RESOLUCIÓN 145 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE ESTABLECE - VALOR DEL MÓDULO RETRIBUTIVO POLICIAL - MOPOL - PERSONAL NO POLICIAL - MONOPOL - SUPLEMENTOS - ESTRUCTURA SALARIAL - POLICÍA DE LA CIUDAD - DECRETO 47/17
Publicación:
04/03/2020
Sanción:
27/02/2020
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Leyes Nros. 6.292 y 5.688 (conforme texto consolidado por Ley N° 6.017),
los Decretos Nros. 47/17 y sus modificatorios y 458/19, la Resolución de Firma
Conjunta Nro. 700-GCABA-MEFGC/19, y el Expediente Electrónico EX-2020-
04210178-GCABA-DGARHS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado por Ley N° 6.017) dispuso la creación de la
Policía de la Ciudad;
Que el Jefe de Gobierno estableció la estructura salarial de la Policía de la Ciudad en
el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios, disponiendo que el sueldo básico
correspondiente a cada grado del escalafón policial se determine como un porcentaje
del sueldo básico del Jefe de la Policía, y que este último se fije en Módulos
Retributivos Policiales (MOPOL);
Que en la misma norma se decretó que el sueldo básico correspondiente a los
distintos niveles del agrupamiento de personal sin estado policial integrante de la
Policía de la Ciudad se determine como un porcentaje del sueldo básico del nivel A, y
que este último se fije en Módulos Retributivos para el Personal No Policial
(MONOPOL);
Que en el artículo 3° del citado Decreto se facultó a los titulares de los Ministerios de
Justicia y Seguridad y del entonces Ministerio de Hacienda, en forma conjunta, a fijar
el valor de los Módulos Retributivos referidos;
Que mediante la Resolución de Firma Conjunta Nro. 700-GCABA-MEFGC/19, se
estableció la pauta de incremento salarial correspondiente al año 2019 para el
personal de la Policía de la Ciudad, fijándose los valores del Módulo Retributivo
Policial (MOPOL) y del Módulo Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL),
ambos creados por el artículo 2° del Decreto N° 47/17;
Que resulta oportuno establecer un último tramo de ajuste de la pauta salarial
correspondiente al año 2019;
Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Que por Decreto N° 458/19 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de
Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y
coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos
asignados al mismo;
Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por la Ley N° 6.292, por los
Decretos N° 47/17 y sus modificatorios y N° 458/19,
Artículo 1°.- Establecer, a partir del 1° de enero de 2020, el valor del Módulo
Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma
de PESOS VEINTITRES CON 7336/10000 ($ 23,7336).
Artículo 2°.- Establecer a partir del 1° de enero de 2020, el valor del Módulo Retributivo
para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N°
47/17 en la suma de PESOS VEINTINUEVE CON 7024/10000 ($ 29,7024).
Artículo 3°.- Establecer que los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14,
15, 27, 28, 33 inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Decreto N° 47/2017 y sus
modificatorios se ajustan en la misma proporción que el salario básico indicado en los
artículos 1 y 2 de la presente, a partir del 1° de enero de 2020.
Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente será
imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el
Orden del Día de la Policía de la Ciudad. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión
de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas; a la Secretaría de Justicia y
Seguridad, a la Subsecretaría Capital Humano, a la Dirección General
Compensaciones y a la Dirección General Administración de Recursos Humanos del
Ministerio de Justicia y Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública, para su
conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Santilli p/p - Mura