CIRCULAR 1 2020 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
INFORME DE SEGUIMIENTO - OBSERVACIONES Y PLANES DE ACCIONES CORRECTIVAS - DESVÍOS Y/O IRREGULARIDADES
Publicación:
09/03/2020
Sanción:
04/03/2020
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
CIRCULAR N° 1/SGCBA/20
Buenos Aires, 4 de marzo de 2020
A: Titulares de Unidades de Auditoría Interna de las distintas jurisdicciones y
entidades dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Síndico/a General Adjunto/a, Gerentes Generales Auditoría Jurisdicción I y II, Gerente
General Auditoría de Comunas y Gerentes Operativos de las Gerencias Generales
Auditoría Jurisdicción I y II de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
REF: Informe de Seguimiento de Observaciones y Planes de Acciones Correctivas de
Desvíos y/o Irregularidades. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 133
de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (texto consolidado por
Ley N° 6.017) y vista la Resolución N° 124-SGCBA/12, se emite la presente Circular.
Por medio de la Resolución N° 124-SGCBA/12 se aprobó el Instructivo para la
confección de "Planes de Acciones Correctivas de Desvíos y/o Irregularidades" y el
"Procedimiento para la Elaboración de Informes de Seguimiento de Observaciones y
Planes de Acciones Correctivas de Desvíos y/o Irregularidades".
Teniendo en cuenta que este organismo se encuentra en miras de lograr la mejora
continua del Sistema de Control Interno y una mayor eficacia y eficiencia en el ejercicio
de sus actividades, y de las Unidades de Auditoría Interna de cada jurisdicción o
entidad dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad, deviene necesario establecer
que:
Las observaciones que no se encuentren regularizadas en los Informes de
"Seguimiento de Observaciones y Planes de Acciones Correctivas de Desvíos y/o
Irregularidades" a emitirse en el corriente mes de marzo y que, a su vez, sean
producto de Informes Finales de Auditoría emitidos hasta el 31 de diciembre de 2017,
no deberán ser integradas en lo sucesivo a las tareas de los "Informes de Seguimiento
de Observaciones y Planes de Acciones Correctivas de Desvíos y/o Irregularidades",
que formen parte de su Planificación Anual.
Por lo expuesto, las autoridades superiores de las jurisdicciones y entidades que
componen la Administración Central y Descentralizada del Poder Ejecutivo deberán
arbitrar, bajo su responsabilidad, las medidas necesarias para regularizar aquellas
observaciones que hayan quedado pendientes, previas al plazo establecido en los
párrafos precedentes, debiendo a su vez informar periódicamente a la Unidad de
Auditoría Interna que correspondiera en cada caso, sobre el avance de las acciones
correctivas efectuadas.
"El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001:2015." Freda