RESOLUCIÓN 145 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE ESTABLECE - VALOR DEL MÓDULO RETRIBUTIVO POLICIAL - MOPOL - PERSONAL NO POLICIAL - MONOPOL - SUPLEMENTOS - ESTRUCTURA SALARIAL - POLICÍA DE LA CIUDAD - DECRETO 47/17

Publicación:

04/03/2020

Sanción:

27/02/2020

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Leyes Nros. 6.292 y 5.688 (conforme texto consolidado por Ley N° 6.017),

los Decretos Nros. 47/17 y sus modificatorios y 458/19, la Resolución de Firma

Conjunta Nro. 700-GCABA-MEFGC/19, y el Expediente Electrónico EX-2020-

04210178-GCABA-DGARHS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado por Ley N° 6.017) dispuso la creación de la

Policía de la Ciudad;

Que el Jefe de Gobierno estableció la estructura salarial de la Policía de la Ciudad en

el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios, disponiendo que el sueldo básico

correspondiente a cada grado del escalafón policial se determine como un porcentaje

del sueldo básico del Jefe de la Policía, y que este último se fije en Módulos

Retributivos Policiales (MOPOL);

Que en la misma norma se decretó que el sueldo básico correspondiente a los

distintos niveles del agrupamiento de personal sin estado policial integrante de la

Policía de la Ciudad se determine como un porcentaje del sueldo básico del nivel A, y

que este último se fije en Módulos Retributivos para el Personal No Policial

(MONOPOL);

Que en el artículo 3° del citado Decreto se facultó a los titulares de los Ministerios de

Justicia y Seguridad y del entonces Ministerio de Hacienda, en forma conjunta, a fijar

el valor de los Módulos Retributivos referidos;

Que mediante la Resolución de Firma Conjunta Nro. 700-GCABA-MEFGC/19, se

estableció la pauta de incremento salarial correspondiente al año 2019 para el

personal de la Policía de la Ciudad, fijándose los valores del Módulo Retributivo

Policial (MOPOL) y del Módulo Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL),

ambos creados por el artículo 2° del Decreto N° 47/17;

Que resulta oportuno establecer un último tramo de ajuste de la pauta salarial

correspondiente al año 2019;

Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto

administrativo pertinente.

Que por Decreto N° 458/19 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de

Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y

coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos

asignados al mismo;

Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por la Ley N° 6.292, por los

Decretos N° 47/17 y sus modificatorios y N° 458/19,

EL VICEJEFE DE GOBIERNO

A CARGO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN

Artículo 1°.- Establecer, a partir del 1° de enero de 2020, el valor del Módulo

Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma

de PESOS VEINTITRES CON 7336/10000 ($ 23,7336).

Artículo 2°.- Establecer a partir del 1° de enero de 2020, el valor del Módulo Retributivo

para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N°

47/17 en la suma de PESOS VEINTINUEVE CON 7024/10000 ($ 29,7024).

Artículo 3°.- Establecer que los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14,

15, 27, 28, 33 inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Decreto N° 47/2017 y sus

modificatorios se ajustan en la misma proporción que el salario básico indicado en los

artículos 1 y 2 de la presente, a partir del 1° de enero de 2020.

Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente será

imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el

Orden del Día de la Policía de la Ciudad. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión

de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas; a la Secretaría de Justicia y

Seguridad, a la Subsecretaría Capital Humano, a la Dirección General

Compensaciones y a la Dirección General Administración de Recursos Humanos del

Ministerio de Justicia y Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública, para su

conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Santilli p/p - Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art.1 y 2 de la Resolución 145/MHFGC/20, modifican el incremento salarial establecidos mediante la Resolución de Firma Conjunta 700-GCABA-MEFGC/19.</p><p>Art. 3 modifica los suplementos en la misma proporción que el salario básico indicado en los artículos 1 y 2.</p>