DECRETO 522 1997

Síntesis:

FESTIVAL ARTÍSTICO "PRIMER BUENOS AIRES" EN PORTO ALEGRE. DESIGNA A PERSONAL MIEMBRO DE LA DELEGACIÓN QUE VIAJARÁ A LA CIUDAD DE PORTO ALEGRE, BRASIL. VIÁTICOS.

Publicación:

02/06/2003

Sanción:

29/04/1997

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 30.148-97, y

CONSIDERANDO:

Que se celebrará el Festival Artístico "Primer Buenos Aires en Porto Alegre", donde la cultura porteña convocará con su música, teatro, plástica, literatura, danza y fotografía la atención del público brasileño, siendo importante que la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se vea representada;

Que en razón del carácter y alcances del acuerdo, es necesario enviar una misión de profesionales en las Artes del Arte, integrada por personal de la Secretaría de Educación;

Que es pertinente exceptuar el caso de las limitaciones establecidas por los artículos 17 y 21 del Decreto N° 2.388-92;

Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por el artículo 104, incisos 1°) y 19) de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Desígnase al personal indicado en el Anexo I, que forma parte integrante del presente, como miembro de la Delegación que viajará a la ciudad de Porto Alegre (Brasil), con motivo de asistir al Festival Artístico "Primer Buenos Aires en Porto Alegre", a realizarse entre el 5 y 11 de mayo de 1997, a los fines de intercambiar experiencias con profesores de las áreas de expresión y profesionales de Artes Plásticas, de Educación Física y de Música de ese país.

Art. 2°- Entréguense los fondos pertinentes para hacer frente a las erogaciones que representa el trámite en cuestión según detalle de Anexo II, dejándose establecido que los agentes allí mencionados serán responsables de la administración y rendición de los mismos.

Art. 3°- Autorízase a la Contaduría General a incluir en una Orden General de Pago la suma de pesos tres mil seiscientos treinta y cinco con sesenta y cuatro centavos ($ 3.635,64) sin cargo de rendir cuenta y la suma de pesos mil trescientos cuarenta ($ 1.340.-) con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión. El gasto será imputado en las partidas del presupuesto en vigor.

Art. 4°- Exceptúase el caso de las limitaciones establecidas por los artículos 17 y 21 del Decreto N° 2.388-92 (B.M. N° 19.372).

Art. 5° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación y de Hacienda y Finanzas.

Art. 6° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Contaduría General y de Tesorería, las que intervendrán en las respectivas copias autenticadas que se acompañan al efecto y a la Secretaría de Educación.


ANEXOS

ANEXO I

Ferrari, Alicia Haydée,L.C. N° 5.300.269, F.M. N° 218.807
Supervisora
Coordinadora de
Educación Física
Laborde, Ana María, L.C. N° 5.129.337, F.M. N° 254.326
Supervisara
Curricular de
Idioma
Mose, Ana María, L.C. N° . 5.894.267, F.M. N° 247.348
Supervisora
Curricular de
Plástica
Curto, Nilda Bernardita, L. C. N° 5.899.685, F.M. N° 257.639
Supervisora
Curricular de
Educación Musical

ANEXO II

NombrePasajesSeguroViáticos
Ferrari, Alicia Haydee$ 235.-$ 100.-$ 908, 91
Laborde, Ana María$ 235.-$ 100.-$ 908, 91
Mose, Ana María$ 235.-$ 100.-$ 908, 91
Curto, Nilda Bernardita$ 235.-$ 100.-$ 908, 91
Total$ 940.-$ 400.-$ 3.635,64

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Art.4° Dto. 522-97 Ref. Art. 17° Y 21° Dto 2388-92. Excepciones en viajes de funcionarios.