RESOLUCIÓN 1233 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE INCORPORA - INCISO C - ARTÍCULO 1 DEL ANEXO I - RESOLUCIÓN 4651-MEFGC-19 - RÉGIMEN SIMPLIFICADO DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Publicación:
26/03/2020
Sanción:
20/03/2020
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: El artículo 64 del Código Fiscal (T.O. 2019) y sus modificatorias Leyes Nros.
6183, 6279 y 6298, y la Resolución N° 4651/MEFGC/2019 y su modificatoria
Resolución N° 138/MHFGC/2019 y el Expediente Electrónico N° 38.365.660/GCABA-
DGANFA/20, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 64 del Código Fiscal vigente (T.O. 2019) y sus modificatorias Leyes
Nros. 6183, 6279 y 6298, establece que los contribuyentes y demás responsables
deben abonar los tributos, intereses y multas, en los casos que corresponda, en la
forma, lugar y tiempo que determine el Ministerio de Economía y Finanzas, siempre
que el Código u otra disposición no establezcan una forma especial de pago;
Que por medio de la Resolución N° 4651/MEFGC/2019 se ha procedido a establecer
las fechas de vencimiento de los gravámenes que recauda, determina y fiscaliza la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos para el Ejercicio Fiscal del año
2020;
Que posteriormente, mediante la Resolución N° 138/MHFGC/2019, se sustituyó el
artículo 3° del Anexo I de la Resolución N° 4651/MEFGC/2019, ajustándose los
vencimientos del Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de
Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros según la
modalidad fijada por la Ley N° 6.280;
Que resulta necesario proceder a modificar el Anexo I de la citada Resolución,
precisando las fechas de vencimiento de la categoría Régimen Simplificado del
Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 64 del Código Fiscal
vigente (T.O. 2019) y sus modificatorias Leyes Nros. 6183, 6279 y 6298,
Artículo 1°.- Incorpórase como inciso c) del artículo 1° del Anexo I (IF 2019-32982947-
GCABA-DGR) de la Resolución N° 4651/MEFGC/2019, el siguiente:
"c) Contribuyentes del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Fecha de vencimiento según terminación número de CUIT (dígito verificador)
Artículo 2°.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a las Direcciones Generales de Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto, de Contaduría y de Tesorería, y al Banco de la Ciudad de Buenos Aires.
Remítase a la Dirección General de Rentas dependiente de la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos para su conocimiento y demás efectos.
Cumplido, archívese. Mura