RESOLUCIÓN 2 2020 UNIVERSIDAD DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 1-UDECI-20 - SE APRUEBA - PLANTA TRANSITORIA - UNIVERSIDAD DE LA CIUDAD - PERIODOS - 1 DE FEBRERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 - 1 DE AGOSTO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 - UNICABA - VALOR HORA RELOJ - PROFESORES - CARGOS - RETRIBUCIONES - SALARIOS - SUELDOS - PERSONAL TRANSITORIO

Publicación:

12/03/2020

Sanción:

05/03/2020

Organismo:

UNIVERSIDAD DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nacionales N° 24.521 y N° 26.508, Las Leyes N° 471 (texto

consolidado por Ley N° 6.017) y sus modificatorias, y N° 6.053, el Decreto N° 89/20, la

Resolución N° 1-UDECI/20, el Expediente Electrónico N°

07840933/GCABA/UDECI/20, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 6.053 se creó la Universidad de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, como persona jurídica pública estatal en la órbita del entonces

Ministerio de Educación e Innovación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que conforme el artículo 23 de la mencionada, (...) "El Rector-Organizador será el

encargado de llevar adelante la etapa de organización y el proceso de formulación del

Proyecto Institucional y del Proyecto de Estatuto conforme lo prevé el artículo 49 de la

Ley de Educación Superior 24.521, quien deberá informar de ello al Poder Ejecutivo de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por medio del Ministerio de Educación e

Innovación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que a través del Decreto N° 89/20, se designó al señor Palamidessi, Mariano Ismael,

como Rector Organizador de la Universidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que resulta necesario para el funcionamiento de la Universidad de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires aprobar la Planta transitoria para llevar a cabo las

actividades relativas a la misma durante el periodo del 01 de febrero al 31 de

diciembre de 2020;

Que la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y sus modificatorias, es el

régimen aplicable al personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, con excepción de los estatutos particulares;

Que el Rector - Organizador ha sido designado, y debe formular el Proyecto

Institucional y el Proyecto de Estatuto conforme lo prevé el artículo 49 de la Ley de

Educación Superior N° 24.521;

Que a los efectos de determinar los derechos y obligaciones del personal que se

desempeñará en la Planta Transitoria de la Universidad de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires resultará de aplicación lo establecido por la Ley N° 471 (texto

consolidado por Ley N° 6.017) y sus modificatorias, hasta tanto se dicten las normas y

estatutos de conformidad con la Ley N ° 6.053;

Que mediante Resolución N° 1-UDECI/20 se aprobó la Planta Transitoria de la

Universidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para llevar a cabo las

actividades relativas a la misma;

Que por un error material involuntario se omitió incluir el artículo de forma en la

Resolución antes mencionada;

Que en virtud de ello resulta necesario el dictado del presente acto administrativo que

deje sin efecto la Resolución N° 1-UDECI/20 y apruebe la Planta Transitoria de la

Universidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ciclo lectivo 2020.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6.053,

EL RECTOR ORGANIZADOR

DE LA UNIVERSIDAD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 1-UDECI/20.

Artículo 2°.- Apruébase la Planta Transitoria de la Universidad de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires para llevar a cabo las actividades relativas a la misma durante el

periodo del 01 de febrero al 31 de diciembre de 2020 de conformidad con el Anexo I

(IF-2020-08480536-GCABA-UDECI) el que a todos sus efectos forma parte integrante

de la presente.

Artículo 3°.- Apruébase la Planta Transitoria de la Universidad de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires para llevar a cabo las actividades relativas a la misma durante el

periodo del 01 de agosto al 31 de diciembre de 2020 de conformidad con el Anexo II

(IF-2020-08480877-GCABA-UDECI) el que a todos sus efectos forma parte integrante

de la presente.

Artículo 4°.- Establécese que el personal comprendido conforme los Artículos 2° y 3°

de la presente Resolución, será designado con carácter transitorio, carecerá de

estabilidad, cesará automáticamente a la fecha de finalización de la Planta Transitoria

y podrá disponerse su cese anticipado sin expresión de causa.

Artículo 5°.- La retribución bruta mensual del personal que se designe conforme lo

consignado en el Artículo 2° y 3° de la presente Resolución, será la suma fija de

carácter remunerativo, correspondiéndole todo incremento que se acuerde para el

ejercicio 2020, a los agentes de la Planta Permanente del Escalafón General del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 6°.- Déjase constancia que los deberes y derechos que corresponden al

personal que se designa en los cargos descriptos en los Anexos conforme lo

determinado por los artículos 2° y 3° de la presente norma, se regirá por lo establecido

por la Ley N° 471, hasta tanto se dicten las normas y estatutos de conformidad con la

Ley N° 6.053.

Artículo 7°.- El gasto correspondiente al presente proyecto se imputará en Jurisdicción

55 - UE 7192 -Programa 111 - Actividad 17000 - Inciso 1 - Fuente 11 - Partida

Principal 2.

Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a los Ministerios de Educación y de Hacienda y Finanzas. Cumplido,

archívese. Palamidessi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5819- Anexo I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5819- Anexo II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución Conjunta N° 975-MHFGC-MJGGC/20 autoriza como excepción enmarcada en el artículo 15 del Anexo I del Decreto N° 210/20, a efectos de garantizar el funcionamiento de servicios esenciales, las designaciones del personal de la Planta Transitoria de la Universidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por la Resolución Nº 2-UDECI/20.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolucion 2-UDECI/20 deja sin efecto la Resolucion 1-UDECI/20.</p>