RESOLUCIÓN 54 2020 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

ESTABLECE LISTADO DE AGENTES - ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - AUTORIZACIÓN CIRCULAR - CORONAVIRUS COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - SECRETARIA DE MEDIOS - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - DIRECCIÓN GENERAL DE ESCRIBANÍA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN Y CONSOLIDACIÓN NORMATIVA - DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADA SALIDA Y ARCHIVO - SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA - SUBSECRETARIA LEGAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - SECRETARIA DE PLANIFICACIÓN EVALUACIÓN Y COORDINACIÓN DE GESTIÓN - SECRETARIA DE INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL - SECRETARIA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y GESTIÓN COMUNAL - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL - MANTENIMIENTO CEMENTERIOS - DIRECCIÓN GENERAL DISCURSO Y CONTENIDOS - DIRECCIÓN GENERAL ESTRATEGIA DE POLÍTICA GUBERNAMENTAL Y COMUNICACIONAL  - SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS - SECRETARIA DE AMBIENTE - SECRETARIA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES - SINDICATURA GENERAL - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN - MINISTERIO DE CULTURA - EATC - MINISTERIO DE EDUCACIÓN -  MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA - PERSONAL DE LAS COMUNAS  5 - 6 - 9 - 11 - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE- ECOPARQUE INTERACTIVO - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT - SECRETARIA DE COMUNICACIÓN  CONTENIDOS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA - JEFATURA DE GOBIERNO - MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

20/03/2020

Sanción:

20/03/2020

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Estado:

No vigente


VISTO: El Decreto N° 159/20, la Resolución N° 53-GCABA-SECLYT-2020, el

Expediente Electrónico N° 10162918-GCABA-DGTALLEYT-20, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 159/20 se instruyó a la titular de la Secretaría Legal y Técnica

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a determinar la nómina de las

autoridades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que deban circular,

en el ámbito de la Ciudad, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo

amerita, toda vez que el cumplimiento de sus funciones resulta esencial para el normal

funcionamiento de distintos servicios en la Administración Pública del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en virtud de la citada instrucción, la que suscribe dictó la Resolución N° 53-

GCABA-SECLYT-2020 por la cual, en su artículo 2°, se requirió a los/las titulares de

los Ministerios, de las Secretarías del Poder Ejecutivo, de los entes descentralizados y

de los organismos fuera de nivel, a que en el término de 24 horas y por medio de

Comunicaciones Oficiales (CCOO) del Sistema de Administración de Documentos

Electrónicos (SADE) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, remitan la

nómina de las personas, no incluidas en el Anexo I de dicha Resolución;

Que, consecuentemente, los titulares requeridos informaron la nómina de las personas

de cada una de sus dependencias que se encuentran habilitadas a tal efecto;

Que a raíz de ello, corresponde dictar el acto administrativo que determine la nómina

del personal aludido;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello y en uso de las facultades conferidas,

LA SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establécese que, para la Secretaría Legal y Técnica dependiente del Jefe

de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a

circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el

ejercicio de sus competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados

en el Anexo I (IF-2020-10162967-GCABA-DGTALLEYT) que forma parte integrante de

la presente Resolución.

Artículo 2°.- Establécese que, para la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus

competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo II

(NO-2020-10140006-GCABA-MJGGC y sus documentos adjuntos) que forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Establécese que, para la Secretaría de Medios dependiente del Jefe de

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a

circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el

ejercicio de sus competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados

en el Anexo III (NO-2020-10135985-GCABA-SECM y su documento adjunto) que

forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Establécese que, para la Secretaría de Asuntos Estratégicos dependiente

del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran

autorizados a circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de

ella, si el ejercicio de sus competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos

listados en el Anexo IV (NO-2020-10112808-GCABA-SECLYT) que forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 5°.- Establécese que, para la Secretaría de Ambiente dependiente del Jefe de

