RESOLUCIÓN 140 2020 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

SE PRORROGA - HASTA EL DÍA 1 DE AGOSTO DE 2020 - ENTRADA EN VIGENCIA - RESOLUCIÓN 312-AGIP/19 - SERVICIOS DIGITALES - RÉGIMEN DE LIQUIDACIÓN E INGRESO DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - PAGOS AL EXTERIOR - AGENTES DE LIQUIDACIÓN - PRESTADORES - TARJETA DE COMPRA - TARJETA DE CRÉDITO - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Publicación:

20/03/2020

Sanción:

19/03/2020

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO: LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN N° 312-GCABA-AGIP/2019 (BOCBA

N° 5758) Y N° 24-GCABA-AGIP/2020 (BOCBA N° 5784), Y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Resolución N° 312-GCABA-AGIP/2019 se establece el régimen

de liquidación e ingreso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos respecto de las

entidades que faciliten o administren pagos al exterior de los servicios previstos en el

artículo 177 bis del Código Fiscal (t.o. 2019) y sus modificatorias Leyes N° 6.183 y N°

6279, a favor de sujetos prestadores no residentes en el país;

Que asimismo, el artículo 3° de la citada Resolución dispone que los agentes de

liquidación e ingreso sólo deben proceder a practicar la liquidación y cobro del tributo

cuando las operaciones reúnan los requisitos allí consignados;

Que mediante Resolución N° 24-GCABA-AGIP/2020 se prorrogó la entrada en

vigencia del régimen de liquidación e ingreso del gravamen hasta el día 1 de abril de

2020;

Que es un objetivo prioritario de esta Administración Gubernamental facilitar el

cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los obligados, en el marco del

proceso de mejora continua en la relación Fisco - Agentes de Recaudación, motivo por

el cual resulta conveniente disponer una nueva prórroga del régimen de recaudación

hasta el día 1° de agosto del corriente año.

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

"EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:"

Artículo 1°.- Prorrógase hasta el día 1° de agosto de 2020 la entrada en vigencia de la

Resolución N° 312-GCABA-AGIP/2019.-

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales y demás áreas

dependientes de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido

archívese. Ballotta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 140-AGIP/20 prorroga hasta el día 1° de agosto de 2020 la entrada en vigencia de la Resolución N° 312-AGIP/2019.</p>