RESOLUCIÓN 1097 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE ESTABLECE - VALOR DE PUBLICACIÓN - EDICTOS PARTICULARES Y PUBLICACIONES CON CARGO - BOLETÍN OFICIAL DE LA CIUDAD - SUMA DE PESOS TREINTA Y CINCO - $ 35 - POR CADA LÍNEA Y POR CADA DÍA DE PUBLICACIÓN - VALOR DE PUBLICACIÓN DE ANEXOS - SUMA DE PESOS UN MIL QUINIENTOS - $1500 - POR CADA PÁGINA TAMAÑO A4 Y POR CADA DÍA DE PUBLICACIÓN - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Publicación:

17/03/2020

Sanción:

13/03/2020

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: El Código Fiscal vigente, los Decretos Nros. 900/91 y sus modificatorios, y

148/17 y, el Expediente Electrónico N° 8.270.859/GCABA-DGCCON/2020; y,

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el visto tramita la actualización de los valores de

publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el artículo 497 del Código Fiscal vigente (T.O 2019), modificado por las Leyes

Nros. 6183 y 6279, autoriza al Poder Ejecutivo a recuperar los costos que ocasionan

los servicios especiales prestados por los distintos organismos del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires a requerimiento de los interesados y a iniciativa de

la misma Administración;

Que por el Decreto N° 900/91 y sus modificatorios, se aprobó la tabla de valores de

recuperación de costos, mediante la cual se indicó cuáles son los servicios especiales

prestados por los diferentes organismos y el valor de recuperación de costos de los

mismos;

Que por el Decreto N° 148/17 se incorporaron a la citada tabla de valores la

publicación de los edictos particulares y de publicaciones con cargo, por un lado, y de

Anexos, por el otro, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, estableciendo

el costo por publicación en pesos veinte ($ 20) y pesos ochocientos ($ 800),

respectivamente;

Que por el artículo 2° del precitado Decreto se facultó al titular del entonces Ministerio

de Hacienda para que, a propuesta de la Secretaría Legal y Técnica, actualice el valor

consignado de las publicaciones referidas;

Que atento el tiempo transcurrido desde el dictado de la norma precitada, la Secretaría

Legal y Técnica solicitó modificar el valor actualmente vigente a los efectos de fijar un

arancel racional, acorde y representativo al servicio prestado por la Administración;

Que, de conformidad con los informes obrantes en el presente actuado, corresponde

ajustar los valores de la línea de publicación de edicto particular en el Boletín Oficial de

la Ciudad de Buenos Aires, ascendiendo a la suma de pesos treinta y cinco ($ 35) y el

de la pagina tamaño A4 de publicación de Anexos en el Boletín Oficial de la Ciudad de

Buenos Aires, en la suma de pesos un mil quinientos ($ 1500);

Que por lo expuesto, resulta pertinente aprobar los nuevos valores de las

publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 148/17,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establécese el valor de publicación de edictos particulares y de las

publicaciones con cargo en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires en la suma

de pesos treinta y cinco ($ 35.-) por cada línea y por cada día de publicación.

Artículo 2°.- Establécese el valor de publicación de Anexos en el Boletín Oficial de la

Ciudad de Buenos Aires en la suma de pesos un mil quinientos ($ 1500) por cada

página tamaño A 4 y por cada día de publicación.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Secretaría Legal y Técnica y a las Direcciones Generales de

Tesorería y de Contaduría, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la

Dirección General de Coordinación y Consolidación Normativa de la Secretaría Legal y

Técnica y a la Dirección General de Análisis Fiscal del Ministerio de Hacienda y

Finanzas. Cumplido, archívese. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 1097-MHFGC/20 establece el valor de publicación de edictos particulares y de las publicaciones con cargo en el Boletín Oficial.</p><p>Art. 2 establece el valor de publicación de Anexos.</p>