nueve brazos;
Que dicho candelabro, evoca la festividad de Hanukah y su mensaje es que la luz espiritual predomine sobre la oscuridad;
Que el día 22 de diciembre del corriente, en la Plaza de la República Oriental del Uruguay, se desarrollarán actos conmemorativos con la asistencia de autoridades nacionales, comunitarias y público en general;
Por ello,
Artículo 1° - Autorízase a la Asociación Jabad Lubavitch Argentina a la realización de una serie de actividades con motivo de la celebración de la festividad judía de Hanukah (Fiesta de las Luminarias), en los distintos lugares, días y horarios según se indican en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante del mismo.
Artículo 2° - Los solicitantes se harán responsables de la integridad física de los participantes y público asistente, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que surjan del evento, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en el Art. 60 de la Ley N° 24.449 y su Decreto Reglamentario N° 779/95.
Artículo 3° - Dése intervención a la Subsecretaría de Espacio Público y Desarrollo Urbano a fin de que la misma tome las medidas que le competen.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia autenticada al Ministerio Público Fiscal y para su conocimiento y demás efectos pase a las Subsecretarías de Espacio Público y Desarrollo Urbano y de Seguridad y a la Dirección General de Derechos Humanos. Martini - Carelli
ANEXO
ANEXO I
a) Del jueves 18 al lunes 29 de diciembre del corriente año, en el horario comprendido entre las 10 y las 23 horas en los distintos lugares que a continuación se detallan:
- Plaza de la República Oriental del Uruguay, en Av. Figueroa Alcorta y Austria.
- Boulevard de la Av. 9 de Julio entre la Av. Santa Fe y Marcelo T. de Alvear.
- Village Recoleta, en la calle Vicente López entre las calles Junín y Uriburu.
- Plaza Alférez José María Sobral.
- Plaza Monseñor de Andrea.
b) El día 21 de diciembre del corriente año, en el horario comprendido entre las 10 y las 23 horas en:
- Plaza Almagro.
- Luis María Drago y la Av. Corrientes.