RESOLUCIÓN 198 2003 SUBSECRETARIA DE RELACIONES POLITICAS E INSTITUCIONALES

Síntesis:

MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 193/SSRPEI/03, B.O. N° 1845 - ASOCIACIÓN JABAD LUBAVITCH ARGENTINA - CELEBRACIÓN DE HANUKAH - FIESTA DE LAS LUMINARIAS - AUTORIZACIÓN DE EVENTOS - EVENTOS RELIGIOSOS - FIESTAS JUDÍAS - PLAZA DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY - BOULEVARD AV. 9 DE JULIO - VILLAGE RECOLETA - PLAZA ALFÉREZ - PLAZA MONSEÑOR D'ANDREA - PLAZA ALMAGRO - LUIS MARÍA DRAGO Y CORRIENTES

Publicación:

26/12/2003

Sanción:

18/12/2003

Organismo:

SUBSECRETARIA DE RELACIONES POLITICAS E INSTITUCIONALES


Visto el Registro N° 1.176/SJG/03 y la Resolución N° 193/SSRPEI/03, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 193/SSRPEI/03 se autorizó a la Asociación Jabad Lubavitch Argentina a la realización de una serie de actividades con motivo de la celebración de la festividad judía de Hanukah (Fiesta de las Luminarias), en distintos lugares de esta ciudad, desde el día 18 al 29 de diciembre del corriente año, en el horario comprendido entre las 10 y las 23 hs.;

Que mediante Registro N° 1.176/SJG/03 dicha Asociación solicita el cambio de fecha del acto de Hanukah, de la calle Luis María Drago y Av. Corrientes para el día 23 de diciembre de 2003;

Por ello,

LOS SUBSECRETARIOS DE RELACIONES POLÍTICAS E INSTITUCIONALES

Y DE SEGURIDAD URBANA

RESUELVEN:

Artículo 1° - Modifícase en el Anexo I el punto b) de la Resolución N° 193/SSRPEI/03, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

El día 2 de diciembre del corriente año, en el horario comprendido entre las 10 y 23 hs. en Plaza Almagro.

Artículo 2° - Agréguese en el Anexo I el punto c) de la Resolución N° 193/SSRPEI/03, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

El día 23 de diciembre del corriente año, en el horario comprendido entre las 10 y 23 hs en Luis María Drago y la Av. Corrientes.

Artículo 3° - Los solicitantes se harán responsables de la integridad física de los participantes y público asistente, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que surjan del evento, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en el Art. 60 de la Ley N° 24.449 y su Decreto Reglamentario N° 779/95.

Artículo 4° - Dése intervención a la Subsecretaría de Planeamiento fin de que la misma tome las medidas que le competen.

Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia autenticada al Ministerio público Fiscal y para su conocimiento y demás Efectos pase a las Subsecretarías de Planeamiento y de Seguridad y de Derechos Humanos. Martini - Carelli

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Artículo 1° - Modifica en el Anexo I el punto b) de la Resolución N° 193/SSRPEI/03