DISPOSICIÓN 12 2020 DIRECCION GENERAL CONCURSOS LEGALES Y ASUNTOS PREVISIONALES

Síntesis:

SE SUSPENDE - SUSTANCIACIÓN - PROCESOS CONCURSALES - DISPOSICIONES 40-UPDYC/19 - DISPOSICION 43-UPDYC/19 - DISPOSICION 45-UPDYC/19 - DISPOSICIÓN 8-GCABADGCLAP/20 - CONCURSOS CERRADOS - DIRECCIÓN GENERAL CONCURSOS LEGALES Y ASUNTOS PREVISIONALES

Publicación:

25/03/2020

Sanción:

18/03/2020

Organismo:

DIRECCION GENERAL CONCURSOS LEGALES Y ASUNTOS PREVISIONALES


VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, la Ley N° 471

(texto consolidado según Ley N° 6.017 y modificado por Ley N° 6.147), Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA-AJG/20, el Decreto N° 111-GCABA-AJG/20, las

Disposiciones Nros. 40, 43 y 45-GCABA-UPDYC/19 y 8-GCABA-DGCLAP/20, el

Expediente Electrónico N° 09939970-GCABA-DGCLAP/20, y

CONSIDERANDO:

Que por las Disposiciones Nros. 43 y 45-GCABA-UPDYC/19, se convocó en el marco

del procedimiento aprobado por Resolución N° 412-GCABA-MEFGC/19 a los

concursos cerrados internos para la cobertura de vacantes del puesto "Licenciado en

Enfermería", en el tramo Avanzado, para los Hospitales General de Agudos Dr.

Enrique Tornú, General de Agudos Dr. Ignacio Pirovano respectivamente;

Que asimismo, en el marco del procedimiento referido, mediante Disposición N° 40-

GCABA-UPDYC/19, se convocó a concurso cerrado interno para la cobertura de tres

(3) vacantes del puesto "Asistente administrativo", en el tramo Medio, para el Hospital

General de Agudos Parmenio Piñero;

Que por último, mediante Disposición N° 8-GCABA-DGCLAP/20, se convocó a

concurso cerrado interno para la cobertura de cinco (5) vacantes del puesto "Operador

Social Telefónico", en el tramo Avanzado, para la Dirección General Servicios de

Atención Permanente dependiente del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y

Adolescentes;

Que con posterioridad a dichos lanzamientos, la Organización Mundial de la Salud

(OMS) ha declarado que el Coronavirus (COVID-19) se está propagando de persona a

persona, aceleradamente a nivel mundial, considerándolo una pandemia;

Que por razones que son de público conocimiento con relación al estado de

emergencia sanitaria declarada y en pos de que prime la salud pública, deviene

necesario adoptar medidas preventivas que tiendan a retrasar un eventual avance de

la referida pandemia;

Que en consecuencia, y en consonancia con lo dispuesto por el Decreto de Necesidad

y Urgencia N° 1-GCABA-AJG/20 corresponde dictar el acto administrativo pertinente a

los fines de suspender temporalmente, la sustanciación y los plazos de los procesos

concursales que a la fecha se encontraren en curso.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 111-GCABA-AJG/20,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL

CONCURSOS, LEGALES Y ASUNTOS PREVISIONALES

DISPONE:

Artículo 1°.- Suspéndese a partir de la suscripción de la presente y hasta tanto se

disponga lo contrario, la sustanciación de los procesos concursales convocados por

Disposiciones Nros. 40, 43 y 45-GCABA-UPDYC/19.

Artículo 2°.- Suspéndase a partir del 26 de marzo hasta tanto se disponga lo contrario,

la sustanciación del proceso concursal convocado por Disposición N° 8-GCABA-

DGCLAP/20.

Artículo 3°.- Suspéndanse los plazos y efectos derivados de los procesos concursales

alcanzados por los artículos 1° y 2° de la presente, por idéntico plazo a los allí

establecidos.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

en el portal web https://concursosgcaba.buenosaires.gob.ar/, comuníquese al

Hospitales General de Agudos Dr. Enrique Tornú, General de Agudos Dr. Ignacio

Pirovano, al Hospital General de Agudos Parmenio Piñero, a la Dirección General

Servicios de Atención Permanente dependiente del Consejo de los Derechos de

Niñas, Niños y Adolescentes. Cumplido, archívese. Seco

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° suspende apartir de la suscripción de la presente y hasta tanto se disponga lo contrario, la sustanciación de los procesos concursales convocados por Disposiciones Nros. 40, 43 y 45-GCABA-UPDYC/19, como consecuencia de la emergencia sanitaria declarada por el DNU N° 1/20.</p><p>Artículo 2° suspende a partir del 26 de marzo hasta tanto se disponga lo contrario, la sustanciación del proceso concursal convocado por Disposición N° 8-GCABA- DGCLAP/20.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 23-DGCLAP/21 deja sin efecto la Disposición 12-GCABA-DGCLAP/20, en tanto dispuso la suspensión del concurso convocado mediante Disposición 8-DGCLAP/20.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 13-DGCLAP/21 deja sin efecto la Disposición 12-DGCLAP/20, en relación a la suspensión dispuesta sobre el concurso convocado mediante Disposición 45-UPDYC/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 4-DGCLAP/21 deja sin efecto la Disposición N° 12-GCABA-DGCLAP/20, sólo en  relación a la suspensión dispuesta sobre los concursos convocados mediante las Disposiciones Nros. 40-UPDYC/19 y 43-UPDYC/19.</p>
SUSPENDE
<p>Art. 1 de la Disposicion 12-DGCLAP/20 suspende a partir del 26 de marzo hasta tanto se disponga lo contrario, la sustanciación del proceso concursal convocado por Disposicion 8-DGCLAP/20.</p><p>Artículo 3° suspende los plazos y efectos derivados de los procesos concursales</p>
SUSPENDE
<p>Art. 1 de la Disposicion 12-DGCLAP/20 suspende a partir de la suscripción de la presente y hasta tanto se disponga lo contrario, la sustanciación del proceso concursal convocado por Disposicion 45-UPDYC/19.</p><p>Artículo 3° suspende los plazos y efectos derivados de los procesos concursales</p>
SUSPENDE
<p>Art. 1 de la Disposicion 12-DGCLAP/20 suspende a partir de la suscripción de la presente y hasta tanto se disponga lo contrario, la sustanciación del proceso concursal convocado por Disposicion 43-UPDYC/19.</p><p>Artículo 3° suspende los plazos y efectos derivados de los procesos concursales</p>
SUSPENDE
<p>Art. 1 de la Disposicion 12-DGCLAP/20 suspende a partir de la suscripción de la presente y hasta tanto se disponga lo contrario, la sustanciación del proceso concursal convocado por Disposicion 40-UPDYC/19.</p><p>Artículo 3° suspende los plazos y efectos derivados de los procesos concursales.</p>