DECRETO 522 1997
Síntesis:
FESTIVAL ARTÍSTICO "PRIMER BUENOS AIRES" EN PORTO ALEGRE. DESIGNA A PERSONAL MIEMBRO DE LA DELEGACIÓN QUE VIAJARÁ A LA CIUDAD DE PORTO ALEGRE, BRASIL. VIÁTICOS.
Publicación:
02/06/2003
Sanción:
29/04/1997
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 30.148-97, y
CONSIDERANDO:
Que se celebrará el Festival Artístico "Primer Buenos Aires en Porto Alegre", donde la cultura porteña convocará con su música, teatro, plástica, literatura, danza y fotografía la atención del público brasileño, siendo importante que la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se vea representada;
Que en razón del carácter y alcances del acuerdo, es necesario enviar una misión de profesionales en las Artes del Arte, integrada por personal de la Secretaría de Educación;
Que es pertinente exceptuar el caso de las limitaciones establecidas por los artículos 17 y 21 del Decreto N° 2.388-92;
Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por el artículo 104, incisos 1°) y 19) de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1° - Desígnase al personal indicado en el Anexo I, que forma parte integrante del presente, como miembro de la Delegación que viajará a la ciudad de Porto Alegre (Brasil), con motivo de asistir al Festival Artístico "Primer Buenos Aires en Porto Alegre", a realizarse entre el 5 y 11 de mayo de 1997, a los fines de intercambiar experiencias con profesores de las áreas de expresión y profesionales de Artes Plásticas, de Educación Física y de Música de ese país.
Art. 2°- Entréguense los fondos pertinentes para hacer frente a las erogaciones que representa el trámite en cuestión según detalle de Anexo II, dejándose establecido que los agentes allí mencionados serán responsables de la administración y rendición de los mismos.
Art. 3°- Autorízase a la Contaduría General a incluir en una Orden General de Pago la suma de pesos tres mil seiscientos treinta y cinco con sesenta y cuatro centavos ($ 3.635,64) sin cargo de rendir cuenta y la suma de pesos mil trescientos cuarenta ($ 1.340.-) con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión. El gasto será imputado en las partidas del presupuesto en vigor.
Art. 4°- Exceptúase el caso de las limitaciones establecidas por los artículos 17 y 21 del Decreto N° 2.388-92 (B.M. N° 19.372).
Art. 5° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación y de Hacienda y Finanzas.
Art. 6° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Contaduría General y de Tesorería, las que intervendrán en las respectivas copias autenticadas que se acompañan al efecto y a la Secretaría de Educación.
ANEXOS
ANEXO I
Ferrari, Alicia Haydée, | L.C. N° 5.300.269, F.M. N° 218.807 |
Supervisora | |
Coordinadora de | |
Educación Física | |
Laborde, Ana María, | L.C. N° 5.129.337, F.M. N° 254.326 |
Supervisara | |
Curricular de | |
Idioma | |
Mose, Ana María, | L.C. N° . 5.894.267, F.M. N° 247.348 |
Supervisora | |
Curricular de | |
Plástica | |
Curto, Nilda Bernardita, | L. C. N° 5.899.685, F.M. N° 257.639 |
Supervisora | |
Curricular de | |
Educación Musical | |
ANEXO II
Nombre | Pasajes | Seguro | Viáticos |
Ferrari, Alicia Haydee | $ 235.- | $ 100.- | $ 908, 91 |
Laborde, Ana María | $ 235.- | $ 100.- | $ 908, 91 |
Mose, Ana María | $ 235.- | $ 100.- | $ 908, 91 |
Curto, Nilda Bernardita | $ 235.- | $ 100.- | $ 908, 91 |
Total | $ 940.- | $ 400.- | $ 3.635,64 |