RESOLUCIÓN 1595 2020 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
SE SUSTITUYE - ANEXO VII - NOTA DE COMPENSACIÓN POR LOS SERVICIOS PRESTADOS - RESOLUCIÓN 4703-MCGC/19 - REGISTRO BAMILONGA - SOLICITUDES DE SUBSIDIOS - RÉGIMEN DE CONCERTACIÓN - ACTIVIDAD MILONGAS NO OFICIAL - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
26/03/2020
Sanción:
25/03/2020
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
Estado:
No vigente
VISTO: La Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 429-
GCABA-2017, la Resolución N° 4703-MCGC/2019 y el Expediente Electrónico 2020-
10266273-GCABA-DGDCC, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley N° 6.017) crea el Régimen de
Concertación para la Actividad Milongas no Oficial, con el objeto de diseñar e
implementar mecanismos de protección, fortalecimiento, fomento y promoción de la
actividad milonga en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 429-GCABA/2017 reglamenta la referida Ley;
Que por Resolución N° 4703/MCGC/2019 se aprobó el procedimiento atinente a la
presentación de solicitudes de inscripción al Registro BAMILONGA y de subsidios,
conforme a los lineamientos establecidos en su Anexo I "Reglamento General
BAMILONGA" (identificado bajo N° IF-2019-19536398-GCABA-DGTALMC), y los
formularios requeridos a los solicitantes a tal fin;
Que a fin de readecuar el procedimiento para la presentación de solicitudes de
subsidios en el marco del referido Régimen, este Ministerio propicia la sustitución del
Anexo VII (identificado bajo N° IF-2019-17493465-GCABA-DGTALMC), aprobado
mediante la citada Resolución, por el Anexo VII "Nota de compensación por los
servicios prestados" (identificado bajo N° IF-2020-10282624-GCABA-DGDCC);
Que asimismo este Ministerio propicia la apertura del llamado a convocatoria para la
presentación de solicitudes de subsidio con el objeto de diseñar e implementar
mecanismos de protección, fortalecimiento, fomento y promoción de la actividad
milonga en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme los lineamientos
establecidos en el referido Reglamento General.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo VII "Nota de compensación por los servicios
prestados" (identificado bajo N° IF-2019-17493465-GCABA-DGTALMC), aprobado
mediante Resolución N° 4703-MCGC/2019, por el Anexo VII "Nota de compensación
por los servicios prestados" que, bajo N° IF-2020-10282624-GCABA-DGDCC, que
forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Convócase a los sujetos comprendidos en el marco del Régimen de
Concertación para la Actividad Milongas no Oficial para la presentación de solicitudes
de subsidios, desde las 10 horas del día 26 de marzo de 2020 hasta las 17 horas del
día 24 de abril de 2020.
Artículo 3°.- La presente convocatoria se regirá según lo establecido en la Resolución
N° 4703-MCGC/2019.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
pase, para su conocimiento y demás efectos, a la Gerencia Operativa de Operaciones
y Regímenes de Promoción Cultural de la Dirección General de Desarrollo Cultural y
Creativo de este Ministerio. Cumplido, archívese. Avogadro