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentran autorizados a

circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el

ejercicio de sus competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados

en el Anexo V (NO-2020-10106104-GCABA-SECA) que forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 6°.- Establécese que, para la Secretaría General y Relaciones Internacionales

dependiente de Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se

encuentran autorizados a circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo amerita, la nómina de

funcionarios públicos listados en el Anexo VI (NO-2020-10166062-GCABA-SGYRI y su

anexo) que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 7°.- Establécese que, para la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo

amerita la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo VII (NO-2020-

10097792-GCABA-SGCBA), que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 8°.- Establécese que, para el Ministerio de Hacienda y Finanzas del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus

competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo VIII

(NO-2020-10125757-GCABA-MHFGC e IF-2020-10122271-GCABA-DGTALMHF), que

forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 9°.- Establécese que, para el Ministerio de Desarrollo Económico y Producción

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a

circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el

ejercicio de sus competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados

en el Anexo IX (NO-2020-10117754-GCABA-MDEPGC y su documento adjunto), que

forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 10.- Establécese que, para el Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias

lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo X (IF-2020-

10114649-GCABAMCGC), que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 11.- Establécese que, para el Ministerio de Educación del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el ámbito

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus

competencias lo amerita la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo XI

(NO-2020-10131990-GCABA-MEDGC, su documento adjunto y NO-2020-10164095-

GCABA-MEDGC y su documento adjunto) que forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 12.- Establécese que, para el Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias

lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo XII (NO-2020-

10087632-GCABA-MSGC) que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 13.- Establécese que, para el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a

circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el

ejercicio de sus competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados

en el Anexo XIII (NO-2020-10151564-GCABA-MEPHUGC e IF-2020-10150721-

GCABA-MEPHUGC) que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 14.- Establécese que, para la Junta Comunal N° 5 de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo

amerita, la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo XIV (NO-2020-

10128308-GCABA-COMUNA5, RS-10099716/COMUNA5/2020, IF-2020-10097706-

GCABA-COMUNA5 y documento adjunto) que forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 15.- Establécese que, para la Agencia de Protección Ambiental en la órbita de

la Secretaría de Ambiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se

encuentran autorizados a circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo amerita, la nómina de

funcionarios públicos listados en el Anexo XV (IF N° 10134982- GCABA-APRA/20) que

forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 16.- Establécese que, para la Junta Comunal N° 6 de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo

amerita, la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo XVI (NO-2020-

10132295-GCABA-COMUNA6 y su documento adjunto) que forma parte integrante de

la presente Resolución.

Artículo 17.- Establécese que, para la Junta Comunal N° 9 de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo

amerita, la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo XVII (NO-2020-

10138562-GCABA-COMUNA9 y su documento adjunto) que forma parte integrante de

la presente Resolución.

Artículo 18.- Establécese que, para la Junta Comunal N° 11 de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo

amerita, la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo XVIII (NO-2020-

10140067-GCABA-COMUNA11 y su documento adjunto) que forma parte integrante

de la presente Resolución.

Artículo 19.- Establécese que, para la Unidad de Proyectos Especiales Ecoparque

Interactivo, Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita de la Secretaría de Ambiente del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a

circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el

ejercicio de sus competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados

en el Anexo XIX (NO- 10141794-GCABA-UPEEI/20) que forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 20.- Establécese que, para el Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a

circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el

ejercicio de sus competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados

en el Anexo XX (NO-10155394-GCABA-DGTALMDHYHGC/20 y su documento

adjunto) que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 21.- Establécese que, para la Jefatura de Gobierno, se encuentran

autorizados a circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de

ella, si el ejercicio de sus competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos

listados en el Anexo XXI (NO-10163376-GCABA-SECCCPC/20) que forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 22.- Establécese que, para la Secretaría de Comunicación, Contenidos y

Participación Ciudadana dependiente del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo

amerita, la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo XXII (NO-10164444-

GCABA-SECCCPC/20 e IF-2020-1016411-GCABA-SECCCPC/20) que forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 23.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad y, para su conocimiento y demás

efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la

Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Montiel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO III

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO IV

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO V

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO VI

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO VII

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO VIII NOTA

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO VIII LISTADO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO IX NOTA

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO X

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO XI

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO XI

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO XII

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO XIII NOTA

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO XIII LISTADO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO XIV NOTA

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO XIV RESOLUCIÓN

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO XIV LISTADO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO XV

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO XVI NOTA

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO XVII NOTA

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO XVIII NOTA

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO XIX

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO XX NOTA

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO XXI

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5829- ANEXO XXII NOTA

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 del Decreto N° 224/20 deroga la Resolución N° 54-SECLYT/20.</p>